DDHH olvidados | María Lourdes Afiuni, la “presa personal de Chávez” - Runrun
DDHH olvidados | María Lourdes Afiuni, la “presa personal de Chávez”
María Lourdes Afiuni fue detenida de manera arbitraria, recluida en el INOF, enjuiciada y condenada tras haber ordenado la libertad bajo fianza del banquero Eligio Cedeño

 

@ValeriaPedicini

 

La mañana del jueves 10 de diciembre de 2009 parecía igual al resto. La agitación de las primeras horas era la habitual en la casa de María Lourdes Afiuni: levantarse temprano, vestirse sobre la marcha con una taza de café en la mano, intercambiar palabras con sus padres o su hija, ver los minutos que faltaban para salir hacia el Palacio de Justicia, en el centro de Caracas. 

Lo que la jueza venezolana no sabía es que horas después tomaría una decisión que cambiaría su vida. No sentía un mal presagio, solo una ligera angustia porque sabía que no la esperaba un caso sencillo. 

Afiuni era la titular del Tribunal 31 de primera instancia en funciones de control del Circuito Judicial Penal del área metropolitana de Caracas. Esa mañana tenía la audiencia preliminar de un preso por el cual el entonces presidente Hugo Chávez se decía que tenía un interés personal. 

El polémico expediente del banquero Eligio Cedeño tenía 15 días en sus manos, tiempo en el que había estudiado todas las 278 piezas y se había percatado que estaba lleno de vicios e irregularidades. 

Al indagar en la acusación, no encontró elementos de culpabilidad con respecto a los tres delitos que le imputaban al empresario venezolano. Sabía que, si las circunstancias no variaban, tenía que dictar un sobreseimiento de la causa o una nulidad por todas las violaciones constitucionales que tenía el caso. 

La jueza llegó justo a tiempo a los tribunales. Ahí estaban los abogados de la Procuraduría General y de la defensa, pero no los representantes de la Fiscalía. Minutos después, fueron registrados sus ingresos al Palacio, pero no se dirigieron a la sala prevista para la audiencia. 

A los fiscales los ubicaron en el piso de los tribunales de ejecución. Para Afiuni, que estuvieran en un sitio inusual y no presentándose para la audiencia, significaba que se estaban escondiendo. Dio un lapso de espera hasta las 11:30 de la mañana. 

Llegada la hora, se trasladaron a la sala para dejar constancia de que los representantes del Ministerio Público no se habían presentado, así que no se podía llevar a cabo la audiencia. 

Pero la audiencia de Cedeño le pidió a Afiuni que se pronunciara sobre una medida cautelar en razón de una resolución de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en la que señalaban que su detención era arbitraria e instaba a juzgarlo en libertad.

Pedían una medida menos gravosa, ya que llevaba dos años y 10 meses en la cárcel sin siquiera haber llegado a una audiencia preliminar. Para esa decisión no era necesaria la presencia de los fiscales. Su defensa argumentó que el retardo procesal era una pena anticipada. 

Así que Afiuni, basando su decisión en las normas procesales penales del país y en un informe del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU, le dio una medida privativa de libertad bajo presentación y prohibición de salida del país a Cedeño. 

Cuando se disponían a sacar copias de la acta firmada para que fueran entregadas a las partes, aparecieron los fiscales. Pero ya era tarde: la jueza les dijo que la decisión ya estaba tomada y, si querían, tenían tres días para apelar. La defensa de Cedeño preguntó varias veces si el banquero podía retirarse y la respuesta siempre fue sí. 

Minutos después de haberle dado la libertad condicional, efectivos de seguridad allanaron la sede del tribunal y entraron al despacho de Afiuni para decirle que estaba detenida, junto a todo el personal del tribunal. Algo que no había ocurrido en 50 años de democracia. 

Los funcionarios alegan que actúan por órdenes superiores. Afiuni fue aprehendida sin orden judicial, sin que se le informara el motivo de la detención ni la autoridad que la había ordenado. Fue esposada, la montaron en unas camionetas negras con vidrios ahumados y la llevaron hasta el Helicoide, sede del Sebin.

Al día siguiente de su detención, el fallecido presidente Chávez calificó a la jueza de “bandida” y exigió una condena de prisión de 30 años, la máxima pena que se impone en el país, por haber “facilitado la fuga” de Cedeño. 

«Yo exijo dureza contra esa jueza (…) Habrá que meterle pena máxima. ¡30 años de prisión pido yo a nombre de la dignidad de un país! Le dije a la presidenta del Tribunal Supremo, a la Asamblea Nacional, habrá que hacer una ley porque es mucho más grave un juez que libera a un bandido, que el bandido mismo», agregó el mandatario», dijo en cadena nacional de radio y televisión

Afiuni fue presentada en tribunales y fue imputada con los delitos de corrupción propia, favorecimiento para la evasión, asociación para delinquir y abuso de autoridad. La fiscal general para ese momento, Luisa Ortega Díaz, declaró que Afiuni habría actuado de manera ilegal y en desconocimiento de la ley al otorgar la libertad condicional a Cedeño.

El 17 de diciembre fue trasladada hasta el Instituto de Orientación Femenina (INOF), ubicado en Los Teques, donde se encontraban numerosas mujeres a las que ella había juzgado y sentenciado por delitos como infanticidio, robo y narcotráfico.

María Lourdes Afiuni se convirtió en uno de los principales ejemplos del deterioro de la institucionalidad venezolana. Su caso permite mostrar la ausencia de independencia del sistema de administración de justicia venezolano, así como también la falta de separación de poderes y los abusos en los que incurren los funcionarios de seguridad del Estado. 

La jueza fue recluida en una celda de cinco por cinco metros. No la dejaban recibir sol y sus visitas eran severamente controladas, restringidas y, en ocasiones, prohibidas. 

En el INOF, el miedo por lo que pudiera ocurrirle era constante. En la prisión fue objeto de diversas torturas, amenazas de muerte, conatos de atentados y violencia sexual. Sus órganos sexuales, vejiga y ano estaban destrozados y un seno estaba necrosado por las patadas que le dieron durante una golpiza. En el libro escrito por el periodista Francisco Olivares, Afiuni relató que fue violada por sus carceleros, quedó embarazada y abortó. 

Por todas estas razones, su salud física y mental se vio comprometida, sobre todo al habérsele negado en principio el derecho a la asistencia médica. 

El grupo de trabajo de Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria consideró, en una carta remitida al Gobierno venezolano, que el encarcelamiento de la jueza era “arbitrario”, por lo que pidieron su liberación inmediata. Asimismo, Human Rights Watch y Amnistía Internacional denunciaron las condiciones “inhumanas” de la prisión de Afiuni. 

A principios de 2011, la fiscal Luisa Ortega Díaz recomendó dar arresto domiciliario a Afiuni tras inspeccionar el centro de reclusión donde estaba detenida. En junio de 2013, se pidió una medida menos gravosa y la jueza obtuvo libertad condicional con prohibición de salida del país, de hablar a los medios de comunicación internacionales y nacionales y de utilizar sus redes sociales.

El proceso judicial de María Lourdes Afiuni se había iniciado en 2012, pero fue el 16 de mayo de 2019 que se celebró la audiencia de juicio. Sin prueba alguna, el juez Manuel Antonio Bognanno condenó a la jueza a cinco años de prisión por el delito de “corrupción espiritual”. Para ellos, a pesar de no haber dinero a cambio de la liberación de Cedeño, Afiuni aplicó medidas cautelares como un “acto de placer”. El 8 de noviembre de 2020, la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia ratificó la condena.