
La mayoría de las mujeres víctimas de violencia se cohíben de denunciar por lo engorroso del proceso y la desconfianza en las instituciones
Cepaz contabilizó que en los primeros cuatro meses del año hubo 75 femicidios consumados y 15 frustrados
@yeannalyfermin
Denunciar un caso de abuso sexual o violencia de género en Venezuela, es un proceso largo y complicado del cual muchas víctimas desisten principalmente por las dilaciones y la falta de confianza en las leyes e instituciones que se encargan de proteger a las mujeres.
Karina Hernández* se cansó de esperar justicia. Su exesposo durante seis años la maltrató física y psicológicamente, le controlaba las amistades y hasta le prohibía reunirse con ciertos miembros de su familia. Después de una fuerte discusión que terminó en graves agresiones físicas, Karina decidió denunciar ante el Ministerio Público, acusación que nunca prosperó porque el proceso se hacía cada vez más desesperanzador. Agotada de recorrer varias instancias públicas en busca de ayuda, de tramitar el mismo documento hasta cuatro veces y de no recibir respuestas, decidió emigrar a Argentina, olvidar y hacer una nueva vida.
La abogada y especialista en derechos humanos, María Cristina Parra afirmó a través de un seminario vía Zoom que en Venezuela el funcionamiento de los tribunales en materia de violencia contra la mujer es cada vez más deficiente debido a los largos procesos judiciales, las indebidas demoras y la revictimización.
“No hay un plan nacional para combatir la violencia de género, no hay protocolos para la investigación de femicidios, no hay albergues para mujeres víctimas de violencia ni servicios de atención legal o psicológica”, dijo.
Según lo establecido en la Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia (DMVLV) “El Estado tiene la obligación indeclinable de adoptar todas las medidas administrativas, legislativas, judiciales y de cualquier otra índole que sean necesarias y apropiadas para asegurar el cumplimiento de esta Ley y garantizar los derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia”.
Antonella Pérez* fue golpeada en la cabeza con un candado de hierro por su pareja cuando este malinterpretó unos mensajes que le había enviado un primo a través de WhatsApp. “Se volvió como loco de celos, rompió varias cosas de la casa y me lanzó un candado que solo me rozó porque lo logré esquivar. Aunque no era la primera vez que se comportaba así, yo supe que si seguía a su lado me iba a matar y decidí alejarme y dejar todo. No lo denuncié porque sé que en estos casos la justicia no existe, mi hermana también sufrió por violencia y denunció y lo que hizo fue perder el tiempo”, dijo Pérez.
Una carrera de obstáculos
A juicio de Parra, son muchos los obstáculos a los que deben enfrentarse las mujeres víctimas de violencia en Venezuela.
“En primer lugar está la falta de investigación y sanción de la mayoría de los casos de violencia contra las mujeres. A nivel policial es común la práctica de evadir la atención a las víctimas, quienes al acudir a ejercer su derecho a la denuncia, suelen ser remitidas a otras instituciones sin facilitarles el proceso ni brindarle las herramientas de orientación necesarias”, explicó la abogada.
Otra traba es que los funcionarios que llevan a cabo la investigación no dan respuestas inmediatas y las víctimas deben acudir en reiteradas oportunidades para recibir información sobre el estatus de su denuncia.
Karelys Ramírez* fue a una prefectura a denunciar que su expareja la maltrataba física y psicológicamente y también a buscar información para introducir la demanda de divorcio y en vez de encontrar ayuda y orientación, lo que encontró fue burlas y sarcasmo. “Todos los días es lo mismo y después andan del brazo con el hombre como si nada”, le dijeron. La hicieron firmar varios papeles y le sugirieron que se dirigiera al Ministerio Público a completar el proceso. Cuando estuvo en el ente, le tomaron la declaración y allí quedó todo.
La Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia también establece que en todo caso de violencia de género deben reinar los principios procesales: gratuidad, celeridad, inmediación, confidencialidad, oralidad, concentración: (iniciada la audiencia, ésta debe concluir en el mismo día. Si ello no fuere posible, continuará durante el menor número de días consecutivos), protección, perspectiva y equidad de género y la prohibición de revictimizar.
La ley DMVLV prohíbe la exposición o instrumentalización de las mujeres víctimas de violencia y sus familiares, a situaciones de incomprensión o reiteraciones innecesarias que las sometan a un nuevo proceso de victimización.
Falta de orientación
En la mayoría de los casos de violencia y abuso sexual las víctimas se sienten desorientadas y sin saber qué hacer, a dónde acudir y mucho menos las leyes que las protegen. Sin embargo, organizaciones no gubernamentales han venido desempeñando un papel importante en el apoyo a mujeres que han sido víctimas de abuso y violencia de género. Sobre esto, la psicóloga clínica y coordinadora de Asociación Venezolana para una Educación Sexual Alternativa (AVESA), Magdymar León explicó que es importante que las víctimas de abuso sexual o de cualquier forma de violencia sexual tengan presentes varias cosas:
1.- La denuncia puede ser presentada de manera oral o de manera escrita. Llevar el testimonio de la denuncia de manera escrita, puede facilitar el que no se dejen por fuera del relato elementos importantes de la declaración sobre lo que se quiere denunciar.
2.- Son diversos los órganos receptores de denuncias que de acuerdo a la norma jurídica venezolana están facultados para recibir este tipo de denuncias. Tenemos el Ministerio Público, las diversas policías municipales y estatales, el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC), Consejos de protección del municipio donde hayan ocurridos los hechos, donde estos mismos pueden recibir la denuncia, dictar medidas de protección y canalizar la denuncia al MP.
3.- Hay que saber que desde el momento que se hace la denuncia pueden ser ordenadas evaluaciones, experticias que van dirigidas a recabar las pruebas necesarias para la comprobación del delito, pero que también otras van dirigidas a canalizar la atención que requiere la víctima, como atención psicológica, orientación legal, social.
4.- Es recomendable llevar pruebas si es que las tenemos al momento de poner la denuncia, sin embargo, no es imprescindible el acompañamiento de las pruebas, es favorable, pero no es obligatorio, el relato de lo ocurrido, la declaración de la víctima es el principal elemento requerido para iniciar todo el proceso de investigación.
5.- La víctima debe saber que es un proceso lento, que puede haber una espera larga para el momento en que sean atendidas. Deben ir preparadas a enfrentarse a unos mecanismos y unos procedimientos que no son los más expeditos.
6.- Los órganos receptores de denuncias están en la obligación de recibir la denuncia. Es decir, ellos deben recibir el testimonio y con eso hay varias acciones que deben continuar. Por un lado, colocar medidas de protección y seguridad o de protección dependiendo del caso que se esté presentando para evitar nuevas situaciones de violencia. Hay diversas medidas de protección y seguridad dirigidas a que no se repitan situaciones abusivas.
7.- La no recepción de la denuncia por parte de un funcionario o funcionaria, es en sí misma una violencia institucional. La Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia establece que esto es un delito y los funcionarios que incurran en esta situación pueden ser denunciados por violencia institucional porque están obstruyendo el acceso a la justicia y están descalificando la denuncia y ese no es su trabajo. Ante una situación de este tipo la víctima tendría que acudirse a la dirección inmediata superior en la institución a la que se está acudiendo para colocar la denuncia por violencia institucional
8.- La revictimización es una realidad. Esto ocurre cuando los funcionarios no reciben la denuncia, cuando ocurren descalificaciones hacia el relato de la víctima, cuando hay insinuaciones vinculadas a su culpabilidad, cuando no hay un trato respetuoso y digno ante la persona que está denunciando. Cuando hay múltiples entrevistas, solicitud de repetición del testimonio una y otra vez.
9.- Es importante que las víctimas estén al tanto de que pueden estar expuestas a un trato de esta naturaleza, es por eso que es importante que vayan con alguien que pueda acompañarlas y apoyarlas.
10.- El apoyo psicológico siempre es un recurso útil y beneficioso ante una situación de abuso sexual. Contar con un acompañamiento psicológico tanto para procesar la situación abusiva vivida, como para tener claras las ideas al momento de tomar decisiones, de ver cuales son las acciones que deben realizarse y por supuesto para iniciar el camino de acceso a la justicia es importante contar con apoyo psicoterapéutico.
Femicidios en ascenso y la falta de denuncia
Karla Ríos no corrió con la misma suerte que Karelys, Antonella y Karina. La noche del 31 de julio de 2020 fue asesinada a tiros por su expareja, con quien mantuvo una relación de cinco años y de quien se separó por ser víctima de constantes amenazas, maltratos verbales, físicos y psicológicos. Aunque Karla denunció ante el Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas (Cicpc) que el hombre la maltrataba, acosaba y la amenazaba de muerte, familiares de la víctima comentaron a El Pitazo que en una oportunidad el hombre fue detenido, pero se le impuso una multa y lo liberaron.
En todo el mes de abril de 2021, el Observatorio Digital de Femicidios del Centro de Justicia y Paz (Cepaz), registró 15 femicidios consumados y 6 frustrados en Venezuela. En promedio, hubo una acción femicida cada 34 horas.
Cepaz también contabilizó que en los primeros cuatro meses del año hubo 75 femicidios consumados en el país y 15 femicidios frustrados, de los cuales, el 6,7% de los cuerpos presentó como signos de violencia mutilaciones o descuartizamientos.
En su informe mensual del mes de abril, Cepaz señaló que en ninguno de los casos de femicidios consumados se hizo referencia a la existencia de una denuncia previa contra el agresor por parte de la víctima. En cuanto a los femicidios frustrados, en uno de los casos se hace expresa mención a una denuncia previa interpuesta contra el agresor.
Según el monitor de femicidios de Utopix, en 2020 se registraron 256 casos de femicidios en el país. Un 53 % más con respecto al 2019, cuando hubo 167 mujeres asesinadas en Venezuela.
#MeToo venezolano
Un tuit que acusaba a un cantante venezolano de estupro y abuso sexual, fue el detonante para que muchas mujeres víctimas de agresiones se sumaran y alzaran sus voces para denunciar a sus agresores con la etiqueta #YoTeCreoVzla, una iniciativa similar a la que se de ha desarrollado en otros países con el nombre de #MeToo.
Las denuncias realizadas a través de las redes sociales involucraban principalmente a figuras del medio artístico. Entre los casos más relevantes destacó el de Alejandro Sojo, vocalista de la banda de rock Los Colores, el del escritor Willy Mckey quien luego de haber admitido que sostuvo relaciones sexuales con una menor de edad, se suicidó el pasado 29 de abril en Argentina y el del director del grupo actoral Skena, Juan Carlos Ogando.
Según cifras publicadas, #YotecreoVzla en menos de una semana recibió 575 testimonios de mujeres víctimas de acoso sexual, de ellos, 86 de las víctimas pedían ayuda psicológica, 26, ayuda legal y las 453 restantes solo solicitaron “ser escuchadas”.
En entrevista para el diario El Nacional, el abogado Alí Daniels señaló que aunque se haga una denuncia por redes sociales, es importante formalizarla ante el Ministerio Público para que se abra un procedimiento legal. “Si no consta en expediente el abuso debidamente identificado, no se puede hacer nada”, dijo.
*La identidad de las víctimas fue cambiada a petición de ellas mismas.