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Delcy Rodríguez: organismos públicos deben cumplir actos que emanen de la ANC

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CARACAS.- La presidente de la asamblea nacional constituyente, Delcy Rodríguez, informó que este jueves ya apareció en gaceta oficial el decreto para el funcionamiento armónico de esta instancia con los Poderes Públicos Constituidos.

Explicó que la finalidad es buscar la paz en el país. “Normativa que está destinada a que todas las ramas de los poderes públicos trabajen en armonía para conservar la integridad nacional”.

Rodríguez informó que estas normas buscan la reparación del funcionamiento y la desviación del poder. “Ramas públicas que tiene como objetivo garantizar los derechos de los venezolanos”.

“Esto desmiente por completo las versiones de la dirigencia opositora que permanentemente mienten al país y a la comunidad internacional. Debe establecerse plenamente la convivencia”, agregó.

Reiteró que todos los organismos públicos deben cumplir  con los actos que se emanen desde la ANC para “preservar la paz y tranquilidad pública e independencia nacional”.

Delcy Rodríguez, presidenta de la ANC, ofreció rueda de prensa desde la sede de Cancillería en Caracas. «Estamos aquí para rendir cuentas de la labor de la ANC a menos de una semana de ser instalada» indicó Rodriguez, en la cual resaltó los siguientes  puntos:

  • «El decreto busca el equilibrio entre la ANC y los poderes constituidos (…) el propósito del presente decreto es preservar la tranquilidad pública, la paz, la soberanía y la independencia nacional. El funcionamiento del Estado y la garantía efectiva de los derechos de los ciudadanos mediante el aseguramiento de la institucionalidad armoniosa y constitucional de todas las ramas de los poderes públicos para los fines del Estado (…) Resolviendo las dificultades pasadas, actuales y sobrevenidas. Y reduciendo las amenazas y riesgos que han afectado a las instituciones».
  • «Esta normativa dirigida a garantizar el funcionamiento armonioso, justo y equilibrado de todas las ramas de los poderes públicos a fin de que su desempeño cumpla efectivamente con los fines del Estado».
  • «La ANC podrá decretar medidas sobre competencias, funcionamiento y organización de los órganos del Poder Público del cumplimiento inmediato».»La ANC podrá limitar o decidir la cesación de las actividades de las autoridades que conforman el poder público».
  • «Todos los organismos del Poder Público quedan subordinados a la ANC».
  • «Hoy aquí tenemos una herramienta de sanación a la violencia (…) y este instrumento que se aprobó que es la Ley de la Comisión de la Verdad, está venciendo todos los obstáculos y conspiraciones que desde 1999 hasta este año se han producido contra la constitución venezolana».
  • «La Comisión de la Verdad será un ente de derecho público de rango constitucional, con personalidad jurídica y autonomía (…) los objetivos de la Comisión será investigar los hechos de violencia tanto del pasado como para prevenirlos a futuro (…) no es sólo resarcir a las víctimas, es establecer las responsabilidades jurídicas y políticas de quienes hayan propiciado estos hechos de violencia».
  • «El decreto establece que los miembros de la Comisión gozaran de inmunidad para su labor en búsqueda de la verdad».»La Comisión podrá celebrar audiencias públicas o privadas con la participación de las víctimas y los presuntos responsables».
  • «La Comisión podrá formular recomendaciones vinculantes para todas las ramas del Poder Nacional… (…) La Comisión de la Verdad podrá proponer medidas conducentes, medidas, cautelares y sustituidas con el debido proceso, para la protección de la sociedad, protegerla de la acción de los violentos ante la ANC».
  • «En el artículo 12 del decreto, la Comisión podrá presentar ante la ANC las propuestas para las medidas de indulto o amnistía para las personas que han sido señaladas como responsables (…) La Comisión tendrá como Sede el Museo Bolivariano de Caracas, y durará 12 meses».

 

Con información de Unión Radio.

 

Maduro perderá el juicio, por Carlos Blanco

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El poder de Maduro se licúa como el billete de 100 bolívares. 16 partidos y el presidente de la Asamblea Nacional han planteado una ruta, ya proyectada por la propia AN en sus históricos acuerdos del 23 y 25 de octubre pasado: declaración de responsabilidad política de Maduro, declaratoria de abandono del cargo por culpabilidad manifiesta; y, como corolario, destitución.

La opinión pública se pregunta, con justificación, qué valor tiene una resolución de esa naturaleza por parte de un Cuerpo al que la corte cochambrosa del poder constituido le niega todo reconocimiento. Muchos temen que podría ocurrir como con la Ley de Amnistía y otras decisiones parlamentarias que ni se acatan ni se cumplen. Por qué ahora sería diferente, si se tiene en cuenta la paciencia infinita de los cohabitantes políticos que arrastran los pies.

Esta resolución debe ser totalmente diferente. Sería el trazado de una línea definitiva entre la República civil y el Estado mafioso; operaría como el deslinde absoluto entre los convivientes y los lanzados al cambio perentorio. Se convierte tal resolución en la orden terminante del soberano, representado en la AN en cumplimiento del mandato del 6-D. Se le diría al país y al mundo entero que el Poder Ejecutivo y los poderes proxenetas que le sirven, están fuera de la Constitución y que todo lo que impida la remoción de Maduro es inconstitucional, ilegal, ilegítimo e inmoral.

A partir de ese momento, cada ciudadano –de acuerdo con el artículo 333 de la Constitución– y el pueblo de Venezuela –de acuerdo al artículo 350– estarían obligados a rescatar la Constitución bajo la orden transmitida por la Asamblea en nombre del soberano.

La remoción de Maduro se convertiría en orden terminante para todas las instituciones del Poder Público nacional, estadal y municipal. Muchos jueces tendrán que repensar su papel, así como magistrados, oficiales militares y policiales, gobernadores y alcaldes. En especial, un acuerdo de ese calibre coloca a la Fuerza Armada Nacional, a su Alto Mando así como a todos sus integrantes, en el dilema de acatar el mandato de restituir el hilo constitucional ordenado por la AN con la remoción de Maduro o continuar con el desconocimiento de la orden emitida por un poder legítimo.

Si la AN hace lo que ha ofrecido hacer y le ha sido demandado, especialmente desde que el diálogo nonato yace en la cuneta, el poder constituido controlado por Maduro se enfrentaría al poder constituyente en manos de la representación popular. Habría llegado la hora de correr o encaramarse.

@carlosblancog

El Nacional

Legitimidad de la AN: algunas significativas victorias por Carlos García Soto

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A cuatro semanas de haberse instalado la Asamblea Nacional (AN), el balance puede ser considerado como positivo.

Vistas al día de hoy estas cuatro semanas, pudiera concluirse que lo más importante, en términos políticos, es que la AN ha ganado en legitimidad. No se trata sólo de resaltar la legitimidad política que a través de los votos obtuvo la nueva mayoría, equivalente a las 2/3 partes de la AN, como un hecho político inédito desde 1947, sino que la nueva mayoría en la AN ha logrado imponerse como Poder Público, incluso sobre el Poder Ejecutivo.

Luego de las escaramuzas iniciales, particularmente los sucesos relacionados con el supuesto desacato a la sentencia de la Sala Electoral del TSJ con ocasión de la incorporación de los Diputados del Estado Amazonas, lo cierto es que la AN entró en el “ritmo institucional” que le correspondía, y comenzó a ejercer su función como Poder Público independiente de los otros Poderes Públicos. Una situación similar a esta no había ocurrido en los últimos 17 años de la historia contemporánea de Venezuela. Y ello tiene el mayor significado político que cabe imaginar. La AN está ganando semana a semana su propia “legitimidad de ejercicio”, adicional a la “legitimidad electoral” que ya había ganado el 6 D.

Esa legitimidad en el ejercicio, que le ha permitido incluso imponerse institucionalmente sobre el Poder Ejecutivo, ha tenido, entre otras, tres manifestaciones claves: la Memoria y Cuenta que el Presidente de la República rindió frente a la AN, la improbación del Decreto de Emergencia Económica que fue dictado por el Poder Ejecutivo y la negativa del Gabinete Económico a comparecer a la invitación que le fue formulada por la AN para explicar por qué se solicitaba el Decreto de Emergencia Económica.

Desde un punto de vista institucional, la Memoria y Cuenta implicó que la cabeza del Poder Ejecutivo fuera hasta la AN a rendir informe de las actividades del Poder Ejecutivo durante el curso político pasado. Y a diferencia de lo que había ocurrido durante, por lo menos, la última década, el Presidente de la República, al finalizar su intervención, escuchó respetuosamente la intervención del Presidente de la AN, quien realizó diversos señalamientos críticos sobre la gestión del Ejecutivo. Y frente a las cámaras medios de comunicación privados.

Por otra parte, el Poder Ejecutivo también tuvo que someterse a la AN para el estudio del Decreto de Emergencia Económica. Según el artículo 339 de la Constitución, corresponde a la AN aprobar o improbar cualquier Decreto de Estado de Excepción. Pues bien, luego que una Comisión Especial de la AN rindiera un informe desaconsejando la aprobación, la AN procedió a negarla. El hecho tuvo el ingrediente adicional, de gran significación política, de que ante la solicitud de esa Comisión a altas autoridades del Gabinete Económico y el Presidente del BCV, de explicar la justificación del Decreto y la situación de la crisis económica, éstos optaron por no asistir a la convocatoria.

Más allá de esos significativos hechos, la AN ha fijado el Orden del Día ya de varias sesiones, el cual se ha cumplido serenamente.

Además, la nueva mayoría ha presentado proyecto de Ley, para cumplir así con otra de las funciones básicas de la AN, como lo es la función legislativa.

De tal manera, a cuatro semanas de haberse instalado la AN, la realidad es que ésta ha empezado a funcionar con cierta regularidad, al punto de controlar institucionalmente en dos oportunidades al Poder Ejecutivo, criticando la labor del Poder Ejecutivo de la que éste rindió informe en la Memoria y Cuenta, y negando la justificación alegada por el Poder Ejecutivo para que se le aprobara un Decreto de Emergencia Económica.

No es posible saber si la AN continuará funcionando regularmente. Pero a cuatro semanas de haber iniciado su trabajo, y luego de las turbulencias iniciales, la nueva mayoría ha comenzado a ganar una legitimidad de ejercicio clave para el control del Poder en Venezuela.

 

@cgarciasoto

 

El estado de los derechos por Mario Guillermo Massone

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Los derechos que no podemos ejercer, no son derechos. A partir de esta premisa, el estado de los derechos de los venezolanos no pasa el examen más básico.

Los derechos más esenciales para la existencia, para sobrevivir, hoy están grave e inminentemente amenazados. La alimentación y la salud se alejan de la realidad para hacerse utopías lejanas. Doce horas de cola para luego no poder llevar proteína a la mesa familiar, es algo imperdonable, inhumano. Más cuando se contextualiza en las posibilidades materiales de la nación.

Una artillería pesada en avanzada destruye nuestros derechos políticos, los cuales son arrasados y anulados por la propia acción del poder público. El lanzamiento de inhabilitaciones inconstitucionales en contra de candidatos viola el derecho de los ciudadanos a elegir y el derecho de los dirigentes a ser elegidos. La autonomía del partido COPEI, ultrajada por una sentencia que otorga más de lo que se pedía. Es significativo observar cómo quienes están a la cabeza de los partidos políticos de oposición están presos, inhabilitados o con causas judiciales abiertas; mientras que quienes dirigen las megabandas criminales poseen plena libertad de movimiento y acción.

Mientras la impunidad impera en las calles de Venezuela, la injusta causa penal en contra de El Nacional, La Patilla y Tal Cual continúa su curso. La libertad de expresión, pilar de toda democracia, es socavada por un poder judicial esclavo de la voluntad irracional totalitaria, que ejerce sin reparo una perversa libertad de opresión.

Los derechos de propiedad y de empresa están en la lista de especies en extinción. La gran propiedad, la pequeña propiedad, la pequeña, la mediana y la gran empresa, son objeto de depredación igualitaria por parte de la acción del gobierno. Porque comprar un vehículo, una vivienda, ¡o una nevera!, son sueños del más allá. Los trabajadores de las fábricas no tienen actividad. No hay materia prima que transformar. Juegan dominó y leen el periódico con la angustia de no saber hasta cuando tendrán un salario.

Los derechos existen para garantizar la consecución de los bienes necesarios para la vida humana en libertad. La libertad y el derecho están consustanciados. Si los derechos están bajo ataque, la libertad también lo está. Si no hay libertades, los derechos no significan absolutamente nada.

Estamos ante una encrucijada cuyo camino lo definiremos el 6 de diciembre. Los obstáculos se nos presentan como una odisea venezolana, que deberá conllevar al rescate del derecho.

 

@massone59

Denuncian que el Estado ocultó huellas de tratos crueles o tortura

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Los órganos del poder público habrían ocultado evidencias de los casos de tratos crueles o torturas durante las detenciones en las protestas de 2014, cuando hubo 854 heridos y lesionados, advierte el informe “Que no quede rastro” emitido por el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello. En el documento se reportan violaciones del derecho a la integridad física.

CIDH-UCAB identificó 10 estrategias para ocultar las huellas de las agresiones. Cita la incomunicación de detenidos, el traslado de lesionados a órganos y hospitales militares, las presiones a las víctimas, el uso de la defensa pública para evitar denuncias, las omisiones de jueces durante las audiencias de presentación, la transformación de víctimas en victimarios, la confusión entre examen médico forense y el reconocimiento médico en el lugar de detención, la sustracción y desaparición de evidencias de malos tratos y tortura, así como las presiones a médicos.

Se recabaron los testimonios según los cuales funcionarios amenazaron a las víctimas con no prestarles la ayuda médica o hacerles más daño “si no se abstenían de declarar la verdad sobre lo acontecido”. “En varias oportunidades, al momento de atender casos de personas heridas en manifestaciones, funcionarios de los cuerpos policiales y militares solicitaban a los médicos la entrega de los objetos que constituían evidencia de las lesiones sufridas por las víctimas”, señala el informe.

El CDH-UCAB informó que, durante las detenciones, se violaron las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de Naciones Unidas. Consideran que esto se evidenció en los casos en los que las víctimas presentaban heridas de gravedad y fueron trasladadas por las autoridades a establecimientos médicos de carácter militar.
Agresiones las colas.

La ONG Espacio Público reportó 17 agresiones a periodistas o infociudadanos durante las colas derivadas de la escasez. En un informe difundido ayer indican que las víctimas, que recibieron ataques e insultos, representan 29,31% de un total de 58 casos de violación de la libertad de expresión durante el primer trimestre del año. Indican que la cobertura de las colas fue obstaculizada por cuerpos policiales o militares y trabajadores de los establecimientos.

Reportan que el Estado, con 60%, encabeza las violaciones de la libertad de expresión a través de los cuerpos de seguridad, funcionarios, el presidente Nicolás Maduro y varios organismos. “En algunos casos son funcionarios quienes -en desmérito de su condición de servidores públicos– descalifican, insultan y acusan de forma arbitraria a medios y periodistas con líneas editoriales independientes”.

Puede leer el informe completo aquí:

(In)Justicia y enemigos por Gonzalo Himiob Santomé

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Lo han dicho Günther Jakobs y Eugenio Raúl Zaffaroni, solo por mencionar a algunos ¿Quiénes son? Pues nada más y nada menos que dos de los teóricos más importantes del derecho penal moderno: Para el “Derecho Penal del Enemigo” existen solo dos categorías: Las personas y los enemigos, y esto acarrea importantísimas consecuencias que van más allá de lo netamente teórico y tienen un profundo impacto en la práctica, en el “día a día” de la interpretación y aplicación de las normas penales.

De cara a cualquier órgano del poder público, especialmente ante la administración de justicia, no es lo mismo ser tenido como “persona” o como “ciudadano” que como “enemigo”.  Esto es particularmente cierto en Venezuela. Una “persona” es un ser humano, con deberes, pero también con derechos inalienables, uno que no puede ser sometido a un proceso penal sino respetando importantes garantías que han sido consagradas a su favor, tales como la presunción de inocencia, su derecho a ser investigado y juzgado en libertad, su derecho a la defensa o su derecho a que se respete su integridad física y psíquica y a no ser sometido a torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Un “enemigo”, por el contrario, no es un ser humano, no es “persona”, así que con él puede hacerse cualquier cosa. Al “enemigo” no se le respeta su derecho a la defensa, ni su derecho a ser juzgado en libertad, tampoco se le respeta la presunción de inocencia y, a veces, hasta se le violenta su integridad física o psíquica, se le tortura, se le incomunica, se le maltrata.

El “enemigo” no tiene derecho a un juicio justo, es condenado de antemano, no se espera siquiera que cometa un delito, se le atribuye directamente la condición de “sujeto peligroso” y, sobre estas bases, esto es, sobre lo que el sujeto “es” o “se cree que es”, que no sobre lo que el sujeto en realidad “hace”, se le condena de manera anticipada. No en balde Zaffaroni equipara al “Derecho Penal del Enemigo”, con el “Derecho Penal de Autor”, que no con el “Derecho Penal de Acto”, que es el que debe regir en modelos de Estado como el nuestro.

Jakobs lo explica de manera muy clara. El “Derecho Penal del Enemigo” consiste“…en sancionar la conducta de un sujeto peligroso en una etapa muy anterior a un acto delictivo, sin esperar a una lesión posterior tardía. Se sancionan la conducta y la peligrosidad del sujeto, y no sus actos…”. En otras palabras, en el “Derecho Penal del Enemigo” a la persona se la criminaliza no por lo que haya hecho, sino por lo que al poder le parezca que esa persona “pueda llegar a hacer”. Es una suerte perversa de retorno al determinismo positivista de Lombroso, Ferri y Garófalo. La intervención penal, entonces, se basa no en hechos concretos, no en daños objetivos y verificables a intereses o valores jurídicamente protegidos, sino en interpretaciones subjetivas, normalmente acomodaticias y coyunturales, dirigidas a la “Defensa Social” -léase, a la defensa del status quo- contra individuos que, al capricho del intérprete de turno, son tenidos como “peligrosos”.

Es una suerte de “adelanto de la punibilidad”, y así el “Derecho Penal del Enemigo” es, por su naturaleza, profundamente autoritario, profundamente inhumano. No existe nada más contrario a las garantías democráticas, a las garantías que nacen del Estado de Derecho y a los DDHH que intervenir penalmente a un ciudadano, esto es, someterlo a investigación y a juicio penal y castigarlo, por algo que no ha hecho, por un daño que no ha causado, por un delito no cometido, solo porque el poder “cree” o “piensa” que se trata de una persona “peligrosa” que “eventualmente”, a futuro, puede cometer algún delito o hacer algo que al gobierno, sensible en extremo a la crítica, le “parezca” que pueda ser disfrazado de delito.

En esto es importantísimo ponderar el inmenso peso que tiene el poder en la capacidad atributiva de “roles” sociales. En contextos políticos como el nuestro, en la atribución “anticipada” de responsabilidades penales, en el proceso de estigmatización de una persona cualquiera como sujeto “peligroso”, juega un papel fundamental el gobierno. En Venezuela esto lamentablemente es la regla.

Chávez, por ejemplo, en cadena nacional atribuyó a los comisarios y a los PM la cualidad de “criminales”, y ello bastó para que todos ellos fuesen injustamente condenados. Por otro lado, coronó a los “Pistoleros de Puente Llaguno” como “héroes de la revolución” y llegó hasta decir, haciendo valoraciones jurídicas que no tenía atribuidas ni estaba en capacidad de hacer, que habían actuado en “legítima defensa”, todo lo cual condujo a su absolución plena. También fueron estigmatizados desde el poder como “criminales” y hasta como “terroristas” los que se sumaron al “Paro Cívico Nacional” de 2002-2003, los que reclamaron con sus firmas un Referendo Revocatorio en 2004, los que protestaron contra el cierre de RCTV y contra la reforma constitucional en 2007, y así sucesivamente, todos los que en algún momento han alzado su voz contra el gobierno. La consecuencia de todo esto ya se conoce: La real y sistemática criminalización formal de la protesta y de la disidencia. Más de 2000 investigaciones penales abiertas, solo en relación a las más de 9000 manifestaciones del año pasado, conducidas además de una manera en la que queda claro que no se trata a los ojos del poder de “personas” sino de “enemigos”, dan fe de ello.

Maduro, sin que haya terminado el juicio, condena y estigmatiza como “monstruo” y como “asesino” a Leopoldo López, y se apoya en todo el poder mediático del gobierno para propagar y mantener la mácula. Que las pruebas presentadas en su juicio no lo vinculen a la comisión de delito alguno, no importa: López es un “enemigo” contra el que “todo vale”, incluso la trampa. Hace pocos días, usurpando funciones que no le corresponden y violentando la presunción de inocencia que tiene rango constitucional, llegó hasta a tarifar las “pruebas” que se utilizan contra Antonio Ledezma como “plenas pruebas” de sus supuestos “delitos”, y hasta le asignó el mote despersonalizador y deshumanizador, de “el vampiro”. El mensaje está claro: para el poder Ledezma no es un ser humano, no tiene derecho a ser tratado como tal, es un “enemigo”, es un ser “peligroso” y “maligno”.

Así, la responsabilidad penal en Venezuela en los casos políticos no la determinan los tribunales siguiendo las normas o respetando los principios que establece nuestra Carta Magna, tampoco depende de que hayas cometido un delito o no. Está sujeta a lo que se diga o se deje de decir de ti en una cadena nacional, depende de si eres visto por el poder como un “enemigo” o como una “persona”.

Todo opositor está “bajo sospecha”, todo disidente es “peligroso”, y todos deben ser criminalizados aunque jamás les haya pasado por la mente cometer un delito. Es pecado la queja, la protesta, el atreverse a exigir en paz un cambio de rumbo. Ya no somos seres humanos, todos somos “enemigos”.

 

@HimiobSantome