El 7 de abril de 2025, el Tribunal Supremo de Estados Unidos, en una decisión dividida de 5-4, le dio luz verde a la administración de Donald Trump para que continuara deportando a presuntos miembros de bandas venezolanas bajo la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798. Esta ley, históricamente utilizada solo en tiempos de guerra, otorga al presidente amplias facultades para deportar a ciudadanos de naciones consideradas hostiles.
La decisión del Tribunal levantó una suspensión previa impuesta por el juez James E. Boasberg, quien había cuestionado la legalidad de aplicar esta ley en ausencia de un conflicto armado con Venezuela. Aunque se permitió que continuaran las deportaciones, el Tribunal estableció que los detenidos deben ser notificados de su estatus de deportación con suficiente antelación para buscar alivio de hábeas corpus, preservando así sus derechos al debido proceso.
La mayoría conservadora del Tribunal enfatizó que los desafíos legales deben presentarse en la jurisdicción donde se encuentran los detenidos, trasladando así los procedimientos de Washington D.C. a Texas. Sin embargo, el Tribunal no se pronunció sobre la legalidad de invocar la Ley de Enemigos Extranjeros en las circunstancias actuales. La jueza liberal Sonia Sotomayor discrepó, criticando la decisión por apresurada y advirtiendo sobre el posible daño a los detenidos.
En resumen, el fallo del Tribunal Supremo permite que la administración Trump continúe con las deportaciones bajo la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798, pero impone ciertos límites para garantizar el debido proceso.
El gobernante estadounidense recibió con beneplácito el anuncio. En un mensaje en la red social Truth consideró que la Corte Suprema “ha defendido el Estado de Derecho” en Estados Unidos al permitir que un presidente, -sea quien sea-, pueda asegurarlas fronteras para proteger a nuestras familias y a nuestro propio país”.
Por su parte Armando Olmedo, vicepresidente y asesor de Migración de Univisión, considera que lo que el tribunal ha determinado es que ahora “deber haber un debido proceso”, si bien le da un espaldarazo al uso de la polémica ley.
“El problema que tiene la Ley de Enemigos Extranjeros es que no tiene debido proceso, entonces podías sacar así a una persona. Entonces, lo que el tribunal ha dicho es que debe haber un debido proceso y se debe notificarle a una persona si va a ser expulsada bajo la Ley de Enemigos Extranjeros para que pueda presentar un caso ante un tribunal y argumentar su derecho de que no se le aplique esa ley”, precisó.
Mientras que la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés), que en marzo presentó una demanda judicial en nombre de cinco migrantes venezolanos, celebró algunos aspectos de la decisión del Supremo Estadounidense.
En declaraciones recogidas por EuroNews Lee Gelernt, abogado de la ACLU, afirmó que el énfasis de la sentencia en el debido proceso para los ciudadanos no estadounidenses era una “victoria importante”.
Abuso de poder y violación de DDHH
La invocación de la ley de 1789 ha resultado en la deportación de al menos 238 hombres venezolanos a El Salvador, lo que ha generado críticas de organizaciones de derechos civiles y expertos legales, quienes argumentan que la aplicación de esta ley en tiempos de paz y contra individuos de una nación con la que no hay conflicto armado es un abuso de poder.
La administración Trump ha defendido la aplicación de la ley, argumentando que es una herramienta necesaria para combatir a organizaciones criminales transnacionales como el Tren de Aragua, que, según afirman, representan una amenaza significativa para la seguridad nacional. Sin embargo, críticos señalan que la ley permite al gobierno llevar a cabo expulsiones sin proporcionar garantías procesales adecuadas, como el derecho a una defensa o a apelar en los tribunales de inmigración.
Medios aliados, como El Pitazo, han recogido las historias de familiares de varios venezolanos que fueron deportados a El Salvador en el marco de esta ley. Uno de ellos fue Andry José Hernández Romero, un estilista y maquillador de 31 años, a quien deportaron por un tatuaje en sus muñecas que honraba a sus padres. Su madre, Alexis Dolores Romero, asegura que es víctima de una confusión. Al igual que otros, Hernández Romero viajó en busca del “sueño americano”, pero terminó en el Centro de Confinamiento del Terrorismo (Cecot) de El Salvador, una prisión de máxima seguridad.
Jonathan Plaza Carmona, de 35 años, también fue asociado al Tren de Aragua por dos estrellas tatuadas en sus hombros. Su hermana Georgina Plaza afirma que es un hombre trabajador y sin antecedentes: “Lo encarcelaron por algo que no es prueba de delito”.
Medios también recogen el caso de Kilmar Abrego García, un migrante salvadoreño con residencia legal y sin antecedentes penales, que fue etiquetado erróneamente como miembro de una banda y deportado.
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