Acceso a la Justicia: Caso de Emilio Lovera devela aplicación sistemática de la política del enemigo interno - Runrun
Acceso a la Justicia: Caso de Emilio Lovera devela aplicación sistemática de la política del enemigo interno

SI HAY UN ESPACIO DE IDEAS en el que la persecución política en Venezuela se ha ensañado ha sido, sin duda, el del humor. Por ello, actualmente ninguno de los grandes humoristas se presenta en señal abierta y en muchas ocasiones tienen que recurrir a las redes, o incluso, si el Gobierno se los permite, a las actuaciones en espacios públicos o privados para tener contacto con su público. El caso reciente de Emilio Lovera, a quien el Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) le impidió presentar su espectáculo por supuestamente no haber declarado sus impuestos, es una prueba clara de ello.

El Seniat ratificó su talante persecutorio al no actuar cuando el humorista hizo su declaración de Impuesto sobre la Renta (ISLR), sino cuando anunció su presentación en el municipio El Hatillo en agosto de 2019. Este hecho evidencia que la intención del organismo no es cumplir con su labor recaudadora sino perseguir a Emilio Lovera y limitar la libertad de expresión.

Lo más grave en el caso de Lovera es que, como lo relata una crónica de Willy McKey, no es solo que se utilice al Seniat como herramienta de persecución política, pues esto ya le había ocurrido al humorista, sino además que en esta oportunidad tal aberración se da luego de que el artista pasara por la lucha contra el cáncer en medio de la emergencia humanitaria compleja que vive el país.  La crónica de McKey pone en evidencia que Lovera, quien había declarado el ISLR aunque sin reportar actividad económica alguna debido a su padecimiento, no solo no ha sido derrotado por su padecimiento, sino porque, además, sigue siendo tan temido como siempre.

En esta situación se devela de forma clara que en Venezuela se ha establecido un “derecho para el enemigo”, que se rige por reglas diferentes a las del resto de los ciudadanos. Tal política, cada vez más recurrente, implica que se niegan  los derechos fundamentales del afectado y además se presume su culpabilidad, pese a la inexistencia de pruebas que demuestren su responsabilidad, además se aplican sanciones que son desproporcionadas respecto al delito que se le imputa.

Acceso a la Justicia destaca que esta política de Estado de persecución contra quien piense distinto u opine de alguna manera sobre temas políticos, o de manera crítica contra el régimen político imperante, crea un estado general de sospecha sobre todo ciudadano. Aquí la percepción por parte del funcionario, imaginaria o real, hace que el ciudadano pase a ser un posible enemigo con las consecuencias que esto representa.

En este sentido, si el funcionario percibe que la intención del ciudadano es contraria al Gobierno, aunque no necesariamente lo sea, el primero se siente habilitado para desconocer los derechos del segundo en defensa de las ideas oficialistas, que están por encima de lo que diga la Constitución o cualquier otra disposición. Esto se demostró con la instauración de la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente (ANC), que puede dictar incluso “leyes constitucionales” contrarias a la Carta Magna y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos, reconocidos por esta como de rango constitucional o superior cuando sean más favorables que la propia Constitución.      

La utilización del término “enemigo” se ha normalizado a tal punto en el discurso oficial, así como su empleo a todo tipo de personas y situaciones, que ya forma parte del habla cotidiana. Sin embargo esta realidad no debe hacer olvidar que el término “enemigo” no es propio de una sociedad en tiempos de paz y sobre todo que no puede confundirse con la oposición política o la protesta social, ni mucho menos utilizarse como justificación para la violación de los derechos humanos.