“Es un maquillaje”: Control Ciudadano denuncia reforma “exprés” al Código Orgánico de Justicia Militar - Runrun
“Es un maquillaje”: Control Ciudadano denuncia reforma “exprés” al Código Orgánico de Justicia Militar
San Miguel considera que la reforma «ha dejado muchos problemas pendientes en materia de justicia militar en Venezuela».

La presidenta de Control Ciudadano, Rocío San Miguel, aseguró que la reforma al Código Orgánico de Justicia Militar es un «maquillaje» que no aborda problemas de fondo del texto legal.

En un audio que difundió Control Ciudadano, San Miguel explicó que dicha reforma fue hecha por la Asamblea Nacional oficialista «de espaldas a la sociedad y las organizaciones no gubernamentales especializadas».

Asimismo, señaló que la misma dio como resultado un contenido «pobre» e «inútil», con el cual el régimen «pretende lavarse la cara ante la vigilancia internacional por violaciones a derechos humanos que ha venido cometiendo, en el marco de la aplicación de la justicia militar».

 

«Nos dicen que desde ahora los civiles no serán juzgados por tribunales militares, cuando eso ya estaba garantizado en la Constitución de 1999”, señaló San Miguel

Por el contrario, según San Miguel, la reforma «no incorpora la prohibición expresa para la justicia militar de investigar y juzgar violaciones a los derechos humanos cometidas por militares, las cuales deben ser investigadas y juzgadas por la jurisdicción penal ordinaria».

«Lamentablemente, las violaciones a derechos humanos cometidas por efectivos de la Fuerza Armada Nacional, continuarán siendo juzgadas por tribunales militares, sin la calificación correspondiente, como ha venido ocurriendo”, sumó.

 

Por otra parte, al tratarse de una reforma de 6 artículos, San Miguel considera que las modificaciones «han dejado muchos problemas pendientes en materia de justicia militar en Venezuela».

«La reforma debió abordarse como una reforma integral y en conjunto con el Código Penal. Con debates públicos sobre temas importantes para el país”, sentenció.

También, en materia de derecho internacional humanitario, «queda pendiente dejar de comprender los crímenes de guerra como delitos de función militar», agregó San Miguel.

«Los legisladores parecen desconocer que los civiles también pueden cometer crímenes de guerra, los cuales también deben ser conocidos por tribunales ordinarios para el caso de civiles. Eso solo puede resolverse con una reforma integral al Código Penal y al Código Orgánico de Justicia Militar”, sumó San Miguel.

Reformas sin consulta pública

A través de una nota de prensa, la ONG Transparencia Venezuela consideró que las modificaciones se aprobaron por mayoría chavista y la «oposición» disidente.

Sin embargo, para realizar los cambios en tiempo récord, según la ONG, los diputados se saltaron lo dispuesto en el  artículo 211 de la Constitución, que ordena al Parlamento lo siguiente:

«Durante el procedimiento de discusión y aprobación de los proyectos de leyes, consulte a los otros órganos del Estado, a los ciudadanos y a la sociedad organizada para oír su opinión sobre los mismos”.

 

Asimismo, Transparencia Venezuela afirma que se ignoró el Reglamento Interior y de Debates, que en su artículo 101 ordena a los diputados organizar consultas públicas con relación a los textos legales que están estudiando.

El mismo artículo indica que las consultas “serán de carácter público y previa difusión del material pertinente, con plena identificación de quienes participen en ellas, sistematizando todas las propuestas que se presenten”.

Lo que la AN oficialista se negó a derogar

A pesar de realizar esta reforma, la AN chavista dejó intacto el artículo 565, que establece de 1 a 3 años de prisión para funcionarios que cometan «actos sexuales contra natura», usado para perseguir a militares LGBTIQ+.

Con respecto a este punto, la ONG Venezuela Igualitaria denuncia que la AN «rinde homenaje al odio que han vivido y siguen viviendo cientos de militares sometidos a juicios por su orientación sexual homosexual, expuestos al escarnio público, violando la propia norma constitucional».