tratados internacionales archivos - Runrun

tratados internacionales

Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia: Sentencias de presos políticos militares viola tratados internacionales
En el caso que involucra a un grupo de militares en la supuesta “Operación Armagedón” tanto el grupo de trabajo de la ONU y como el Alto Comisionado para los Derechos Humanos en su visita a Venezuela, señalaron que se trata de una detención arbitraria

 

Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia

 

Ana Leonor Acosta y Kelvi Zambrano, abogados de la Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia y defensores del Capitán de Corbeta Carlos Macsotay, indicaron en el marco de los conversatorios titulados “Conversando sobre ddhh”, que la sala constitucional negó la solicitud de amparo a favor del militar, violando nuevamente tratados internacionales que tiene rango constitucional.

El próximo 17 de mayo, el capitán de Corbeta Carlos Macsotay cumplirá cinco años privado de libertad y sin sentencia, al igual que otros militares de la Fuerza Armada Nacional, señalados de formar parte de la llamada “Operación Armagedón”, supuesta acción militar que pretendía impedir la reelección de Nicolás Maduro en mayo de 2018.

«Carlos Macsotay fue detenido hace cinco años junto a otros militares sin orden de un tribunal, llevados a un juicio sin pruebas y además han sido víctimas de tortura, desaparición forzada y aunque la defensa en juicio ha sido impecable, hasta el momento no se ha obtenido justicia”, dijo la abogada Ana Leonor Acosta.

Acosta recordó que en este caso, que involucra a un grupo de militares en la supuesta “Operación Armagedón” tanto el grupo de trabajo de la ONU y como el Alto Comisionado para los Derechos Humanos en su visita a Venezuela, señalaron que se trata de una detención arbitraria.

Detenciones arbitrarias sin límites

Acosta señaló que el caso del capitán de corbeta es una detención arbitraria y ratificó que estas detenciones deben tener un límite y el capitán de corbeta ya tiene cinco años sin debido proceso ni acceso a la justicia, «además, se ha demostrado que no hay elementos para enjuiciarlo, que les  violan sus derechos humanos y la posibilidad de un juicio justo e imparcial”, acotó

La abogada señaló que los privados tienen secuelas de las torturas que sufrieron cuando estuvieron desaparecidos, necesitan atención médica y oportuna y esto también se les ha negado.

Por su parte, el abogado Kelvi Zambrano señaló que la solicitud de amparo hecha por la Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia se hizo al margen del proceso judicial que siguen los tribunales penales militares.

“En esta acción de amparo estamos solicitando a la sala constitucional que se pronuncie en relación al caso, ya que el Capitán de Corbeta es víctima de una detención arbitraria y esto lo hemos fundado en base a dos criterios”, informó el especialista en derecho penal.

Zambrano reiteró que el grupo de trabajo consideró que el Capitán Macsotay había sido privado de libertad de manera arbitraria y que el tribunal ante el cual estaba siendo juzgado no gozaba de autonomía e independencia.

Situación complicada para los presos políticos

Los abogados de esta ONG alertaron que la situación de los presos militares civiles y militares cada vez es más delicada y que la salud de esto está en franco deterioro.

Denuncian que han sido torturados y que el Estado hace caso omiso a las opiniones de los órganos internacionales y principios internacionales sobre los derechos humanos.

El amparo fue presentado en marzo del año pasado a favor de Macsotay y de los teniente Antonio Escola y Gustavo Carrero. Hasta el momento solo se han pronunciado sobre el caso del Capitán de Corbeta.

Denuncian que Trinidad y Tobago violó tratados internacionales al disparar contra peñero de migrantes venezolanos
Juan Guaidó, reconocido por más de 50 países como presidente interino de Venezuela, denunció que los disparos de la Guardia Costera de Trinidad y Tobago no tienen justificación

La Guardia Costera de Trinidad y Tobago «violó tratados internacionales» al disparar contra un peñero de migrantes venezolanos, asesinando a un bebé de un año.

Así lo denunció en Twitter María Teresa Belandria, embajadora del gobierno interino ante Brasil e internacionalista. «No hay justificación alguna para disparar a una embarcación con civiles desarmados, donde además había menores de edad», sentenció.

«La acción de Trinidad y Tobago, es violación de DDHH, de tratados internacionales y un crimen que arrebató la vida de un bebé. No olvidaremos, habrá justicia», añadió Belandria en su denuncia.

Por su parte, Tamara Taraciuk, directora en funciones para para las Américas en Human Rights Watch, pidió investigar el hecho.

«Debe investigarse este trágico desenlace que demuestra la precariedad que enfrentan quienes huyen por necesidad«, escribió Taraciuk en su cuenta de Twitter.

A su vez, Carolina Jiménez Sandoval, presidenta de la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), también consideró fundamental investigar las responsabilidades de lo ocurrido.

«No solo quién realizó disparos, sino el sistema que permite que el control de fronteras marítimas se haga a través del uso letal de la fuerza (…) Los refugiados de Venezuela necesitan protección, no balas», expresó.

Agustín Antonetti, integrante de la Fundación Libertad, expresó que la Guardia Costera de Trinidad y Tobago disparó «contra un grupo de humildes balseros venezolanos que huían de la brutal dictadura de Maduro».

«Un bebé de apenas un año de edad recibió un disparo y murió en manos de su madre. ¿Hasta cuándo Maduro? ¿Cuántos más tienen que morir?», fustigó Antonetti.

Asimismo, el politólogo Carlón Milán también consideró que Trinidad y Tobago violó tratados internacionales por atacar esta embarcación y asesinar a un bebé.

«La comunidad internacional debe rechazar contundentemente estos crímenes», señaló Milán, quien además también dijo que hay que responsabilizar «al chavismo – madurismo que ha obligado a millones de venezolanos a emigrar, separando familias y dejando vidas a su paso».

El abogado Alejandro Rodríguez Morales, experto en Derecho Penal Internacional, explicó en una serie de trinos en Twitter que, jurídicamente, no puede dispararse a un bote, por ilegal que sea.

·»No existía amenaza alguna contra la vida de los funcionarios actuantes por lo que es absolutamente incorrecto y falso que hayan disparado en legítima defensa. Tener en cuenta que la supuesta posibilidad de ser ‘embestidos’ por el peñero en que viajaban las víctimas no es una amenaza a la vida, pues marítimamente podían hacerse maniobras para evitar la colisión sin necesidad de disparar. Para que se entienda mejor, en otro ejemplo, se puede mencionar que en un punto de control vehicular tampoco está permitido a los funcionarios disparar contra un vehículo que venga a alta velocidad contra el punto de control, siendo deber de los funcionarios evitar el uso del arma de fuego al poder darse la captura mediante otros medios y en lugar distinto al del punto de control pasado por alto. En consecuencia, no se produjo en el caso analizado situación justificante alguna, no habiendo estado permitido de ninguna forma disparar al bote que, se reitera, no representaba peligro alguno para la vida», detalló.

Añadió que, al tratarse de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (FEHCL), están sometidos a las regulaciones internacionales sobre el uso de la fuerza que, precisamente, prohíben emplear armas de fuego en situaciones en las que no sea estrictamente necesario para salvaguardar la vida.

«Así lo establecen los ‘Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los FEHC’, adoptados por Naciones Unidas en 1990, así como el ‘Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley’, (CC), aprobado por la ONU en 1979: «en definitiva, lo ocurrido es un delito de homicidio y un uso arbitrario y excesivo de la fuerza por parte de los funcionarios de la guardia costera de Trinidad y Tobago, quienes deben ser penalmente procesados por ello», acotó.

También, Juan Guaidó, reconocido por más de 50 países como presidente interino de Venezuela, denunció que los disparos de la Guardia Costera de Trinidad y Tobago no tienen justificación. 

«Lo mataron. Desde el gobierno legítimo de Venezuela pedimos justicia», agregó.

Por último, David Smolansky, comisionado de la Secretaría General de la OEA para la crisis de migrantes y refugiados venezolanos, se refirió al comunicado que emitió la Guardia Costera de Trinidad y Tobago.

«Se utilizaron todos los métodos disponibles, incluido el uso del megáfono, la bocina del barco, el reflector y las bengalas, para tratar de detener la embarcación sospechosa. Sin embargo, la embarcación continuó intentando evadir», dice parte del texto.

Ante eso, Smolanskt expresó: «El comunicado de la Guardia Costera de Trinidad y Tobago reconoce que dispararon al peñero de migrantes venezolanos donde murió el bebé y su madre quedó herida. Es una tragedia».

En ese sentido, pidió iniciar una investigación «para que haya justicia».

*También puede leer: Guardia costera trinitaria admitió haber matado a niño migrante venezolano

Juan Manuel Raffalli: “Venezuela vulnera tratados internacionales que protegen el derecho a la salud”

Salud_

 

En opinión del abogado constitucionalista, Juan Manuel Raffalli, el Estado venezolano no cumple con sus finalidades esenciales al no garantizar el derecho a la salud, consagrado no sólo en la Constitución Bolivariana de Venezuela, sino también en los acuerdos y tratados internacionales suscritos sobre esta materia.

La falta de medicinas de uso común y las fallas en los tratamientos de alto costo asociados a enfermedades como el cáncer, hipertensión arterial, diabetes, personas que requieren diálisis por problemas renales, factores de coagulación para hemofílicos y antirretrovirales para pacientes con VIH, entre otros, sigue latente.

Debido a esta situación, en el país se viene discutiendo la apertura de un canal humanitario que permita a instituciones internacionales, organizaciones no gubernamentales y gobiernos extranjeros enviar  medicinas y otros insumos médicos para afrontar la crisis, pero el Gobierno nacional ha cerrado las posibilidades de que eso ocurra, indicó Raffalli.

-¿Qué obligaciones adquiere un país cuando suscribe estos instrumentos?

-Un país que suscribe y ratifica un Tratado Internacional adquiere todas las obligaciones derivadas de él, es decir, todo lo que esté establecido en el mismo debe ser cumplido y garantizado por el país que forme parte del convenio, salvo que se haya hecho alguna reserva expresa lo que no ocurre en materia de salud por ser un derecho fundamental.

-¿Cuál es el papel de la OMS y la OPS?

La Organización Mundial de la Salud (OMS) elabora las directrices y recomendaciones sanitarias; y ayuda a los países a abordar los problemas de salud pública. En el ámbito de los tratados internacionales puede “proponer convenciones, acuerdos y reglamentos, y hacer recomendaciones referentes a asuntos de salubridad internacional, así como desempeñar las funciones que en ellos se asignen a la Organización y que estén de acuerdo con su finalidad. La Organización Panamericana de la Salud (OPS) es el organismo especializado en salud que actúa como Oficina Regional para las Américas de la OMS.

-La salud es un Derecho Humano consagrado en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y en 19 de las 35 Constituciones de los Estados Miembros de la OPS. ¿Cómo se activan estos acuerdos cuando es el Estado el que no los cumple?

Antes de que la República se retirara de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las violaciones a la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre podían ser denunciadas por los ciudadanos ante la Comisión Interamericana  de Derechos Humanos. Este órgano podía emitir un informe que incluyera alguna de las siguientes recomendaciones al Estado: suspensión de los actos violatorios de los derechos humanos; investigación y sanción a las personas que resulten responsables; reparación de los daños ocasionados; introducción de cambios al ordenamiento legal; y/o requerimiento de la adopción de otras medidas o acciones estadales. También era posible intentar llegar a una solución amistosa del asunto con el Estado.

De considerarlo procedente, la Comisión podía incluso plantear un reclamo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Para hacerlo era necesario agotar las vías internas. Hoy día lo anterior no es factible y por ello la decisión del Gobierno del retirarse del Sistema Interamericano afecta a todos los ciudadanos y es inconstitucional. Actualmente la vía disponible es acudir ante los tribunales venezolanos a fin de reclamar la reparación de los derechos a través de alguna de las acciones que establece el ordenamiento jurídico. En el plano extrajudicial, pueden ser presentadas denuncias ante los órganos directivos de cada organismo internacional encargado de velar por el derecho a la salud.

-Tenemos conocimiento de que los laboratorios tienen varios años haciendo esfuerzos para facilitar medicamentos a Venezuela a través del Estado, pero no ha habido respuesta y la crisis se ha profundizado.

-En efecto, los laboratorios, a través de sus organismos institucionales, han hecho sus esfuerzos para solucionar el problema de la carencia de medicinas que pone en riesgo la vida de muchos venezolanos, pero no ha habido respuestas efectivas ni asignación de divisas por parte del Gobierno, por lo que todos los planteamientos han quedado sobre la mesa.

– En vista de esta situación, ¿es lógico pensar en acudir al Derecho Internacional Humanitario para proteger y/o aminorar la crisis de salud que viven los venezolanos?

-En principio, la ayuda internacional humanitaria es una figura circunscrita al caso de los conflictos armados dentro de los países, según lo revelan los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales. Además, lo confirman las instituciones creadas a tal efecto, como el Comité Internacional de la Cruz Roja. Estos convenios tienen normas destinadas a proteger a las personas que no participan en las hostilidades o que ya no pueden seguir participando por estar heridas, enfermas, ser prisioneros de guerra, etc., por lo que esta figura, en principio y bajo las condiciones actuales no tendría aplicabilidad en el caso específico de Venezuela.

El 28 de diciembre de 2015, la Asamblea Nacional aprobó la creación de la Comisión Nacional de Derecho Internacional Humanitario, sin embargo, no hay evidencia de que ésta haya sido creada o que esté funcionando actualmente en el país. Sin perjuicio de lo anterior, en el Parlamento del Mercosur se aprobó la apertura de un canal humanitario para Venezuela, para contribuir con el abastecimiento de medicinas y alimentos, pero el Estado venezolano siempre se negó a recibir esa ayuda.