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El Ejecutivo “recula”: TSJ revierte sentencias que limitan funciones de la AN

EL EJECUTIVO EXHORTÓ Y EL JUDICIAL ACATÓ. Luego de que  el Consejo de Seguridad de la nación la madrugada del primero de abril exhortara al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a revisar las decisiones 155 y 156 que suprime facultades de la Asamblea Nacional, la Sala Constitucional del organismo publicó en la página web del organismo las decisiones 157 y 158 que rezan:

Decisión 157: «Se Aclara de Oficio la sentencia N° 155 de fecha 28 de marzo de 2017, en lo que respecta a la inmunidad parlamentaria. Se suprime dicho contenido. Se suprime la cautelar 5.1.1 de dicho fallo».

Decisión 158: «Se Aclara de Oficio la sentencia N° 156 de fecha 29 de marzo de 2017, en lo que respecta al punto 4.4 del dispositivo cuyo contenido está referido a que la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por ésta o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho, el cual se suprime».

De esta forma, queda suprimido el punto 5.1.1 que ordenada a Maduro a ejercer «medidas internacionales que estime pertinentes y necesarias» para salvaguardar el orden constitucional. Además el tomar medidas «civiles, económicas, militares, penales, administrativas, políticas, jurídicas y sociales» para evitar un estado de conmoción y  la revisión de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, la Ley Contra la Corrupción, el Código Penal, el Código Orgánico Procesal Penal y el Código de Justicia Militar.

Pero la 158  deja vigentes el punto de que el Ejecutivo puede constituir empresas mixtas sin la autorización de la Asamblea Nacional y este poder no podrá modificar las condiciones propuestas ni establecer otras condiciones. Además, sobre la base del Estado de Excepción el jefe de Estado podrá modificar, mediante reforma, la ley de Hidrocarburos.

El contenido de las nuevas sentencias aún no pueden consultarse. La página web del TSJ indica que está en mantenimiento.

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