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María Lourdes Afiuni

Justicia venezolana destituye a la jueza María Lourdes Afiuni sin citarla ni permitirle defenderse
15 años luego de ser encarcelada la juez fue removida oficialmente de su cargo

 

«Lo que mal empieza, mal acaba». El caso de la abogada María Lourdes Afiuni corrobora la veracidad de este castizo refrán. Casi tres lustros después de que la entonces titular del Juzgado 31º de Control de Caracas fuera arrestada, encarcelada, maltratada y sometida a un proceso plagado de irregularidades por cumplir una instrucción del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas y dejar en libertad al exbanquero Eligio Cedeño, el Poder Judicial la ha destituido de su cargo en un procedimiento igualmente turbio.

«Después de 13 años y un mes suspendida, me estoy enterando que me destituyeron como juez titular, en un procedimiento que nunca me notificaron y con un abogado defensor que no conozco», denunció la penalista el pasado 25 de enero a través de su cuenta de Twitter.

La decisión la adoptó el Tribunal Disciplinario Judicial, pero no este año, ni siquiera el pasado, sino el 26 de septiembre de 2019. Así consta en la boleta de notificación n.º 4-2023, fechada el 17 de enero, que Acceso a la Justicia ha podido revisar.

Fuentes cercanas a la ahora exjueza aseguraron que ella, quien era de las pocas jueces titulares en el país, no fue convocada a este proceso y que apenas se enteró de su resultado cuando recibió la boleta de notificación.

En el documento, de cuatro páginas de extensión, la instancia encargada de sancionar las faltas cometidas por los jueces venezolanos no solo le anunció a Afiuni que la removió de su cargo, sino que de paso le informó que la inhabilitó por quince años, para ejercer cualquier otro puesto en el Poder Judicial. La medida es la pena máxima que prevé el numeral 3 del artículo 25 del Código de Ética del Juez y Jueza Venezolanos.

Sin embargo, el tribunal encabezado por el magistrado Hernán Pacheco Álvarez al menos tomó en consideración el tiempo que la exfuncionaria ha pasado suspendida (más de 13 años), por orden de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia; por lo tanto, faltarían dos años para que terminara el lapso de su inhabilitación y tendría las puertas abiertas para regresar a los tribunales, al menos teóricamente, a partir de diciembre de 2024.

Expediente abultado

La destitución de Afiuni fue acordada luego de que el juzgado disciplinario no solo declarara que incurrió en una falta grave al excarcelar a Cedeño, sino por incurrir en otras cuatro conductas impropias: incumplir el horario de trabajo y modificar el libro diario de su tribunal, incurrir en un descuido injustificado a la hora de tramitar una apelación y exigir a unos procesados que acudieran en persona a su despacho para fijarles una audiencia.

No obstante, la decisión de la ahora exjueza de otorgarle al banquero una medida cautelar fue la que en realidad provocó tanto el proceso penal como el administrativo, y para el Tribunal Disciplinario la misma fue «arbitraria» y supuso un «abuso de autoridad, extralimitación o usurpación de funciones», una de las conductas que el artículo 29 del Código de Ética del Juez tipifica como susceptibles de remoción.

La instancia disciplinaria no tomó en consideración que Afiuni actuó guiada por una decisión del 1 de septiembre de 2009 del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas, que calificó la prisión de Eligio Cedeño como arbitraria, por cuanto había pasado más de dos años tras las rejas sin haber sido enjuiciado, y ordenó a Venezuela liberarlo.

Asimismo, también declaró su «responsabilidad disciplinaria» por haber adoptado esta medida sin que los fiscales del Ministerio Público estuvieran presentes, para que ellos pudieran exponer sus argumentos.

Otros tres cargos que la Inspectoría General de Tribunales habían formulado contra Afiuni fueron desechados por el juzgado.

La guinda del pastel

Las denuncias de Afiuni de que no se le notificó de este proceso disciplinario ni se le permitió participar en el mismo ponen en tela de juicio su legalidad, pues suponen una violación del artículo 49 constitucional, el cual señala claramente que «el debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas». Por lo tanto:

«la defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigación y del proceso. Toda persona tiene derecho a ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga; de acceder a las pruebas y de disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa».

Igualmente, la norma antes citada de la carta magna señala que «toda persona tiene derecho a ser oída en cualquier clase de proceso, con las debidas garantías y dentro del plazo razonable determinado legalmente por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido con anterioridad».

Se debe recordar que el derecho al debido proceso y a la tutela judicial efectiva están reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana, por lo que su aplicación es de obligatorio cumplimiento y no puede ser relajado por acción alguna del Estado venezolano.

El hecho de que el proceso disciplinario se celebrara sin la participación de la señalada contradice lo previsto en el artículo 48 del Código de Ética, el cual estipula que el mismo «tendrá carácter contradictorio», pero para que esto ocurra se requiere que las dos partes (la acusadora y la acusada) estén presentes e intercambien puntos de vista y pruebas.

El artículo 50, por su parte, señala que «los jueces denunciados serán, según sea el caso, citados o notificados, por el Tribunal Disciplinario» e incluso prevé la posibilidad de convocarlos por teléfono, en caso de urgencia.

Y aunque el artículo 54 del instrumento ciertamente permite convocarle un defensor público si la persona acusada no comparece, lo cierto es que esto no es aplicable por cuanto la jueza Afiuni no fue citada, como ella públicamente ha denunciado, y, en tal sentido, no tiene justificación alguna el nombramiento de un defensor público en este caso.

Ni agua

El proceso judicial y ahora disciplinario vivido por Afiuni se puede considerar un calvario y se inició el mismo 10 de diciembre de 2009, cuando decidió otorgarle al banquero Cedeño una medida cautelar. Instantes después de tomada esta decisión, sin que mediara proceso ni acusación en su contra, funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) la detuvieron.

Un día después el fallecido Hugo Chávez pidió para ella «pena máxima» y sus deseos fueron cumplidos. A la juez la encarcelaron un tiempo en el Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF), donde habría sufrido malos tratos y abusos por parte de internas y custodios.

Su proceso se demoró años, y en 2019 el juez Manuel Antonio Bognanno, condenó a la juez a cinco años de prisión por el delito de corrupción espiritual, es decir, corrupción sin dinero. Además, el año pasado, la justicia le negó una solicitud para trasladarse a Estados Unidos y tratarse dolencias que comprometen su salud.

Tribunal negó permiso de viaje a jueza Afiuni para un control de salud
Mediante una una Boleta de Notificación del 17 de marzo, tribunal negó el viaje para la cita médica de Afiuni en Estados Unidos

El Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Área Metropolitana de Caracas, le denegó el permiso de viaje para recibir atención médica a la jueza María Lourdes Afiuni.

Así lo informó Afiuni en su cuenta de Twitter, donde señaló que este control de salud era para realizarse un chequeo por el cáncer que padece.

«Es cierto, me fue negado permiso de viaje para realizar chequeo integral post tratamiento de radio y quimio, toda vez que el tipo de cáncer (carcinoma adenoide quístico ) repite dentro del lapso de 2 años», señaló.

 

Asimismo, indicó que se encuentra dentro de los 18 meses posteriores a la enfermedad que ameritan una revisión médica exhaustiva, debido a que el tipo de cáncer que sufre repite en un lapso de dos años. 

De acuerdo con el abogado y director de Acceso a la Justicia, Alí Daniels, la decisión de negarle la solicitud de viaje para la atención médica a Afiuni es «otra injusticia más de todas las que rodean el caso de la jueza».

«El que se le esté negando es una evidencia más de que el Poder Judicial no cumple con su cometido de proteger los derechos de las personas detenidas bajo su responsabilidad», declaró Daniels a Radio Fe y Alegría.

Mediante una una Boleta de Notificación del 17 de marzo, tribunal negó el viaje para la cita médica de Afiuni en Estados Unidos.

Boleta de notificación del juzgado – Foto: Radio Fe y Alegría

Esta solicitud fue hecha por Afiuni el 16 de marzo, ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Área Metropolitana de Caracas.

También, en el escrito, la jueza insistió en que es fundamental para su óptima recuperación una adecuada vigilancia oncológica,motivo por el cual juró urgencia del caso.

Documento de solicitud de viaje de María Lourdes Afiuni – Foto: Radio Fe y Alegría

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DDHH olvidados | María Lourdes Afiuni, la “presa personal de Chávez”
María Lourdes Afiuni fue detenida de manera arbitraria, recluida en el INOF, enjuiciada y condenada tras haber ordenado la libertad bajo fianza del banquero Eligio Cedeño

 

@ValeriaPedicini

 

La mañana del jueves 10 de diciembre de 2009 parecía igual al resto. La agitación de las primeras horas era la habitual en la casa de María Lourdes Afiuni: levantarse temprano, vestirse sobre la marcha con una taza de café en la mano, intercambiar palabras con sus padres o su hija, ver los minutos que faltaban para salir hacia el Palacio de Justicia, en el centro de Caracas. 

Lo que la jueza venezolana no sabía es que horas después tomaría una decisión que cambiaría su vida. No sentía un mal presagio, solo una ligera angustia porque sabía que no la esperaba un caso sencillo. 

Afiuni era la titular del Tribunal 31 de primera instancia en funciones de control del Circuito Judicial Penal del área metropolitana de Caracas. Esa mañana tenía la audiencia preliminar de un preso por el cual el entonces presidente Hugo Chávez se decía que tenía un interés personal. 

El polémico expediente del banquero Eligio Cedeño tenía 15 días en sus manos, tiempo en el que había estudiado todas las 278 piezas y se había percatado que estaba lleno de vicios e irregularidades. 

Al indagar en la acusación, no encontró elementos de culpabilidad con respecto a los tres delitos que le imputaban al empresario venezolano. Sabía que, si las circunstancias no variaban, tenía que dictar un sobreseimiento de la causa o una nulidad por todas las violaciones constitucionales que tenía el caso. 

La jueza llegó justo a tiempo a los tribunales. Ahí estaban los abogados de la Procuraduría General y de la defensa, pero no los representantes de la Fiscalía. Minutos después, fueron registrados sus ingresos al Palacio, pero no se dirigieron a la sala prevista para la audiencia. 

A los fiscales los ubicaron en el piso de los tribunales de ejecución. Para Afiuni, que estuvieran en un sitio inusual y no presentándose para la audiencia, significaba que se estaban escondiendo. Dio un lapso de espera hasta las 11:30 de la mañana. 

Llegada la hora, se trasladaron a la sala para dejar constancia de que los representantes del Ministerio Público no se habían presentado, así que no se podía llevar a cabo la audiencia. 

Pero la audiencia de Cedeño le pidió a Afiuni que se pronunciara sobre una medida cautelar en razón de una resolución de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en la que señalaban que su detención era arbitraria e instaba a juzgarlo en libertad.

Pedían una medida menos gravosa, ya que llevaba dos años y 10 meses en la cárcel sin siquiera haber llegado a una audiencia preliminar. Para esa decisión no era necesaria la presencia de los fiscales. Su defensa argumentó que el retardo procesal era una pena anticipada. 

Así que Afiuni, basando su decisión en las normas procesales penales del país y en un informe del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU, le dio una medida privativa de libertad bajo presentación y prohibición de salida del país a Cedeño. 

Cuando se disponían a sacar copias de la acta firmada para que fueran entregadas a las partes, aparecieron los fiscales. Pero ya era tarde: la jueza les dijo que la decisión ya estaba tomada y, si querían, tenían tres días para apelar. La defensa de Cedeño preguntó varias veces si el banquero podía retirarse y la respuesta siempre fue sí. 

Minutos después de haberle dado la libertad condicional, efectivos de seguridad allanaron la sede del tribunal y entraron al despacho de Afiuni para decirle que estaba detenida, junto a todo el personal del tribunal. Algo que no había ocurrido en 50 años de democracia. 

Los funcionarios alegan que actúan por órdenes superiores. Afiuni fue aprehendida sin orden judicial, sin que se le informara el motivo de la detención ni la autoridad que la había ordenado. Fue esposada, la montaron en unas camionetas negras con vidrios ahumados y la llevaron hasta el Helicoide, sede del Sebin.

Al día siguiente de su detención, el fallecido presidente Chávez calificó a la jueza de “bandida” y exigió una condena de prisión de 30 años, la máxima pena que se impone en el país, por haber “facilitado la fuga” de Cedeño. 

«Yo exijo dureza contra esa jueza (…) Habrá que meterle pena máxima. ¡30 años de prisión pido yo a nombre de la dignidad de un país! Le dije a la presidenta del Tribunal Supremo, a la Asamblea Nacional, habrá que hacer una ley porque es mucho más grave un juez que libera a un bandido, que el bandido mismo», agregó el mandatario», dijo en cadena nacional de radio y televisión

Afiuni fue presentada en tribunales y fue imputada con los delitos de corrupción propia, favorecimiento para la evasión, asociación para delinquir y abuso de autoridad. La fiscal general para ese momento, Luisa Ortega Díaz, declaró que Afiuni habría actuado de manera ilegal y en desconocimiento de la ley al otorgar la libertad condicional a Cedeño.

El 17 de diciembre fue trasladada hasta el Instituto de Orientación Femenina (INOF), ubicado en Los Teques, donde se encontraban numerosas mujeres a las que ella había juzgado y sentenciado por delitos como infanticidio, robo y narcotráfico.

María Lourdes Afiuni se convirtió en uno de los principales ejemplos del deterioro de la institucionalidad venezolana. Su caso permite mostrar la ausencia de independencia del sistema de administración de justicia venezolano, así como también la falta de separación de poderes y los abusos en los que incurren los funcionarios de seguridad del Estado. 

La jueza fue recluida en una celda de cinco por cinco metros. No la dejaban recibir sol y sus visitas eran severamente controladas, restringidas y, en ocasiones, prohibidas. 

En el INOF, el miedo por lo que pudiera ocurrirle era constante. En la prisión fue objeto de diversas torturas, amenazas de muerte, conatos de atentados y violencia sexual. Sus órganos sexuales, vejiga y ano estaban destrozados y un seno estaba necrosado por las patadas que le dieron durante una golpiza. En el libro escrito por el periodista Francisco Olivares, Afiuni relató que fue violada por sus carceleros, quedó embarazada y abortó. 

Por todas estas razones, su salud física y mental se vio comprometida, sobre todo al habérsele negado en principio el derecho a la asistencia médica. 

El grupo de trabajo de Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria consideró, en una carta remitida al Gobierno venezolano, que el encarcelamiento de la jueza era “arbitrario”, por lo que pidieron su liberación inmediata. Asimismo, Human Rights Watch y Amnistía Internacional denunciaron las condiciones “inhumanas” de la prisión de Afiuni. 

A principios de 2011, la fiscal Luisa Ortega Díaz recomendó dar arresto domiciliario a Afiuni tras inspeccionar el centro de reclusión donde estaba detenida. En junio de 2013, se pidió una medida menos gravosa y la jueza obtuvo libertad condicional con prohibición de salida del país, de hablar a los medios de comunicación internacionales y nacionales y de utilizar sus redes sociales.

El proceso judicial de María Lourdes Afiuni se había iniciado en 2012, pero fue el 16 de mayo de 2019 que se celebró la audiencia de juicio. Sin prueba alguna, el juez Manuel Antonio Bognanno condenó a la jueza a cinco años de prisión por el delito de “corrupción espiritual”. Para ellos, a pesar de no haber dinero a cambio de la liberación de Cedeño, Afiuni aplicó medidas cautelares como un “acto de placer”. El 8 de noviembre de 2020, la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia ratificó la condena. 

Nelson Afiuni, hermano de la jueza María Lourdes Afiuni, informó este lunes que tras la ratificación de la condena por “corrupción espiritual”, la defensa introducirá un nuevo recurso ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para exigir su libertad plena.

Afiuni indicó que llevarán ante la Sala Penal un “recurso de casación” y espera que el presidente de este órgano emita una decisión a favor de la jueza, excarcelada en julio de este año por un acuerdo entre el régimen de Nicolás Maduro con la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

“No tenemos mucho optimismo porque todo el mundo sabe quién es el presidente del TSJ en este país, y bueno me imagino que seguiremos con corrupción espiritual, algo que pasará a la historia”, dijo en entrevista a Unión Radio.

La semana pasada, un tribunal venezolano ratificó por cinco años la condena sobre la jueza María Lourdes Afiuni, quien fue encarcelada en diciembre del 2009 y posteriormente condenada por corrupción propia.

En marzo de este año se emitió la sentencia sobre Afiuni, quien permaneció detenida durante tres años y nueve meses en Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF), acusada de irregularidades en el caso del banquero Eligio Cedeño.

Afiuni actualmente posee libertad condicional con medidas cautelares de prohibición de salida del país y no puede dar declaraciones ante los medios de comunicación.

Juzgados de Caracas niegan cese de medidas a María Lourdes Afiuni

Nelson Afiuni, hermano de María Lourdes Afiuni, denunció este lunes que los juzgados de Caracas desconocen el levantamiento de las medidas cautelares a la jueza y se niegan a ofrecer información sobre las mismas.

“María Lourdes Afiuni está en tribunales y ningún tribunal de la causa, incluyendo el de apelación, tiene despacho. Hoy ninguno dio despacho y todos niegan cualquier cese de medidas. Ningún tribunal quiere dar información al respecto”, informó en Twitter.

El Tribunal Supremo de Justicia confirmó el pasado viernes, 5 de julio, que se acordó el cese de la medida cautelar sustitutiva de libertad contra la abogada.

Afiuni fue detenida en diciembre de 2009 sin orden judicial, luego de haber ordenado la libertad condicional del banquero venezolano Eligio Cedeño por recomendación del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la Organización de Naciones Unidas.

En 2011 le concedieron arresto domiciliario por problemas de salud. El viernes 5 de julio, la alta comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, informó que se le había otorgado la libertad plena a la jueza, sobre quien el propio Hugo Chávez pidió «30 años de cárcel». 

Jueza María Lourdes Afiuni condenada por “corrupción espiritual”

EL HERMANO DE LA JUEZA María Lourdes Afiuni, Nelson Afiuni, confirmó que fue sentenciada a cinco años de cárcel por “corrupción espiritual”, no obstante Afiuni comentó que su hermana cumplió cuatro años de condena y en este sentido solo le correspondería cumplir uno más.

“La fiscalía acota que no se pudieron comprobar ninguno de los delitos y prácticamente con eso estás pidiendo la absolución del caso. Pero ¿qué hace el juez? El desestima, el absuelve por abuso de poder, por evasión, pero la condena a cinco años de cárcel por corrupción espiritual”, dijo.

En entrevista con Aryeli Vera para Unión Radio, Nelson Afiuni rechazó la argumentación dada por la fiscalía para establecer esta acusación, señalando que la ex funcionaria aplicó medidas cautelares contra procesados como un acto de “placer”.

“Eso no existe, la corrupción espiritual no existe. Entonces ella al dar medida cautelar ella sintió placer, es decir, cada vez que un juez dé una medida cautelar a alguien, esta sintiendo placer y eso se puede interpretar como corrupción espiritual, cuestionó el abogado.

Nelsón Afiuni, reiteró en su denuncia de esta sentencia por considerarla irregular, luego de explicar que el Ministerio Público desestimó las acusaciones sin comprobar ninguno de los delitos que se le imputaron a su hermana.

Asimismo, comentó que el Juez a quien identificó cómo Manuel Bolano, dio la sentencia en ausencia de la procesada.

“Nosotros nos fuimos del palacio de justicia ya que mi hermana cuando vio que no iban a ver conclusiones del caso. Que iba a tomar una decisión cuando la fiscalía son personas nuevas en el caso, él dijo que la iba a sentenciar hoy pasará lo que pasará. Y ella se paró y dijo: Que no iba a colaborar con esta irregularidad. Y se fue. Y él dio la sentencia en ausencia de mi hermana”, detalló.

José Amalio Graterol: Hay una orden del juez y es sentenciar a Afiuni y devolverla a prisión

EL ABOGADO JOSÉ AMALIO GRATEROL aseguró este 18 de marzo que la reanudación del juicio de la jueza María Lourdes tiene un «objetivo claro y es condenarla y enviarla de regreso a la cárcel».

“Quienes hemos ejercido el derecho penal en tiempos de dictadura sabemos que eso evidencia que hay una orden del juez, y es sentenciar a la juez Afiuni y devolverla a prisión”, expresó el letrado.

El abogado aseguró que este lunes la abogada de Afiuni, Sandy Guevara, introdujo ante el tribunal un amparo de “suspensión del juicio” oral y público, hasta tanto una corte determine si han transcurrido más de 10 días o no, desde la última vez que el juzgado abrió su despacho el 30 de enero de 2018 hasta el 22 de febrero de 2019, cuando se reactivó la causa.

“De forma que así es como ocurren las cosas en el Poder Judicial, dominado y sometido por el régimen criminal, primero no querían aceptarle a la abogada el amparo y una vez que se lo aceptaron misteriosamente se cayó el sistema de recepción de documentos del Palacio de Justicia en Caracas y no fue distribuido el amparo al tribunal de apelaciones”, denunció Graterol.

El afiliado de Vente Venezuela expresó que el proceso judicial a Lourdes Afiuni se reactivó cuando el juez abrió despacho el 22 de febrero de este año, fijando del 15 de marzo como fecha de continuación del proceso, posponiéndolo para este 18 de marzo y a solicitud del Ministerio Público fue pospuesto para mañana martes 19 de marzo a las 2pm, cosa que tampoco es normal, dar despacho en las tardes.

Por último, señaló que “desde Vente Venezuela repudiamos las pretensiones del régimen de Nicolás Maduro de encarcelar a todo aquel que se le oponga. El caso de María Lourdes Afiuni es otra evidencia para infundir miedo en los venezolanos y más en los jueces que hacen vida en la administración pública venezolana”.

María Lourdes Afiuni recusa al juez de su causa y le difieren juicio hasta el #15Marzo

DIFERIDO. NUEVAMENTE LA CULMINACIÓN DEL JUICIO a la abogada y presa política María Lourdes Afiuni fue retrasado debido a la decisión del juez Manuel Bognano, que lleva su causa.

Así lo informó José Amalio Graterol, abogado de la jueza Afiuni, a través de las redes sociales. Para el viernes 22 de febrero se tenía previsto una de las audiencias finales sobre el caso.

Además, indicó que Afiuni recusó en pleno juicio al juez Bognano pues está denunciado por denegación de la justicia. “Acto seguido el ‘juez’ botó de la sala de juicio a María Lourdes Afiuni”.

Graterol también explicó que el juicio se encuentra interrumpido debido a que ha transcurrido casi más de un año desde la última audiencia, “y el ‘juez’ se negó a dar el cómputo de los días transcurridos”.

El abogado de la jueza Afiuni afirmó que “lo que extraña es que después de tanta falta de interés, donde los fiscales fueron jubilados y los actuales no tienen conocimiento del caso, no había voluntad política de definir el proceso, ahora se fije la última audiencia en la víspera de lo que se espera que sea un día histórico para Venezuela”.

Afiuni fue detenida el 17 de diciembre de 2009 por liberar al empresario y banquero Eligio Cedeño, que llevaba desde febrero de 2007 detenido sin juicio, acusado de simulación de importación, distracción de recursos bancarios y operaciones cambiarias ilegales.

Fue aprehendida sin orden judicial, sin que se le informara el motivo de la detención ni la autoridad que la había ordenado. Fue recluida en el Instituto de Orientación Femenina (INOF), ubicado en Los Teques, estado Miranda.

Se le imputó en 2010 por los delitos de delitos de corrupción propia, favorecimiento para la evasión, asociación para delinquir y abuso de autoridad. En 2011 se le impuso una medida cautelar de arresto domiciliario luego de que sus abogados y distintas organizaciones de derechos humanos denunciaran sus condiciones de reclusión y las torturas a las que fue sometida.