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Acceso a la Justicia

Acceso a La Justicia: Fallas en actualización del RE buscan desalentar la participación

Las fallas en la actualización del Registro Electoral buscan desalentar la participación de los venezolanos para las elecciones presidenciales previstas para el mes de julio. Así lo afirmó la ONG Acceso a la Justicia.

A través de su página web, la ONG señaló las cuatro irregularidades en el proceso de inscripción y actualización de datos que afectan la participación y violan los derechos de los venezolanos a ejercer su derecho al sufragio. 

Acceso a la Justicia indicó que la «desinformación y la improvisación» han reinado en cuanto a la ubicación de los puntos para el registro. Sobre esto, la organización Voto Joven denunció que al menos 21 centros de registros han sido trasladados en los últimos días a otras zonas, sin notificación previa.

Según la ONG, los 315 puntos que el árbitro electoral ha instalado para este proceso contrastan con los 531 que activó para las cuestionadas presidenciales de 2018, o los 1.558 que funcionaron para las parlamentarias de 2015.

Asimismo, el plazo de poco más de un mes dado para recibir nuevas inscripciones o realizar cambios de centros de votación es insuficiente para permitir el registro de las más de 3 millones de personas que han cumplido o están por cumplir los 18 años. Para las parlamentarias de 2015 el plazo fue de poco más de cinco meses.

La crisis de servicios públicos que atraviesa Venezuela también atenta contra el derecho de los ciudadanos a elegir y a participar en los asuntos públicos. En varias ciudades del estado Táchira se han registrado continuas fallas eléctricas y de internet que impiden realizar el trámit

Venezolanos en otros países no se salvaron

Para los venezolanos que se encuentran radicados en el exterior, la situación no ha sido distinta. Hasta el 19 de marzo unas 20 embajadas y consulados en distintos países de América Latina y Europa no contaban con los equipos necesarios para poder realizar las inscripciones de nuevos electores o actualizaciones.

Sin embargo, el obstáculo mayor para la diáspora venezolana se encuentra en la Ley Orgánica de Procesos Electoral (Lopre), que en su artículo 124 exige que los venezolanos que están en el extranjero demuestren que «poseen residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia fuera de Venezuela».

Acceso a la Justicia señaló que anteriormente el único requisito era la cédula de identidad laminada sin importar que estuviera vencida. Ahora, el derecho a votar de los venezolanos queda en manos de autoridades extranjeras. 

Acceso a La Justicia: Confesiones en video no cumplen con preceptos legales ni constitucionales

A través de la red social X (Twitter), la ONG venezolana Acceso a La Justicia explicó este 21 de marzo que «la confesión en el ámbito penal no está reconocida como concepto jurídico procesal».

El comentario vino a propósito de lo informado por el Ministerio Público (MP), que afirma haber obtenido «confesiones» para sustentar la detención arbitraria de Henry Alviarez, Dignora Hernández y otros cinco miembros del partido político Vente Venezuela. 

«Incluso, en el texto del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) la palabra confesión no es usada ni una sola vez», advierte la ONG. «Dados los abusos que sobre declaraciones realizadas por investigados se han hecho a lo largo de la historia del país, en el COPP se eliminó esta figura y se sustituyó por otra, la admisión de los hechos, con una serie de requisitos para ser admisible». 

No es una declaración

Acceso a la Justicia reiteró que lo más cercano a una «confesión» que dice tener el MP es la figura de la «declaración del imputado» —en el artículo 132 del COPP—, y ese concepto no se acerca al contexto de «detención arbitraria, desaparición forzada y aislamiento» del proceso penal venezolano. 

La declaración del imputado aparece en el MP «cuando acuda voluntariamente o cuando sea citado por dicho organismo, previa notificación al Juez de Control, para la designación y juramentación del defensor de su confianza», dice la ONG.

En contraste, el diputado chavista Diosdado Cabello informó que la confesión para detener a Alviarez y Hernández este 20 de marzo surgió bajo la custodia del Estado de un supuesto miembro de Vente Venezuela que está detenido. 

«Si el imputado ha sido aprehendido deberá notificarse al juez de Control para que declare ante dicha autoridad, no pudiendo ser válida ninguna declaración ante el MP u organismo policial», explicó la ONG: 

Ni tampoco es una admisión

Mientras tanto, el concepto de «admisión de los hechos» está previsto en el artículo 371 del COPP, y solo es válido en audiencia preliminar o en la fase inicial del juicio. «Es decir, solo frente a un juez y siempre en presencia de su abogado, de lo contrario cualquier declaración que haya hecho previamente no tiene valor jurídico alguno» explica Acceso a la Justicia.

La ONG concluye que estos «videos confesionales» que el Ministerio Público ha sacado en los últimos meses no tienen ningún valor jurídico en el sistema venezolano. «Y aunque lo fueren, el juez que conozca de la causa, no debería darles ningún valor probatorio, pues se hacen en violación del debido proceso y el derecho a la defensa», agregó.

Acceso a La Justicia: “Padrinos y madrinas” de Maduro buscan fortalecer control del gobierno central en los estados

Las figuras políticas de «Padrinos y madrinas» implementados por Nicolás Maduro «buscan fortalecer el control del gobierno central en los estados». Así lo explicó la ONG Acceso a la Justicia en una nota publicada en su página web. 

Casi tres años después de su promesa de eliminar los protectorados, Nicolás Maduro ha dado marcha atrás y ha vuelto a imponerles a los gobernadores unas autoridades paralelas, para que «las cosas lleguen a donde no llegan y para que les lleguen a todos».

El establecimiento de estas figuras para los 23 estados del país y su capital fue anunciado por el jefe del Gobierno el pasado 15 de febrero, durante un acto en el que informó la conformación de un comando presidencial especial que se encargará de combatir el «burocratismo criminal».

A diferencia de los desaparecidos protectores, Acceso a la Justicia aclaró que los padrinos y madrinas no son candidatos oficialistas que fueron derrotados en alguna elección, o exfuncionarios que tenían tiempo desaparecidos de la primera línea de la política, sino que se trata de miembros del actual Gabinete Ejecutivo.

¿Quiénes protegen qué?

La ONG detalló quiénes son los “Padrinos y madrinas” y qué entidades van a «proteger».

Caracas será responsabilidad del ministro de Juventud y Deportes, Mervin Maldonado; mientras que para Amazonas se designó al titular de Ecosocialismo, Josué Lorca; a Anzoátegui el ministro de Petróleo, Pedro Tellechea; a Apure el responsable de Vivienda, Ildemaro Villarroel; a Aragua la ministra de Educación, Yelitze Santaella; y a Barinas el ministro de la Defensa, general en jefe Vladimir Padrino López.

Por su parte, la madrina de Bolívar será la actual vicepresidenta ejecutiva, Delcy Rodríguez, quien también ocupa el despacho de Finanzas y debe velar además por el proceso de recuperación del Metro de Caracas.

A la ministra de la Mujer, Dheliz Álvarez, Maduro le encomendó a Carabobo; Cojedes a Sandra Oblitas, ministra de Educación Universitaria; Delta Amacuro le corresponde a la ministra de Pueblos Indígenas, Clara Vidal; y Falcón al ministro de Acuicultura, Juan Carlos Loyo.

El ministro de Planificación, Ricardo Menéndez, deberá velar por Guárico, mientras que el canciller Yván Gil lo hará por La Guaira. Por su parte, el titular de la cartera de Cultura, Ernesto Villegas, se encargará de Lara; Mérida será responsabilidad de Wilmar Castro Soteldo, ministro de Tierras; y Miranda dependerá de la ministra de Ciencia, Gabriela Jiménez.

El titular de Alimentación, Carlos Leal Tellería, tendrá que supervisar a Monagas; mientras que el responsable de Turismo, Alí Padrón, se encargará de Nueva Esparta. Al ministro de Obras Públicas, Raúl Paredes, le fue asignado Portuguesa; y al titular de la cartera de Interior, general en jefe (r) Remigio Ceballos, el estado Sucre.

Táchira es responsabilidad del ministro de Aguas, Rodolfo Marco Torres; y Trujillo de la titular de Salud, Magaly Gutiérrez. Por su parte, el jefe de la cartera de Industria, José Félix Rivas, se encargará de Yaracuy; y el de Energía Eléctrica, general en jefe (r) Néstor Reverol Torres, del Zulia. Asimismo, resalta el hecho de que nueve de los designados son militares activos o retirados.

Fuera de la Constitución 

Acceso a la Justicia indicó que la nueva figura de “padrinos y madrinas” no está prevista en la Constitución ni en ninguna ley, así como tampoco la de los anteriores protectores.

Explicó que ambos suponen una «violación al tipo de Estado federal previsto en el artículo 4 del texto fundamental», pues las entidades deben ser autónomas en lo político, por lo que sus máximas autoridades deben ser electas popularmente y no nombradas desde el poder central.

«Los padrinos y madrinas son en realidad figuras de tinte partidista con fines electorales, pues lo que se busca con su designación es avivar el voto oficialista en cada una de las entidades federales para las próximas presidenciales», enfatizó la ONG.

Cada padrino o madrina designado por el primer mandatario tiene el encargo de aplicar el plan 1 x 10, una maniobra política ideada por el Gobierno nacional en la que una persona se debe encargar de buscar a 10 personas más, y así sucesivamente, a fin de que el mayor número de personas voten en el día de las elecciones a favor de los candidatos oficialistas.

Con Ipostel los impuestos en Venezuela se pedirán para llevar

El Poder Ejecutivo venezolano, junto al Ministerio de Ciencia y Tecnología y al Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (Ipostel), publicaron este 26 de febrero una nueva providencia administrativa para regular los servicios de entregas a domicilio (delivery) para todos los comercios, plataformas digitales y cuentas de redes sociales. 

De acuerdo con la Gaceta Oficial número 42.813, con fecha del pasado 5 de febrero, el gobierno de Nicolás Maduro creó un impuesto del 1 % sobre todas las encomiendas que se concreten mediante aplicaciones digitales. Todos los comercios y las personas que trabajan en el servicio deben registrarse en un registro obligatorio manejado por Ipostel. 

Las empresas «deben reflejar a los usuarios, en la factura electrónica o física, el cobro del importe del Franqueo Postal Obligatorio, correspondiente al uno por ciento (1 %), el cual será retenido y enterado por el operador postal privado a favor de Ipostel», dice el documento.

En Runrun.es reunimos en estas claves los detalles que se conocen sobre la nueva regulación económica hasta el 27 de febrero. 

Manejar con un código de Ipostel

La Gaceta explica que todos los comercios o plataformas que utilicen el servicio, incluso las «empresas con ventas masivas de productos, que realizan ventas directas en línea y exigen a sus usuarios la suscripción de un casillero virtual», deben solicitar una «Concesión de Habilitación Postal» para tener un código digital certificado por Ipostel

Sin embargo, hasta ahora, ninguna autoridad gubernamental ni ministerial ha informado los pasos para solicitar dicho código postal virtual. 

Eso sí, el Instituto será el responsable de tarifar el servicio de entregas a domicilio, el mantenimiento del permiso para hacer el servicio y un sistema de sanciones —que aún no se ha establecido—, así como las multas a los operadores que reincidan en el incumplimiento de los lineamientos desde la fecha de publicación de la gaceta.

El apartado postal que debería abrir cualquier comercio podrá tener hasta tres titulares, según el documento administrativo. 

«Esto incluye las entregas que se acuerden por medios digitales o WhatsApp, pues tendrán que cumplir con la normativa y tener una concesión postal para ofrecer el servicio», aclaró en entrevista concedida al Circuito Onda Cecilia Rivero, presidenta de la empresa Mensajero Express, este 26 de febrero. 

«Incluso los motorizados deberán tener una placa otorgada por Ipostel para hacer el servicio legalmente», agregó. 

¿Cómo impactará a los usuarios y las empresas?

Richard Ujueta, presidente de la Cámara Venezolana de Comercio Electrónico (Cavecom-e), explicó que el impuesto del 1 % solo se cobrará a aquellos comercios que pidan un casillero virtual. No a aquellos usuarios que pidan servicio de comida o similares.

«Realmente, lo que va a agrupar (esos casilleros virtuales) es la dirección y los datos personales de cada persona que quiera tener un servicio de entrega anónimo», dijo Ujueta en una entrevista a Unión Radio este 27 de febrero. 

También advirtió que esta regulación puede «cortar las alas» de los emprendedores y las micro, pequeñas y medianas empresas

Aunque en la gaceta se refleja que todos los comercios estarían afectados por esta nueva regulación, Cavecom-e advierte que no todos tienen la documentación necesaria para participar

«Y eso nos preocupa (…) sobre todo en el emprendimiento venezolano. Porque el comercio electrónico ha resuelto un gran problema social en los últimos cinco años. Prácticamente, de cada 10 motorizados, 8 están involucrados de alguna manera al delivery», agregó. 

Tanto Ujueta como Rivero expresaron que no hubo una consulta previa al sector económico antes de imponer la regulación. «Parece una decisión apresurada», comentó el presidente de Cavecom-e. 

«Algunas empresas como Pedidos Ya, Ridery y Yummy aglomeran el 80 % o el 90 % del servicio a nivel nacional, pero allí no está ese crecimiento económico. El crecimiento masivo del sector delivery motorizado a restaurantes y tiendas de cualquier tipo», dijo Ujueta. «Ahora, tú le sumas a eso la cantidad de documentación y datos que deben dar y se vuelve algo inviable. (…) Esto va a generar muchísimas trabas». 

Un camino truncado para los DDHH

Para la ONG Acceso a la Justicia estas nuevas concesiones de Ipostel recuerdan mucho a Conatel y sus concesiones al espectro radioeléctrico: la institución gubernamental puede revocar la concesión del servicio, que tiene una duración de un año. 

«Y sin ningún tipo de indemnización», advierte la ONG en la red social X (Twitter) al interpretar el artículo 29 de la gaceta. «El instrumento normativo también prohíbe expresamente realizar cualquiera transferencia, cesión, comodato o venta de la habilitación postal otorgada por Ipostel para prestar el servicio de entrega a domicilio (artículo 14)». 

De igual forma, advirtieron que la medida es inconstitucional, ya que «viola el principio de la reserva legal», además de violar el ejercicio de la libertad económica establecido en el artículo 112 de la Constitución Nacional, un derecho que «le corresponde regular al Poder Legislativo». 

La ONG agregó que con esta providencia también se violaría «el principio de legalidad penal», previsto en el artículo 49 de la Constitución, «cuyo texto indica que ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueren previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes». 

Una ley con entrega atropellada

Rivero destacó que aún quedan muchos detalles por aclarar respecto a esta nueva regulación de Ipostel.

«Uno de ellos es el registro. (…) Al leer la gaceta, suena a que la concesión es la misma para Ipostel y similar a la que tiene MRW Venezuela. Entonces, ¿qué franqueo hace MRW y qué franqueo hace un delivery?», cuestionó. 

Hasta ahora, tampoco se tiene claridad sobre los documentos que deben admitir los motorizados para ser parte de la regulación, y si ahora estarán sujetos a un solo comercio o empresa, denunció Cavecom-e. 

Mientras tanto, Ipostel notificó en sus redes sociales que dentro de los próximos días dará más información sobre una regulación que ya tiene un peso sancionatorio de entrada para los venezolanos

DDHH Olvidados | La GNB se convirtió en cárcel para los hermanos Zambrano Arias
Entre la extorsión, la tortura y la privación de un juicio, los hermanos Zambrano Arias cumplirán dos años como presos políticos en abril del 2024

Con información de Justicia, Encuentro y Perdón

Si le preguntas a la familia Zambrano Arias cuándo perdió su libertad, no te dirán que fue el 26 de abril del 2022, cuando detuvieron arbitrariamente a Juan Nahir Zambrano Arias, ni el 28 de mayo del mismo año, cuando también detuvieron arbitrariamente a Daniel Josué Zambrano Arias, sino el 20 de marzo del 2020, cuando Juan ingresó a la Guardia Nacional Bolivariana (GNB). 

El joven de 20 años quería seguir los pasos de su hermano Daniel, quería ser un militar. Lo logró en plena cuarentena del covid-19 en Venezuela. 

Juan vivía con sus padres en Palmira, una ciudad del estado Táchira, cerca de la frontera con Colombia.

Su mamá, Luz Marina, no compartía las aspiraciones de Juan:  él tiene un diagnóstico de autismo y fue admitido en la GNB sin una evaluación psicológica

Pero el disgusto de Luz Marina se convirtió en angustia cuando los funcionarios de la GNB no le permitían visitar a su hijo en el cuartel. 

Ella expuso una denuncia al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), otro cuerpo de funcionarios del Estado venezolano, pero le negaban la solicitud porque «él ya es mayor de edad», pese a que es una persona neurodivergente —con un diagnóstico de autismo— sin monitoreo dentro de la milicia. 

Las semanas pasaban y Juan les confesaba a sus padres que pasaba hambre. En el GNB no lo alimentaban. No alimentaban a nadie. Por nueve meses estuvo aislado y su padre era el único que le daba comida constantemente. 

En diciembre del 2020 Juan Nahir pudo salir del cuartel, pero ya presentaba un cuadro de desnutrición y se contagió de covid-19 mientras estaba recluido. El récipe médico no impidió que tres funcionarios de la GNB se llevaran a Juan en enero del 2021 para que «cumpliera sus funciones en Caracas». 

Luz Marina protestó, pero los funcionarios le amenazaron: si Juan no iba lo metían preso por ser «desertor» de la milicia. 

Y Juan, con 21 años, viajó hasta Caracas, a 657 kilómetros de su casa.

Ida y vuelta a la fuerza

En la capital los funcionarios de la GNB discriminaban a Juan Nahir debido a su neurodivergencia. Desde la zona conocida como El Volcán, en el municipio El Hatillo, Juan pasó tres meses encerrado como «castigo» por tener un permiso médico y pasó otros cinco meses bajo las burlas de otros cabos de la Guardia. 

Tuvo que regresar a Táchira bajo su propia cuenta en septiembre del 2021. Tres meses después, el Ministerio de Defensa lo expulsó de la milicia. 

La familia Zambrano Arias trató de que Juan estudiara en la universidad una carrera, pero él se contactó con miembros de las Fuerzas Armadas Nacional Bolivariana y le decían que podía volver a la milicia. 

Daniel, su hermano mayor, que se había retirado del mundo castrense en marzo del 2022, le advirtió que solo el ministerio podía reintegrarlo. Pero la extorsión fue más fuerte que la razón. 

Juan Nahir volvió a viajar junto a los funcionarios de la GNB a Caracas el 26 de abril del 2022. Pero está vez no ha podido regresar a su casa: la GNB lo metió en la cárcel de Yare II, en el estado Miranda, bajo la presunción de estar involucrado en una supuesta conspiración contra el gobierno de Nicolás Maduro. 

Impunidad en aumento

Daniel, al enterarse de que su hermano estaba detenido arbitrariamente, intentó contactarse con el comando castrense. Trató de averiguar su paradero desde su antigua posición como sargento mayor de tercera (SM3) de la GNB, pero no logró obtener información. 

Sus padres intentaron comunicarse por teléfono, pero la GNB había bloqueado el número de Juan y no podían comunicarse con él. 

El 28 de mayo de 2022 funcionarios del CICPC invadieron la casa de Luz Marina. Apuntaron a la familia con armas de fuego y los amenazaron. Buscaban a Daniel para detenerlo, pero no traían una orden judicial. 

«¡¿Por qué!? ¿Por qué se lo quieren llevar?», repetía Luz María mientras abrazaba al único hijo que estaba en libertad. 

En vez de darle una respuesta directamente, uno de los policías «aconsejó» a Daniel.

«Hermano, usted sabe cómo es la vaina. Dígale a su mamá que lo suelte. Y si no, pues los eliminamos aquí mismo. Nadie va a ver nada, ni se va a saber nada. Si usted no se entrega, los sacaríamos a los dos, porque esa es la orden, entonces».

Daniel se entregó, el CICPC le puso una capucha y se lo llevó a Caracas. 

Luz Marina y su esposo intentaron denunciar ante el CICPC, pero siempre le negaron que Daniel o Juan estuvieran bajo su custodia. 

Torturas e incertidumbre

Los padres no supieron del paradero de sus hijos hasta el 15 de junio. Cuando pudieron reunirse, Juan relató parte de los malos tratos que sufrió. 

Lo encerraron en un sótano sin agua, comida ni luz. Lo asfixiaron con baldes de agua. Le introdujeron objetos que él no pudo identificar por el ano. Lo obligaron a grabar un video donde él decía que era culpable de una trama de conspiración contra los militares. Lo amenazaban con matar a su familia si no grababa el video. Le rompieron su pierna derecha a punta de golpes… 

Luz Marina escuchaba el relato de una tortura. 

De acuerdo con un abogado de la ONG Justicia, Encuentro y Perdón, que prefirió guardar su identidad por temor a represalias del gobierno madurista, a la familia Zambrano Arias no le permiten tener un abogado propio. No existe un expediente judicial que puedan consultar. 

Los hermanos están bajo la custodia del Tribunal Segundo de Control con competencia en terrorismo. Durante los 14 meses que los hermanos han estado recluidos en Yare II, el tribunal ha diferido su primera audiencia al menos 5 veces. 

Los padres se convirtieron en víctimas indirectas y ahora denuncian la libertad de sus hijos en protestas en Caracas y desde las redes sociales. Denuncian que Juan no tiene atención psicológica. 

Daniel es el único que puede cuidar a Juan Nahir en Yare II, porque ningún personal carcelario lo hace. No hay un informe médico que pueda precisar qué tan grave están los hermanos. 

Entre el 29 y el 30 de enero del 2024 la abogada y defensora de derechos humanos Tamara Sujú denunció en redes sociales que cuatro presos políticos, entre ellos los hermanos Zambrano Arias, recibieron golpes de parte de los reos bajo el comando de los funcionarios de seguridad

Luz Marina y su esposo se enteraron horas después, porque en Táchira el servicio de electricidad e internet se corta a cada rato, y en Venezuela los fiscales y las denuncias aparecen en la red social X. 

La familia Zambrano Arias se siente amenazada desde ese día: varios funcionarios de las fuerzas armadas venezolanas les «advierten» que Juan y Daniel pueden sufrir más si ellos mantienen la denuncia. 

Bajo la protección de la prensa y los activistas de los derechos humanos, ellos esperan que la justicia venezolana o la justicia internacional pueda apelar por ellos y por más de 260 presos políticos que el gobierno mantiene en cautiverio desde el 2001, según la ONG Foro Penal.

Proponen que haya un mecanismo de interacción entre oficina de la CPI con las ONG y las víctimas
Venezuela es el único país de Latinoamérica con una investigación abierta ante la Corte Penal Internacional. En paralelo, se instalará una oficina de la CPI este año. 

Foto:  AFP

La eventual instalación de una oficina de la Corte Penal Internacional (CPI) en Caracas ha generado dudas sobre la finalidad de esta dependencia técnica de la máxima autoridad penal. La ONG Acceso a la Justicia explicó, a través de su informe Algunas acciones para la reforma del sistema de justicia penal venezolano en el marco de un escenario de «doble vía», cómo funcionará este acuerdo.

El pasado 29 de enero Acceso a la Justicia organizó una conferencia virtual en la que tres ponentes comentaron lo más destacado de cara a la instalación de la oficina de la CPI que fue anunciada en junio  de 2023 por el fiscal Karim Khan.

Laura Louza, directora de Acceso a la Justicia, y Alí Daniels, coordinador de Acceso a la Justicia Y Simón Gómez, profesor universitario e investigador, fueron los encargados de esbozar el panorama de Venezuela para 2024 en cuanto a la relación e investigación de la CPI.

Principio de complementariedad y doble vía

El profesor Gómez explicó que este acuerdo se basa en el principio de complementariedad. Lo que significa que la CPI y el Estado venezolano compartirán responsabilidades en la investigación de crímenes de lesa humanidad.

«En la comisión de crimines internacionales, como los de lesa humanidad, hay un impacto en un contexto de amplio alcance. Amplio número de víctimas, de perpetradores. Es razonable que se pueda compartir cargas entre las cortes internacionales y las cortes nacionales», comentó Gómez.

Gómez destaca que esta nueva forma de cooperación es de «doble vía».

«Es una estrategia nueva para abordar circunstancias problemáticas del pasado, frente a la CPI, en la que había severos tropiezos para contar con la cooperación de los extraños», agregó. 

El investigador aseveró que la oficina de la CPI en Caracas no tendrá funciones de investigación como podría imaginarse.

«El propósito del segundo memorándum de entendimiento, es fortalecer el sector justicia en Venezuela mediante la asistencia técnica realizada en Caracas. No es una oficina de investigación para recibir evidencia. O cualquier acción de carácter investigativo», precisó. 

Añadió que la tarea principal de la próxima oficina de la CPI es «compartir buenas prácticas en materia de justicia y complementariedad», así como la capacitación de funcionarios y establecimientos de mesas redondas. También, asesorar en proyectos que puedan plantear las autoridades nacionales. «La oficina también tiene el mandato de crear mecanismos para fortalecer el sistema judicial en Venezuela», afirmó.

La oficina de la CPI en Venezuela se espera que esté funcionando en el primer semestre de este año. Pero, el profesor universitario destacó que preocupa el grado de opacidad respecto a cuántas personas van a conformar la oficina y cuáles van a ser los canales de participación con la sociedad civil. 

«Desde la sociedad civil pensamos que no es suficiente. Debe establecerse un mecanismo de interacción entre esta oficina, las ONG y las agrupaciones de víctimas. Es crucial para la causa de justicia por violaciones de DDHH y crímenes internacionales ocurridos en el país, pero también porque trasciende Venezuela, es un ensayo que está haciendo el fiscal en su gestión y prometen replicarlo en otras latitudes», concluyó.

La Haya sigue con su investigación

Por su parte Laura Louza, directora de Acceso a la Justicia, comentó sobre la dinámica de la relación entre Venezuela y la CPI a partir de la instalación de una oficina de la CPI en Caracas.

Destacó que la investigación en La Haya sigue su curso, a pesar de las suspensiones y apelaciones del gobierno venezolano:  «Es verdad que hay una investigación. Es verdad que en Venezuela no hay capacidad para hacer justicia. Aunque sea así, es verdad que la Corte Penal no puede ocuparse de todo».

La oficina se ocupara de capacitar al Estado; mientras tanto sigue la investigación. «En Venezuela no hay acceso a la justicia. Y tiene mucho que ver con la emergencia humanitaria compleja», señaló.

«Se requiere que haya cambios para que impacten en todos los casos del sistema de la justicia penal», agregó Louza.

Hay cosas que se pueden hacer ya

Por su parte, Alí Daniels, coordinador de Acceso a la Justicia, mencionó la situación actual del sistema judicial venezolano y sugirió algunas medidas que se pueden aplicar de inmediato para fortalecerlo.

Daniels ejemplificó todas las vicisitudes que enfrenta una víctima al poner una denuncia. Desde ir a la fiscalía hasta saber quién será el juez encargado, todo parece una misión cuesta arriba para los venezolanos que buscan justicia en la corte

En ese sentido, y para mejorar la transparencia,  propone acciones como:

  • Publicar información sobre los jueces y fiscales.
  • Implementar un calendario de audiencias públicas.
  • Permitir el acceso a los expedientes judiciales. Que se dicte una no prohibición de acceso a los expedientes, como ocurrió en el caso de María Corina Machado.
  • Publicar las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

«Ir a tribunales es no saber si va a servir de algo»

Daniels también criticó las condiciones de detención de algunos funcionarios públicos, que no son iguales a las del resto de los ciudadanos.

«Han habido varios casos donde varios funcionarios han sido detenidos y el sitio de detención es el cuartel de policía, donde la vida es bastante parecida a la libertad. Debe ser igual a los detenidos», consideró. 

Por otra parte, mencionó una serie de medidas para fortalecer la justicia:

  • Capacitar jueces. Crear mecanismos veraces. Establecer mecanismos de evaluación de los jueces, defensores y fiscales públicos. Es una urgencia, es una necesidad.
  • Hacer público el presupuesto que nadie conoce desde hace 6 años (Ley de presupuesto), al menos en el caso de justicia.
  • Todas las sentencias del tribunal deberían publicarse en la página web del TSJ.
  • Exigir libros diarios actualizados y abiertos en todo los tribunales. Debe regir el código ético de la jueza y del juez venezolanos.

Argumentó que la oficina de la CPI en Venezuela tiene un rol fundamental en este proceso. «Aunque no es una oficina de atención al público, puede ser un canal para que la sociedad civil organizada envíe información sobre la situación de la justicia en el país», expresó.

Poco margen para las ONG

Louza retomó apuntando que la instalación de la oficina de la CPI en Venezuela es una oportunidad para impulsar reformas urgentes en el sistema judicial del país.

 «El fiscal de la CPI dijo que va a proponer cambios de leyes, esperemos poder participar ampliamente como debe ser con un proceso de consulta real y transparente. Todas las leyes de justicia necesitan reformas urgentes y hay varias que faltan como la ley de carrera judicial», aseveró.

La reforma del sistema judicial venezolano es un tema que requiere un esfuerzo conjunto del Estado, la sociedad civil y la comunidad internacional. La oficina de la CPI puede ser un actor importante en este proceso, pero es fundamental que se garantice la participación de todos los sectores involucrados.

TSJ niega el acceso al expediente de la Contraloría sobre María Corina Machado
Abogados de la dirigente política denunciaron que la escusa del Poder Judicial para no ofrecer los documentos públicos fue que el magistrado de la Sala Político Administrariva del Tribunal Supremo de Justicia, Malaquias Gil, aún seguía trabajando con el expediente desde el 19 de diciembre de 2023 

Con información de El Pitazo

El abogado e integrante de Vente Venezuela, Perkins Rocha,  denunció el 9 de enero que la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) negó el acceso del expediente que la Contraloría General de la República remitió sobre la causa administrativa que sustenta la supuesta inhabilitación de María Corina Machado, líder de la oposición política venezolana, sobre para ejercer cargos públicos.

Rocha detalló en la red social X (anteriormente Twitter) que tampoco le permitieron saber «de primera fuente del supuesto cumplimiento que del requerimiento de la Sala Político Administrativa hizo la Contraloría General de la República» para consignar los antecedentes del caso de Machado.

«Al no permitir el acceso al expediente, con el justificativo de que lo «está trabajando el magistrado ponente y presidente de la Sala Político Administrativa, Melquías Gil», hecho por primera vez en fecha 19 de diciembre y por segunda vez en el día de hoy, la Sala Político Administrativa coloca en una peligrosa situación de indefensión a María Corina Machado, impidiéndole tener conocimiento del trámite judicial llevado a cabo», agregó Rocha.

El abogado de Machado añadió que el impedimento del TSJ es un hecho que vulnera el cumplimiento de las garantías constitucionales del debido proceso, así como del acuerdo de Barbados.

«Especialmente, en lo relativo al deber asumido por la Sala Político Administrativa de atender demandas judiciales para revisar las supuestas inhabilitaciones políticas «conforme a los principios de celeridad, eficiencia y eficacia recogidos en la Constitución», como lo señala el acuerdo», apuntó Rocha.

Una inhabilitación como el gato de Schrödinger

El 30 de junio de 2023, la Contraloría, cuyo titular era el actual presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Elvis Amoroso, informó sobre la inhabilitación de Machado por 15 años mediante un documento que la candidata presidencial unitaria opositora nunca recibió y en el que la instancia del Estado que controla el oficialismo la vincula con una supuesta trama de corrupción, entre otros señalamientos, sin que exista juicio ni sentencia judicial.

Machado acudió al TSJ el pasado 15 de diciembre, junto con su defensa, para interponer una demanda de reclamación y un amparo cautelar contra lo que calificaron de «vía de hecho» que de forma irregular «simula una inhabilitación inexistente».

La asistencia de Machado al TSJ se produjo luego de que el 30 de noviembre, en el contexto de la negociación política y el acuerdo de Barbados entre el gobierno de Nicolás Maduro y la oposición, el oficialismo definiera un mecanismo para la revisión de las inhabilitaciones administrativas -mediante la intervención del TSJ- que divulgó Noruega.

«Seguiremos insistiendo, con las herramientas del Derecho Constitucional, en que nuestra acción triunfe. Confiamos que al final la verdad se impondrá», añadió Rocha en el reporte que difundió en la red social X.

Derecho a la asociación sufrió dos zarpazos en menos de diez días en Carabobo
En lo que va de 2023 al menos siete organizaciones gremiales, profesionales, deportivas o políticas han visto cómo sus autoridades han sido destituidas y se les han impuesto otras designadas a dedo por las salas Electoral y Constitucional del TSJ

 

A pesar de que la Constitución establece en su artículo 52 que «toda persona tiene derecho de asociarse con fines lícitos», esta prerrogativa ha sufrido dos zarpazos en menos de diez días en Carabobo.

El portal web Acceso a la Justicia recordó que la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ  intervino los procesos electorales de la Universidad de Carabobo y del Colegio de Abogados en la entidad. 

La ONG explicó que el primer golpe se registró el pasado 13 de noviembre, cuando la instancia suspendió los comicios que la casa de estudios tenía previsto celebrar el día 29 de noviembre, atendiendo a una solicitud formulada por Pedro Antonio Ulacio Pulgar y Hernán Antonio Barrios, el primero trabajador administrativo activo y el segundo jubilado.

Cabe agregar que, a mediados de octubre, la Sala Electoral suspendió las elecciones del gremio de profesores que hace vida en ese recinto universitario.

El segundo embate se produjo el día 22, cuando la Sala acogió la denuncia contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados de Carabobo que el 25 de enero le presentaron Roymar Alí Armas Graterol y Gianni Egidio Piva Torres, a través de una acción de amparo constitucional con medida cautelar.

Los accionantes acusaron a la instancia encargada de organizar las elecciones de la agrupación gremial de no informar a sus miembros «de manera oportuna, veraz y precisa sobre el proceso electoral» que se terminó celebrando el 3 de febrero de este año.

Irregularidades en ambos casos

Cabe destacar que a la fecha las razones de la suspensión de las elecciones en la Universidad de Carabobo se desconocen, por cuanto el contenido íntegro del fallo n.º 123 todavía no ha sido publicado por el máximo juzgado.

Acceso a la Justicia indicó que la intervención del Colegio de Abogados se produjo pese a que la Sala consideró que los accionantes utilizaron el recurso judicial incorrecto para exponer su caso, y en lugar de desechar el asunto, como ha hecho en otras tantas oportunidades, la instancia decidió hacer uso de sus potestades discrecionales y transformarlo.

La Sala Electoral suspendió cautelarmente las elecciones del Colegio de Abogados, por considerar que no tuvieron «la publicidad efectiva para que el mayor número de electores tuvieran conocimiento firme, para garantizarles su participación y de esa forma ejercer el control de cada fase».

Esta no es la primera vez que el máximo juzgado interfiere con los comicios para renovar la junta directiva de este gremio en particular. El 25 de mayo de 2022 la Sala Electoral suspendió cautelarmente los comicios convocados y días después, en su sentencia n.º 64, le ordenó de manera definitiva a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados de Carabobo que le solicitara al Consejo Nacional Electoral (CNE) su acompañamiento.

Según la ONG, en lo que va de 2023, al menos siete organizaciones gremiales, profesionales, deportivas o políticas han visto cómo sus autoridades han sido destituidas y se les han impuesto otras designadas a dedo por las salas Electoral y Constitucional del TSJ.

Los casos de la Cruz Roja Venezolana y del Partido Comunista de Venezuela (PCV) son los más recientes, pero no han sido los únicos, comentaron. 

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