Corte Interamericana de DDHH evaluará el caso de una mala praxis médica sin garantías judiciales en Venezuela - Runrun
Corte Interamericana de DDHH evaluará el caso de una mala praxis médica sin garantías judiciales en Venezuela
La demanda remite a la falta de investigación y protección de la víctima ante una mala praxis médica realizada en el año 1998
La Corte también evaluará en el mes de marzo el caso de Beatriz contra el El Salvador por los derechos a la interrupción del embarazo

La Corte Interamericana de Derechos Humanos anunció que iniciará el 21 de marzo mes el proceso de juicio y audiencias sobre el caso de Balbina Rodríguez Pacheco contra el Estado venezolano, relacionado a una mala praxis en un hospital privado del país

El ente intergubernamental reiteró que los representantes legales de Balbina Rodríguez Pacheco, médica cirujana venezolana de 31 años de edad, acusa al Estado por la violación de los derechos a las garantías y protección judiciales, a la integridad personal y a la salud a raíz de que la mujer fuera sometida a una cesárea. También se alude a la violación a la Convención de Belém do Pará sobre la erradicación de la violencia contra las mujeres en América.

Antecedentes del caso ante la CIDH

El médico que atendió a Rodríguez en 1998 advirtió la presencia de un embarazo de alto riesgo debido a cesáreas anteriores y encontró, mediante una ecografía, que tenía placenta previa.

En virtud de ello se decidió, con el acuerdo de la víctima, realizar una cesárea electiva el 13 de agosto de de ese año. Durante la cesárea Balbina tuvo una hemorragia causada por un problema con la placenta.

Según el testimonio de la demandante, ella solicitó al cirujano que le practicara una histerectomía, pero éste se negó por considerar que el sangrado aparentemente había cedido.

Cuatro horas después, Rodríguez presentó signos de sangramiento genital severo con descenso de la hemoglobina, por lo cual se procedió a realizar una histerectomía sub total.

Su condición empeoró y tuvo que ser sometida a tres operaciones más que le generaron secuelas graves, según señala el reporte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo que presentó su caso ante la Corte Interamericana en 2021.

Fallas al debido proceso

El 18 de enero de 1999 Balbina Rodríguez Pacheco presentó una denuncia penal ante la delegación del estado Lara del Cuerpo Técnico de Policía Judicial por mala praxis médica, luego de varias intervenciones quirúrgicas que le dejaron secuelas que afectaron su salud general y reproductiva.

Sin embargo, su causa fue finalmente sobreseída (o suspendida) por prescripción mediante sentencia del 20 de marzo de 2012 del Juzgado Vigésimo Segundo del Área Metropolitana de Caracas. Otras denuncias presentadas por la víctima no fueron resueltas por las respectivas autoridades.

La CIDH concluyó que la ausencia de investigación de una denuncia de mala praxis médica que generó perjuicios graves y determinantes en el disfrute del derecho a la salud de Balbina implica no sólo una violación a las garantías procesales y protección judicial, sino también una violación a los derechos a la integridad personal y a la salud.

Ecuador y El Salvador ante la Corte

La Corte Interamericana de Derechos Humanos evaluará el 20 de marzo el caso del militar Julio Viteri Ungaretti contra Ecuador, el cual se refiere a las presuntas represalias donde el demandado fue víctima después de denunciar actos de corrupción dentro de las Fuerzas Armadas.

La demanda acusa a Ecuador de violación al derecho a la libertad de expresión, al de protección judicial y al de la libertad personal, así como al derecho de circulación y residencia, y el derecho a la integridad psíquica y moral.

Del mismo modo, el ente intergubernamental atenderá este mes el caso de «Beatriz contra El Salvador», que refiere a las violaciones de los derechos reproductivos y al derecho humano para la salud de una joven de 22 años quién murió por las complicaciones de su embarazo y la prohibición del país ante el aborto. 

Según la demanda interpuesta contra el Estado, Beatriz había sido diagnosticada con Lupus eritematoso sistémico, nefropatía lúpica y artritis reumatoidea. Un informe médico de 2013 consideró de alto riesgo el embarazo con alta probabilidad de muerte  para la madre. También se diagnosticó que el feto era anencefálico, incompatible con la vida extrauterina.

Ante la prohibición de aborto terapéutico en la legislación de El Salvador, la defensa legal de Beatriz presentó una demanda de amparo solicitando la interrupción del embarazo a efectos de salvar la vida de la mujer.

La Sala Constitucional admitió la demanda de amparo y dictó una medida cautelar, pero el 28 de mayo de 2013 declaró «no ha lugar» la demanda, ya que consideró que no hubo una conducta omisiva por parte de las autoridades demandadas que hubiera producido un grave peligro a los derechos a la vida y a la salud de Beatriz.

El 3 de junio de 2013 Beatriz comenzó con trabajo de parto, fue sometida a una cesárea y el feto anencefálico falleció cinco horas después, detalla la demanda.

Según la demanda interpuesta contra el Estado salvadoreño, «presuntamente impidió que Beatriz tuviera la posibilidad de acceder a una interrupción legal, temprana y oportuna al tratarse de una situación de alegado riesgo a la vida, salud e integridad personal; así como de inviabilidad del feto con la vida extrauterina», explicó la Corte.

Con información de EFE y El Pitazo