Poder Ejecutivo archivos - Página 2 de 6 - Runrun

Poder Ejecutivo

Iglesia: No respetar a la AN configura una situación real de dictadura

urosasavino_

 

Para la Iglesia, 2016 ha sido un año de dificultades y cargado de angustias. Los obispos afirman que dentro de los asuntos urgentes que quedaron para 2017 figura la libertad de los presos políticos. “Pedimos la liberación de los presos por hechos conexos con actividades políticas. Tanto el Poder Judicial como el gobierno tienen instrumentos legales y constitucionales para poner en libertad inmediata a la mayoría de esos ciudadanos, más de un centenar, que sufren una prisión injusta. Aunque estuvieran presuntamente incursos en delitos, todos ellos deberían ser procesados en libertad, tal como lo dispone el Código Orgánico Procesal Penal”, indicaron el cardenal Jorge Urosa Savino, arzobispo de Caracas, y los obispos auxiliares Jesús González de Zárate, Tulio Ramírez Padilla, José Trinidad Fernández, Enrique Parravano y Nicolás Bermúdez.

En un mensaje conjunto, que será leído en las misas del 1° de enero cuando se celebra la Jornada Mundial de la Paz, señalan que deben reconocerse las facultades constitucionales del Parlamento, actualmente bloqueada por el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial. “No respetar a la Asamblea configura una situación real de dictadura por desconocer la voluntad popular expresada en diciembre de2015”.

Abogan por que se permita el ejercicio de la potestad electoral de los ciudadanos a través del referéndum revocatorio, o de otras elecciones, para resolver la crisis: “El 6 de diciembre de 2015 el pueblo indicó mayoritariamente no estar de acuerdo con el actual gobierno”.

El cardenal Urosa Savino y los obispos auxiliares llaman a una concertación. “El diálogo entre el gobierno y la oposición, que fue un motivo de esperanza para amplios sectores del país, está seriamente cuestionado. Independientemente del futuro de ese diálogo, debemos tener presente que el pueblo exige la paz, seguridad personal, convivencia social, y condiciones que permitan trabajar y vivir en tranquilidad. Esto solo puede darse con el concurso de todos”, expresaron.

Los representantes de la Iglesia creen preciso que se evite la violencia social como el vandalismo y saqueo que se provocó, y el gravísimo caos y dolor que se causó, especialmente a los más pobres, con la desacertada medida de sacar de circulación los billetes de 100 bolívares. Mientras no haya otros billetes y monedas que los sustituyan, es absolutamente necesario mantener la validez de estos billetes.

Denuncian que muchos ciudadanos tuvieron que hurgar en la basura para conseguir comida: “El sufrimiento de millones de venezolanos reclama al gobierno la necesidad de resolver la gravísima crisis alimentaria y de medicamentos, y que tiene su causa en la aplicación de un sistema económico errado, el totalitarismo socialista que adscribe al Estado el control total de la economía”.

El cardenal Jorge Urosa y los obispos auxiliares de Caracas se hacen eco del mensaje del papa a los gobernantes y los católicos del mundo para el 1° de enero. En este sentido, llamaron a procurar la convivencia pacífica en las familias y en las comunidades.

“Que se castigue la delincuencia que causa tanto dolor, pero hay que evitar y sancionar los inaceptables abusos cometidos por funcionarios de cuerpos de seguridad del Estado en las llamadas Operaciones de Liberación del Pueblo, como las masacres ocurridas recientemente en Cariaco y Barlovento. Que la vida política transcurra civilizadamente en una dinámica no violenta de entendimiento, de aceptación de la voluntad del pueblo, de búsqueda de soluciones”, exhortaron.

Cambio de dirección

Monseñor Ovidio Pérez, obispo emérito, afirmó que el gobierno se burló del Vaticano y de la gentileza del papa hacia Venezuela, a través de una mesa de diálogo que, hasta ahora, no tiene resultados efectivos. Exhortó a formar un gran frente nacional de partidos, organizaciones e instituciones de la sociedad civil para trabajar por el cambio profundo que requiere el país.

“El país necesita otra dirección, un gobierno para todos y no para un sector. No un gobierno de corte socialista y totalitario. Que haya un nuevo gobierno que no amenace, que no empobrezca, que no exilie, que no angustie y que cumpla la Constitución y las normas elementales para el funcionamiento de un Estado de Derecho. El gobierno debe respetar al pueblo; no se pueden exponer situaciones de cinismo que señalan una alegría ficticia delante de un país que sufre”, enfatizó Pérez Morales.

 

Mensaje de Año Nuevo del Arzobispado de Caracas a los venezolanos by La Patilla on Scribd

Alejandro Armas Oct 28, 2016 | Actualizado hace 3 semanas
¿Otro 11 de abril? Muy difícil

miraflores_

 

Si cada noticia fuera una hoja caída de algún árbol que se cruza en nuestro camino por la cotidianidad, los últimos días han sido como en esas imágenes, casi caleidoscópicas, de miles de hojas cayendo a la vez en el Central Park de Manhattan en octubre. Tanto ese espectáculo otoñal como la seguidilla de acontecimientos en Venezuela quitan el aliento, pero aquel por su belleza, y esta por su brutalidad. Sí, tal vez sea una descripción dura, pero el término “brutal” califica bien lo que ha pasado en el país desde hace ocho días.

Para bien o para mal, pareciera que se está llegando a un punto de inflexión, a un desenlace para la crisis política que comenzó con esas elecciones de hace 11 meses, en las que el chavismo no solo perdió, sino que quedó expuesto como una minoría cuya relativa pequeñez nadie había previsto. La idea de perder el poder, con todos los privilegios que supone detentarlo, llevó al alto mando militar y civil del oficialismo a suspender de facto ese resultado comicial mediante la anulación de la Asamblea Nacional, a postergar inconstitucionalmente las regionales y asesinar en cámara lenta el revocatorio como forma efectiva de llevar el cambio a Miraflores.

Pero mientras todo este acto de magia para desaparecer la democracia se realizaba, otra crisis, la económica, siguió agudizándose, con verdaderas tragedias sociales como consecuencia. Desechando así los sufrimientos de la población, y sobre todo de los pobres a los que tanto jura proteger a capa y espada, el Gobierno cerró decididamente la opción constitucional de salida adelantada por el voto. Por primera vez todos los partidos de la oposición coinciden en llamar “dictadura” al Ejecutivo.

Así las cosas, los dirigentes han tenido que cambiar su estrategia por una que se ha comprometido a traspasar fronteras que no se han pasado desde hace muchos años. Sin duda, la que más destaca es el llamado a toda la población nacional a protestar pacíficamente frente a la sede del Poder Ejecutivo la próxima semana.

Miraflores. Tabú. La idea de elevar el grito de repudio frente a ese edificio francamente nada bonito (y miren que hay muestras de arquitectura fina en Caracas) ha estado por bastante tiempo rodeada por una especie de manto oscuro: el miedo. Inevitablemente aparece como un fantasma que se niega descansar en paz el recuerdo de los proyectiles que sembraron tragedia el 11 de abril de 2002. Es una reacción normal, tanto para opositores como para chavistas, habida cuenta de que ese día gente inocente en ambos polos cayó abatida.

Desde entonces, cualquier mención de una marcha de adversarios del Gobierno hasta Miraflores es asumida como una réplica del 11 de abril, tanto por disidentes que lo ven como la única forma de protestar de forma determinante, como por oficialistas para quienes tal movilización resulta inadmisible. Pero ese es un pensamiento bastante simplista. Es omitir las diferencias entre el contexto de lo ocurrido entonces y el actual. Veamos.

Al igual que en 2016, había una fortísima polarización entre quienes apoyaban y adversaban a Hugo Chávez. Pero ciertamente 80% de la población no estaba de un lado y 20% del otro, como ocurre ahora, según casi todos los estudios de opinión pública (incluyendo en el primer porcentaje a quienes rechazan la gestión de Maduro, aunque no apoyan a los líderes de la oposición). Antes, en todo caso, las posiciones estaban mucho más equilibradas.

En segundo lugar, y tal vez esto sea lo más obvio, Venezuela no estaba ni remotamente cerca del ruinoso estado en el que se encuentra actualmente. La economía había comenzado a levantarse luego de la debacle de los años 90, y todavía no se había pasado por el paro petrolero, escollo que precedió el boom de los precios del crudo entre 2004 y 2008.

Nada que ver con el cuadro de hoy, cuando Venezuela tiene la inflación más alta del mundo y también la más elevada desde que se lleva este registro. El poder adquisitivo está tan pulverizado que el Gobierno decretó un nuevo aumento en el que el bono de alimentación constituye 70% del ingreso mínimo legal, un reconocimiento tácito de que el salario no da ni remotamente para aunque sea comer (ah, y pensar que varios sindicalistas que en los 90 denunciaron furibundos la bonificación del sueldo hoy viven la dolce vita de la clase política). Ya la gente parece entender que estos incrementos por encima de la productividad perjudican más que ayudar. Tal vez no todos comprendan el proceso económico subyacente, pero sus idas semanales al mercado bastan.

Tampoco se veía en 2002 esa colección de osamentas plásticas y metálicas, desprovistas de la sabrosa carne, que son ahora los anaqueles en expendios de bienes de primera necesidad. El hambre era más excepción que regla. Las mayores colas eran para ver juegos entre Caracas y Magallanes. La gente no moría porque no la pudieran recibir en un hospital donde casi ningún servicio funcionara. La inseguridad, aunque muy preocupante, no era la ley del hampa en que pranes y jefes de bandas compiten con las autoridades en el control de territorios desde cárceles y barrios, con “negocios” que cada año dejan impunemente miles de muertos.

Por otro lado, los actores en el juego político eran muy diferentes hace 14 años. La oposición había quedado en la orfandad por el desprestigio de los partidos tradicionales. Quienes asumieron el papel de dirigentes no eran políticos preparados. Eran empresarios, gerentes de medios de comunicación y sindicalistas, personas que a lo mejor tenían mucha competencia en sus respectivos ámbitos, pero no así en el liderazgo político. Me parece que esa es una de las razones que explican lo irresponsable que fue desviar por sorpresa una marcha hacia el centro de Caracas y luego abandonar a su suerte a los manifestantes cuando la cosa se puso fea. También ayuda a comprender por qué luego vino esa barrabasada que fue el “Carmonazo”.

Hoy no es así. En la MUD hay políticos llenos de fallas y a los que es justo y necesario (excusen la expresión litúrgica) hacerles reclamos cuando hace falta. Pero tienen experiencia y han aprendido de algunos errores del pasado, como la negativa a participar en las parlamentarias de 2005. Sus convocatorias llegan o intentan llegar hasta donde lo proponen inicialmente, y si juzgan que es mejor retirarse, piden al instante hacerlo.

Finalmente, el escenario internacional en el que se desenvolvía Venezuela en 2002 era mucho más favorecedor para el Gobierno. Muy pocos en el mundo ponían en duda los credenciales democráticos del chavismo. La llegada al poder por elecciones y la redacción de una nueva Constitución igualmente aprobada en referéndum al parecer hicieron olvidar los orígenes golpistas. Tan es así que cuando Chávez fue detenido en aquella madrugada de abril, el repudio internacional fue casi unánime. La memoria selectiva omite el hecho de que hasta se invocó en defensa del gobierno chavista la Carta Democrática Interamericana, esa misma que, según Maduro ahora, fue creada para “destruir la revolución bolivariana”. Conste que esto ocurrió cuando no habían llegado al poder los amigotes en Brasil, Argentina, Ecuador, Bolivia, Uruguay, Paraguay y Nicaragua, ni Petrocaribe existía para asegurarse el respaldo de ciertas diminutas pero numerosas Antillas.

En 2016, cada vez es mayor la preocupación en el continente por la escalada autoritaria en Venezuela. Doce miembros de la OEA manifestaron su preocupación por la suspensión del revocatorio. Es posible que nos echen del Mercosur, algo que nadie hubiera previsto hace apenas un año. Hay conciencia sobre las penurias que pasan los venezolanos todos los días y muchos no se explican por qué se nos niega el derecho a intentar cambiar eso. Por eso, una represión brutal de manifestantes desarmados por organismos de seguridad o civiles violentos implica riesgos mucho mayores de presión internacional intolerable.

¿Estas diferencias con respecto al 11 de abril significan que la protesta pacífica frente a Miraflores tiene en la actualidad el éxito garantizado? De ninguna manera. Tal vez los marchistas ni siquiera puedan acercarse a la avenida Urdaneta. Pero si el objetivo es dar a entender al oficialismo que tiene que ceder, al final lo que importará es cuántas personas estén dispuestas al menos a intentar llegar al nada agraciado palacete sin recurrir a la violencia, y cuánto perseverarán en esa travesía, que no necesariamente concluirá el 3 de noviembre.

 

@AAAD25

 

 

AN citó formalmente al presidente Maduro para el martes #1Nov

hramosallup

 

El presidente de la Asamblea Nacional, Henry Ramos Allup, informó durante un punto de información al final de la sesión de este jueves que el presidente Nicolás Maduro fue citado formalmente.

Allup indicó que en correspondencia a Miraflores y según acordado en la sesión del domingo 23 de octubre, le solicitaron al Presidente comparecer ante el parlamento el próximo martes 1 de noviembre a las 3:00 p.m. para que explique su responsabilidad en para determinar su responsabilidad en la «ruptura del hilo constitucional».

Durante la sesión del martes 27 de octubre, el jefe de la bancada opositora, el diputado Julio Borges, señaló que la citación al mandatario venezolano es para que «responda todas las argumentaciones y acusaciones» presentadas en su contra y para que «con el respaldo del pueblo venezolano, demuestre que se somete a la Constitución y al Parlamento».

*Con información de EFE

 

TSJ pide a la AN abstenerse de pretender dirigir las relaciones exteriores del país

tsjusticias-1

 

Luego de reconducir la acción de “amparo” ejercida a una acción de controversia constitucional, la Sala Constitucional declaró su competencia, la admitió y acordó medida cautelar, conforme a las normas previstas en los artículos 336.9 de la Constitución y 130 y 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Indicó la Sala, en ponencia conjunta, que la demanda “no se sustenta de forma directa en la violación de derechos constitucionales, sino en la vulneración de competencias y atribuciones constitucionales inherentes al Poder Ejecutivo Nacional (‘usurpación de funciones’), por parte del Presidente, de la Junta Directiva y de la mayoría de diputados que integran la Asamblea Nacional, circunstancia que, más allá de las implicaciones que ello pudiera tener en la esfera de los derechos subjetivos, identifica la presente acción con una demanda de controversia constitucional”.

Asimismo, señaló que del contenido de varios actos “parlamentarios, se denotan actuaciones de la Asamblea Nacional tendientes a solicitar la intervención de organismos e instancias internacionales en asuntos internos de la República, actuaciones éstas que pudieran estar reñidas con la norma prevista en el artículo 236.4 Constitucional, referida a la atribución que corresponde al  Presidente o Presidenta de la República, de dirigir las relaciones exteriores”, en correspondencia con el artículo 226 Constitucional, y con el criterio de esa Sala vertido en sentencia n.° 967 del 4 de julio de 2012.

Al respecto, señala la sentencia que “se observan indicios de los cuales pudiera desprenderse que el órgano legislativo ha asumido atribuciones que constitucionalmente son propias del Poder Ejecutivo, por lo que esta Sala, en ejercicio pleno de sus amplios poderes cautelares, y con el propósito de asegurar que los actos que hasta ahora han sido emanados desde la Asamblea Nacional y sus actos futuros no impliquen probables usurpaciones de funciones atribuidas al Ejecutivo Nacional, dicta medida cautelar, en ejercicio de su prudente arbitrio, razón por la que se suspenden los efectos de los actos parlamentarios de fechas 10 y 31 de mayo de 2016”.

De igual forma, se ordenó “a la Asamblea Nacional, a su Presidente, a su Junta Directiva y a sus miembros en general, abstenerse de pretender dirigir las relaciones exteriores de la República y, en general, desplegar actuaciones que no estén abarcadas por las competencias que les corresponden conforme al ordenamiento jurídico vigente, y que, por el contrario, constituyen competencias exclusivas y excluyentes de otras ramas del Poder Público; so pena de incurrir en las responsabilidades constitucionales a que haya lugar, todo ello con especial sujeción a las disposiciones previstas en los artículos 137 y 138 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, según los cuales “La Constitución y la ley definen las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Público, a las cuales deben sujetarse las actividades que realicen”, y “Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos”.

Ya la Sala constitucional había declarado dos días antes como «inconstitucional» la Ley Especial para atender la Crisis Nacional en Salud aprobada por la AN por usurpar funciones del ejecutivo en materia de estado de excepción y relaciones exteriores.

*Con información del  Tribunal Supremo de Justicia

¿Cómo ha bloqueado el TSJ la función legislativa de la AN? por Carlos García Soto

TSJ-630

 

Una de las funciones claves de la Asamblea Nacional (AN) es el ejercicio de la función legislativa, por la cual dicta, modifica o deroga Leyes.

Como manifestación de esa función, apenas fue electa la AN, la nueva mayoría señaló una agenda legislativa a ser cumplida durante los primeros meses de su primer período de sesiones. Esa agenda legislativa atendía aspectos económicos, sociales y políticos.

Sin embargo, el ámbito de esa función legislativa ha sido bloqueado de diversos modos por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Por una parte, la Sala Constitucional (SC) del TSJ ha declarado la inconstitucionalidad de diversas Leyes sancionadas por la AN. Por otra parte, ha establecido criterios que debería cumplir la AN para el ejercicio de esa función que resultan contrarios a la Constitución, reduciendo al mínimo el ámbito de actividad legislativa de la AN.

En ese sentido, las sentencias que van a ser reseñadas, en las cuales se vacía de contenido la función legislativa de la AN, suponen una manifestación del bloqueo institucional al cual el TSJ ha sometido a la AN.

 

La limitación de la función legislativa para someterla al Poder Ejecutivo

En efecto, a través de la sentencia N° 269 de 21 de abril la SC delimitó sustancialmente la función legislativa de la AN.

La sentencia dicta una medida cautelar con ocasión de una demanda de nulidad interpuesta el 9 de marzo de 2011, hace cinco años, contra algunos artículos del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional.

A través de la medida cautelar, la SC ordenó en cuanto al ejercicio de la función legislativa, entre otros aspectos, que (i) la AN está obligada a consultar cada Proyecto de Ley con el Poder Popular con el objeto de “concertar” el Proyecto de Ley con ese Poder; (ii) el lapso para las consultas públicas será como mínimo de veinte días, el cual puede ser prorrogado por un lapso similar, a solicitud de las organizaciones que conforman el Poder Popular; (ii) el informe sobre el impacto e incidencia presupuestaria y económica, o en todo caso, el informe de la Dirección de Asesoría Económica y Financiera de la Asamblea Nacional que debe acompañar a todo proyecto de ley, deben consultarse con carácter obligatorio por la Asamblea Nacional –a través de su Directiva- al Ejecutivo Nacional- por vía del Vicepresidente Ejecutivo- a los fines de determinar su viabilidad económica, aun los sancionados para la fecha de publicación de la sentencia; (iii) para el Presidente de la República dé el “cúmplase” a cualquier Ley, se requiere la verificación sobre la viabilidad de la Ley, a través de los Ministros del ramo y el Vicepresidente de la República.

Por ello, la potestad legislativa de la AN queda sujeta al Poder Ejecutivo, lo cual supone una forma de usurpación de funciones del Poder Ejecutivo sobre la AN.

La sentencia, por supuesto, va a impactar en el modo en el cual la AN pueda legislar. De hecho, como se verá en algunos de los casos a ser analizados de inmediato, los criterios establecidos en la sentencia ya han supuesto efectos para Leyes dictadas por la AN.

 

 

Leyes dictadas por la AN declaradas inconstitucionalidad por el TSJ

Ahora bien, la SC no sólo ha restringido en términos generales la función legislativa de la AN, sino que ha declarado como inconstitucionales, hasta el momento cuatro Leyes. En un quinto caso, declaró constitucional la Ley, pero sujetó su vigencia a que el Poder Ejecutivo constate su “viabilidad económica”, como se verá de inmediato.

La sentencia que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela

La primera Ley sancionada por la AN, la Ley de reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela, fue declarada inconstitucional por el TSJ a través de la sentencia N° 259 de 31 de marzo, dictada a partir de la solicitud que fuera realizada por el Presidente de la República.

La sentencia parte de la base de que la AN habría actuado con “desviación de poder”, en la medida en la que el supuesto fin de la reforma habría sido asegurar el control político del Banco Central de Venezuela (BCV) por parte de la actual mayoría de la AN. Así, entre otros aspectos, (i) se declaró inconstitucional la facultad prevista en la Ley sancionada de que la AN ratificara la designación del Presidente del BCV; (ii) se declaró también inconstitucional que la AN pudiera llamar a comparecer al Presidente del BCV, y (iii) se declaró inconstitucional la facultad de la AN para designar dos miembros del Directorio del BCV.

Por supuesto, en realidad, sobre la base de esa posición asumida por la sentencia se encuentra la restricción de la función de control de la AN sobre los otros Poderes Públicos, como habrá ocasión de precisar en otra nota.

 

La sentencia que declaró inconstitucional la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional

Otra de las Leyes incluidas en la agenda legislativa de la AN sería la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional.

El 11 de abril la SC dictaría la sentencia N° 264, por la cual declaró inconstitucional esa Ley, entre otras, por las siguientes razones: (i) no existirían los presupuestos políticos para conceder amnistías; (ii) en la Ley supuestamente se habrían incluidos delitos comunes distintos a los delitos políticos propios de las amnistías; (iii) algunos artículos de la Ley supuestamente violarían las garantías de legalidad y tipicidad previstas en el artículo 49 de la Constitución; (iv) algunos artículos supuestamente violarían los principios de justicia y responsabilidad; (v) resultaría supuestamente inconstitucional la amnistía sobre infracciones administrativas; (vi) supuestamente violaría el principio de soberanía; (vii) supuestamente violaría los derechos a la protección del honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación, y (viii) supuestamente resultaría inconstitucional por sus efectos en la sociedad y el ordenamiento jurídico.

La consecuencia sería entonces que la sentencia declaró inconstitucional la amnistía sobre todos y cada uno de los supuestos de amnistía contemplados en la Ley.

 

La sentencia que declaró constitucional la Ley de Bono para Alimentación y Medicinas a Pensionados y Jubilados pero la sujetó a la verificación de la viabilidad económica

La sentencia N° 327 de 28 de abril de 2016 declaró ajustada a la Constitución la Ley de Bono para Alimentación y Medicinas a Pensionados y Jubilados, la cual era una propuesta de contenido social en la agenda legislativa de la AN.

Sin embargo, sujetó la entrada en vigencia de la Ley a que se constate la viabilidad económica que permita garantizar el cumplimiento de la finalidad social que involucra la Ley, en aplicación del criterio establecido por la SC en la sentencia N° 269 de 21 de abril de 2016, más arriba reseñada. En consecuencia, la sentencia anuló la Disposición Final Única de la Ley, que ordenaba su entrada en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial.

 

La sentencia que declaró la inconstitucionalidad de la reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

Mediante la sentencia N° 341 de 5 de mayo la SC declaró la inconstitucionalidad de la reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia que había sido sancionada por la AN el 7 de abril.

El objeto de la reforma de la Ley era fundamentalmente (i) aumentar el número de Magistrados de la SC de siete a quince Magistrados, y (ii) precisar con mayor detalle el proceso a seguir ante la SC en caso de que el Presidente de la República plantee a la SC que uno o varios artículos de una Ley sancionada por la AN pudieran ser inconstitucionales.

La sentencia va a declarar inconstitucional la reforma, básicamente por las siguientes razones: (i) supuestamente la iniciativa legislativa en materia de organización y procedimientos judiciales correspondería de modo exclusivo y excluyente al TSJ; (ii) supuestamente para la modificación de cualquier proyecto de Ley se requiere la aprobación de las dos terceras partes de los miembros de la AN presentes en la sesión; (iii) el aumento de Magistrados no sería “razonable” y carecería de “justificación lógica”, y (iv) supuestamente la AN habría incurrido en “desviación de poder” al sancionar la reforma.

 

La sentencia que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Otorgamiento de Títulos de Propiedad a Beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela

Mediante la sentencia N° 343 del 6 de mayo, la SC declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Otorgamiento de Títulos de Propiedad a Beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela y otros Programas Habitacionales del Sector Público, que había sido sancionada por la Asamblea Nacional el 13 de abril.

La sentencia, en resumen, va a concluir que la Ley sería inconstitucional porque (i) supuestamente sería contraria a los fines del Estado Democrático y Social de Derecho al no garantizar que el ejercicio progresivo del derecho de las familias a una vivienda digna no ceda ante el derecho de propiedad; (ii) al promover que las unidades habitacionales ingresen al mercado especulativo, para favorecer a quienes ejercen el dominio del mismo en detrimento de quienes ameritan de una protección reforzada por parte del Estado; (iii) para su sanción no se habría cumplido con las formalidades esenciales del procedimiento de formación de leyes previstas en la Constitución y en el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, y (iv) la AN habría incurrido en usurpación de funciones del Presidente de la República al condonar las deudas contraídas por los beneficiarios de esta política pública.

 

***

Para el momento en el que se escriben estas líneas, tal ha sido el modo como la SC ha cercado el ámbito de la función legislativa de la AN, bloqueando todas y cada una de las iniciativas de esa AN en materia legislativa.

La AN discute actualmente otros proyectos de Ley sobre los cuales habrá de concluir el procedimiento legislativo. A juzgar por las sentencias reseñadas, es muy probable que tales Leyes también sean juzgadas por la Sala Constitucional. Para ello, además de las eventuales inconstitucionales que la SC quiera señalar de cada Ley en particular, es previsible que se aplique en cada uno de esos casos la exigencia de que el Poder Ejecutivo certifique la “viabilidad económica” de tales Leyes.

Lo cual, es probable, dará lugar a nuevas sentencias que declaren como inconstitucionales también esas Leyes.

@cgarciasoto

Rivalidades políticas y solidaridad nacional por Luis Ugalde

solidaridad1

 

Las  rivalidades políticas son un hecho, y la solidaridad, una necesidad de vida o muerte. No tendremos república si no sabemos combinar las dos cosas, y no habrá vida si nuestra solidaridad efectiva no es capaz de trascender las fronteras de las rivalidades y de los rechazos políticos. La Presidencia de la Conferencia Episcopal en mensaje reciente invita a cada venezolano a sacar lo mejor de sí, a construir puentes y cruzar alambradas de desconocimiento y odio. La vía política para el encuentro nacional está llena de barricadas y sembrada de minas que matan a quien se atreva a cruzarlas para dar la mano al que está al otro lado. Ahora todos vivimos mal y la miseria es creciente; excepto los pocos que, saqueando al país, se hicieron millonarios en dólares.

En este documento episcopal la Iglesia nos pone ante los ojos el ejemplo de Jesús con los necesitados y nos invita a “atender a quienes en nuestro país están sufriendo por las graves carencias de alimentos y medicinas, la violencia y la inseguridad”, y reafirmar “con gestos concretos la solidaridad entre todos como hermanos”.
En circunstancias normales nos limitamos a exigir a los políticos de diverso signo que colaboren y lleguen a acuerdos fundamentales para que Venezuela pueda seguir viviendo. También exigimos que el gobierno se abra al juego democrático y libere a la Constitución secuestrada. Eso está bien. Pero en grandes emergencias como la actual todos tenemos que salir de nuestra casa al encuentro del otro; no solo los políticos. Cuando la “tragedia de Vargas” la gente salió corriendo a aportar, a organizarse para el rescate de vidas y la alimentación en los refugios. No esperamos a que los políticos nos encabezaran, ni hicimos cálculos que separan a los “míos” de los “otros”. Las desgracias exigen milagros humanos y producen transformaciones que cambian la vida y la comodidad cotidiana.

La Iglesia, recogiendo el sentimiento de los venezolanos en esta catástrofe mayor, nos llama a salir a ayudarnos en solidaridad, venciendo “la violencia, la resignación y la desesperanza”. Convertirnos en “sujetos conscientes de nuestra propia y calamitosa realidad”. Pacíficos sí, pero activados para “actuar como protagonistas de las transformaciones de nuestra historia y nuestra cultura”. Hay que rezar, pero no basta rezar. “¡El Evangelio nos reclama eficacia!”.

Todos, movilizados y organizados, tenemos que hacer mañana lo que todavía no estamos haciendo hoy. “Los dirigentes políticos, sociales, empresariales, gremiales y religiosos estamos llamados a dar testimonio tangible de responsabilidad y de compromiso de amor a nuestra patria”. Este es un clamor nacional apartidista y como tal requiere apertura de las autoridades. “El gobierno debe favorecer todas las formas de ayuda a los ciudadanos. Es apremiante la autorización a instituciones privadas del país, como Cáritas y otros programas de diferentes confesiones religiosas, que no nos metemos en la diatriba política, sino que servimos directamente a los más necesitados, para que podamos traer alimentos, medicinas y otros insumos necesarios, provenientes de ayudas nacionales o internacionales y organizar redes de distribución a fin de satisfacer las urgentes necesidades de la gente”. Millones de venezolanos movilizados con solidaridad para compartir lo que podamos. Esto requiere organización, mucha organización, semáforos verdes de parte del gobierno, y conciencia para no degradar el amor y la solidaridad en pequeñas jugarretas politiqueras interesadas. Esperamos que prevalezca la sensatez y la generosidad y se active todo esto cuanto antes.

Desde luego, eso no  sustituye las grandes tareas de desbloqueo y de cambio político civilizado. “Los poderes públicos deben respetarse entre sí y articularse a favor de la nación. Lo contrario, el irrespeto y la permanente confrontación entre ellos, va en detrimento de la posibilidad real de solucionar los problemas que nos afectan a todos. Concretamente, el Poder Ejecutivo y la Asamblea Nacional, a más de respetarse y actuar según su respectiva autonomía, reconociendo el papel que a cada uno les corresponde, están llamados a dar al pueblo ejemplo, de ‘encuentro y diálogo’ a favor de la convivencia nacional” y “buscar, de manera conjunta, soluciones, que el pueblo reclama, a problemas de vital importancia”.

El reto y la llamada a la conciencia están servidos  y a quien no responda, Dios y la patria le pedirán cuentas.

El Nacional

 

AN y TSJ en 2016: el bloqueo institucional por Carlos García Soto

 

PoderEjecutivoyPoderJudicial

 

A cuatro meses de la instalación de la Asamblea Nacional (AN) conviene realizar un análisis de cuál ha sido la relación entre la AN y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

El escenario que se planteaba como probable antes de la elección de 6D se ha verificado: el TSJ ha bloqueado institucionalmente la actuación de la AN, al punto, que a cuatro meses de su instalación, la AN no ha podido tomar prácticamente ninguna decisión relevante que no haya sido anulada o bloqueada por el TSJ.

En ese sentido, el TSJ, en la práctica, ha anulado las tres principales funciones de la AN: tanto la función legislativa, al declarar como inconstitucional, por ejemplo, la reforma a la Ley del Banco Central de Venezuela, así como la función contralora, al restringir el ámbito de la función contralora de la AN únicamente a funcionarios de la Administración Pública Nacional, así como la función política de la AN, al declarar la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional y al interpretar el alcance de una eventual enmienda constitucional al período presidencial.

Para ello, el TSJ no sólo ha tomado decisiones ante casos concretos que se le plantean, sino que ha hecho interpretaciones generales sobre supuestos hipotéticos, para de alguna manera establecer, de antemano, los criterios para el bloqueo institucional de la AN.

La gran pregunta de hoy es cuáles son las implicaciones para el futuro político de Venezuela de estas decisiones del TSJ. Porque el escenario que se intuía se ha verificado: el TSJ ha sido absolutamente claro en sus decisiones, restringiendo el margen de acción de la Asamblea Nacional y protegiendo institucionalmente al Poder Ejecutivo de las actuaciones de la Asamblea Nacional. Y es a la luz de esa realidad constatada que deben analizarse los próximos escenarios políticos para el país.

En los próximos artículos explicaremos cómo se ha producido el bloqueo de cada una de las principales funciones de la AN por parte del TSJ.

@cgarciasoto

Luisana Solano Abr 11, 2016 | Actualizado hace 8 años
La trampa de Escarrá por Carlos Valero

NMaduro-1

 

El abogado Escarrá, el mismo que alguna vez solicitó la renuncia del Comandante eterno, pretendiendo ganar puntos con un Maduro inculto, le propinó al régimen una pérdida política enorme en la batalla por el “relato” que se despliega ante la opinión pública. En un exceso de agradar al Presidente, se le ocurrió proponerle que en Consejo de Ministros aprobase una enmienda constitucional para recortar el periodo de la actual Asamblea Nacional.

La proposición Escarrá, que al momento fue aplaudida por los asistentes al acto y refrendada por el desprevenido Maduro, da la razón a la MUD, al reconocer que mediante una enmienda también se puede recortar el actual periodo del presidente. Escarrá, bajo la mirada eufórica de Maduro, desconoció todo lo dicho por los abogados oficialistas y abrió la puerta para que se realice una enmienda donde el pueblo pueda decidir sobre el recorte del periodo del ejecutivo, el legislativo y la amoral Sala Constitucional del TSJ, que ha pasado de ser bufete de Miraflores a secretaría de asuntos legales del PSUV.

Decía Jorge Luis Borges que las tiranías fomentan la estupidez y en dicho acto la frase del escritor argentino queda como anillo al dedo. La cometida por Maduro, al aplaudir y acatar la propuesta Escarrá, es una de esas estupideces que bien pueden calificarse de soberanas. Se puede hasta llegar a suponer que el abogado le puso un peine a Maduro, quien sabe si acordado con el sector militar del PSUV, Rodríguez Torres o alguno de los agrupamientos que internamente sostienen que Maduro es la desaparición del legado del Comandante y el final de su poder regional. Es poco probable que el señor abogado actuase en forma desprevenida o con ánimo puramente constitucionalista.

El país se acerca a un desenlace. Ya nadie soporta el peso inhumano y criminal de la crisis. Cuando casi el 92% del país, según Datanalisis, siente que está inmerso en problemas de  todo tipo, con niveles de escasez del 82% de acuerdo a los estudios de la citada empresa, el que no ocurra nada deja de ser una opción y resolver la crisis política, es decir poner fin al gobierno de Maduro, se convierte en un dilema existencial, un problema de vida o muerte para los venezolanos que no consiguen alimentos ni medicinas y que tienen que sortear diariamente el desborde de una delincuencia que creció y se fortaleció a la sombra de la política penitenciaria de Varela y desde que comenzó a ser usada con fines políticos partidistas para crear grupos de choque contra la disidencia.

Los venezolanos estamos moralmente obligados a movilizarnos para impulsar la solución política a la crisis. Le tomamos la palabra a Maduro y proponemos tres preguntas en el proyecto de enmienda sobre el recorte del periodo. La referida al ejecutivo, a la Asamblea Nacional y al TSJ. Desde la alternativa democrática estamos convencidos que debe ser la gente, mediante el voto, la que decida qué hacer con el futuro de las instituciones.

Mientras tanto, tenemos que seguir activando el referéndum revocatorio. Agregar calor de pueblo y presión masiva sobre el CNE para que no siga boicoteando la voluntad de cambio del pueblo venezolano. El futuro de un país no puede ser cercenado por 4 rectoras vestidas de rojo.

Maduro tiene donde escoger, si es verdad que respeta la democracia participativa: ir al revocatorio o ir a la enmienda. Lo que no se le puede permitir es que pretenda anular de hecho lo que establece la Constitución Nacional y seguir profundizando esta crisis que cada día socava las bases sociales e institucionales del país.

 

@carlosvalero08