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Vecchio: Rectoras del CNE desconocen sentencia de TSJ sobre revocatorio

El coordinador político de Voluntad Popular, Carlos Vecchio, rechazó el desconocimiento de las rectoras del Consejo Nacional Electoral (CNE) a una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia sobre el referéndum revocatorio que establece el carácter nacional del mismo.

Mediante Twitter el dirigente político destaca que la sentencia, referente al caso de Sergio Calderón dictada a propósito del referéndum revocatorio contra el presidente Hugo Chávez el 5 de junio de 2002, establece que es el 20 % de la circunscripción de la persona que se quiere revocar, por lo que al ser el Presidente el seleccionado, debe ser nacional, y que una vez verificado esta cifra nacional, el CNE está obligado a convocar el proceso revocatorio.

Además, la sentencia impide que el CNE establezca otro requisito adicional no previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para activar el proceso, al igual que indica que debe facilitar el ejercicio pleno del mismo derecho.

Por otra parte, la normativa propia del CNE también es desconocida por las rectoras, señala Vecchio, exactamente el art. 24 en el cual se indica que el órgano electoral solo puede indicar el centro de recepción, pero no establecer nuevos requisitos para el 20 %, y para dichos centros debe tomarse en cuenta su geografía y población.

El art. 29 de la misma normativa reitera el carácter nacional del procedimiento, así como señala que una vez sea verificada debe convocarse el revocatorio en un plazo de tres días.

Puede leer la sentencia aquí.

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