Multas del TSJ buscan desestimular la denuncia ciudadana - Runrun
Multas del TSJ buscan desestimular la denuncia ciudadana
A juicio del abogado Alí Daniels, coordinador de Acceso a la Justicia, el Tribunal Supremo de Justicia “se vale de tecnicismos y elementos formales para no sentenciar el fondo de casos donde el Estado es el perjudicado”
Mildred Rojas, abogada de Transparencia Venezuela, advirtió que la aplicación de estas multas no están apegadas al derecho y tampoco son comunes
Las rectoras de la UCV y Unexpo, Cecilia García Arocha y Rita Áñez, afirmaron que los representantes de las universidades públicas de Venezuela demandarán las acciones del instructivo de la Onapre y las decisiones del TSJ ante organismos internacionales

@Andrea_GP21

Los recursos interpuestos por ciudadanos para demandar la nulidad de actos del Poder Ejecutivo se han encontrado con una pared infranqueable llamada Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

Tanto las demandas de nulidad del instructivo de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre), como otras acciones que han llegado hasta el tribunal, no solamente han sido desestimadas, sino que a los accionantes se les ha impuesto el pago de multas que, según especialistas, tienen el único objetivo de desestimular futuras acciones de ese tipo.

Recientemente, el TSJ impuso multas  contra 20 demandantes por supuesto “ejercicio abusivo de una acción judicial”, al declarar inadmisible un recurso de nulidad contra el instructivo de la Onapre, bajo el alegato de que dicho acto administrativo es “inexistente”.

El recurso fue interpuesto por los rectores de la Universidad Central de Venezuela (UCV), la Universidad de Carabobo (UC), Universidad de Los Andes (ULA), Universidad de Oriente (UDO), la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL) y la Universidad Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre (Unexpo).

 

Según la Sala Político-Administrativa del TSJ, en ponencia del magistrado Malaquías Gil Aponte, la parte demandante incumplió los extremos de ley al no acompañar el libelo (escrito de la demanda) con original o copia “del presunto acto administrativo”.

De acuerdo con la ONG Acceso a la Justicia, cada uno de los 20 demandantes deberá cancelar Bs. 350,5 a la Tesorería Nacional. Al sumar todas las multas, el monto total a pagar al Estado será de Bs. 8.211,00, unos 1,050 dólares.

Amedrentamiento para no acudir al tribunal

Alí Daniels, abogado y coordinador de Acceso a la Justicia, declaró en entrevista a Runrun.es que el TSJ “pretende desestimular y evitar que los ciudadanos tengan la iniciativa de interponer estos recursos”.

“Es una especie de amedrentamiento para que los ciudadanos no acudan al tribunal, visto que pueden correr el riesgo de ser multados con estos montos tan exagerados que no están al alcance de la mayoría . Y sobre todo, en el caso de los jubilados y pensionados, estamos hablando de montos que superan lo que reciben mensualmente por su jubilación o su pensión”, denunció el abogado.

Para la organización Acceso a la Justicia, señaló Daniels, se trata de “una maniobra de amedrentamiento del TSJ, en violación flagrante del derecho que tienen todos los ciudadanos a la tutela judicial efectiva”.

“Ya hemos visto cómo la justicia se ha incorporado al sistema de represión y eso se ha exacerbado con esta sentencia del TSJ que ya no solo reprime en materia de derechos civiles y políticos, sino también económicos, sociales y culturales”, precisó Daniels.

Contradicción del TSJ

A juicio de Alí Daniels, hay contradicciones en la decisión del TSJ en declarar la “inexistencia” del instructivo Onapre cuando admitieron el pasado 14 de julio dos demandas de nulidad contra el mismo.

“A pesar de que se han rechazado estos juicios, ha habido una contradicción: primero se admitieron los de la ULA y la UCV y después fueron inadmitidos de una manera bastante irregular, luego de declarar inadmisión de los jubilados y pensionados del Ministerio Público”, señaló.

Sin embargo, añadió Daniels, esas acciones no han callado a este colectivo y, en vista de la necesidad de justicia que tienen, “han continuado y no se han dejado amedrentar”.

Un proceso que debió ser suspendido

Independientemente de que exista o no el instructivo Onapre, Alí Daniels señaló que este se está aplicando y “eso no es responsabilidad de los que denunciaron el caso, sino de los funcionarios públicos que obligaron a aplicar algo que no existe”.

Ante esa situación, advirtió que los demandantes multados podrían ser “objeto de un procedimiento para exigirles el cobro de manera coactiva». 

“Les ha sido sancionada su derecho a la tutela judicial efectiva”, indicó.

 

Aunque exista o no exista el instructivo, prosiguió Daniels, el proceso debió ser suspendido. “Y ahí vemos otra falla del sistema judicial de no cumplir debidamente con sus obligaciones. Las personas objeto de multa, corren el riesgo de que se le impone otra multa más y se agregaría otro agravio”, advirtió.

“Aun partiendo de la increíble tesis del TSJ de que el instructivo no existe, eso quiere decir que la Onapre está imponiendo unas escalas salariales por vía de hecho, sin ninguna base normativa. Esto es una vía de hecho que es más grave que hacerlo a través de este instructivo. Recurso de amparo para que se cese esta vía de hecho”, sentenció.

El camino

La rectora de la Universidad Central de Venezuela (UCV), Cecilia García Arocha; y Rita Áñez, rectora de la Universidad Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre (Unexpo), afirmaron que los representantes de las universidades públicas de Venezuela demandarán los efectos del instructivo de la Onapre y las decisiones del TSJ ante organismos internacionales.

En declaraciones que ofreció al Circuito Onda, Áñez señaló: «Desde hace mucho tiempo se está reduciendo el salario de los docentes de forma indiscriminada. La multa que recibimos es insólita. Además de que nos quitan lo que ya ha sido admitido antes, ahora vamos a ser multados».

 

Por su parte, García Arocha señaló que, hasta la fecha, “ninguna institución ha sido notificada oficialmente de la multa ejercida del TSJ”.

“Necesitamos que nos digan formalmente cuáles fueron las razones por las que multaron a los asesores jurídicos y a los rectores de las universidades. A partir de allí haremos las acciones que se deben hacer”, dijo García Arocha.

En ese contexto de lo que podrían hacer los afectados, el abogado Alí Daniels cree que se mantendrá la protesta cívica, pacífica y democrática.

“Estamos hablando de derechos esenciales. El derecho de la contratación colectiva, y ese derecho ha sido cercenado a través de ese supuesto instructivo. Un tribunal independiente imparcial debió haber hecho suspender la aplicación del mismo”, insistió Daniels.

Política de Estado contra las universidades

David Gómez Gamboa, director de la ONG Aula Abierta y profesor de La Universidad del Zulia (LUZ), rechazó la sanciones del TSJ contra los demandantes del instructivo Onapre, considerando que se atacan derechos humanos y se vulnera “el derecho a la tutela judicial efectiva”.

“No solo los rectores, las universidades y actores en general se han pronunciado, sino que desde la sociedad civil (…) el movimiento estudiantil, las asociaciones profesorales de distintas universidades públicas, se pronunciaron contundentemente”, dijo Gómez Gamboa a Runrun.es.

Además, Gómez calificó de “insólita” la sanción del TSJ y advirtió que esta acción podría generar mayor amedrentamiento contra las universidades. “Hemos denunciado que las universidades enfrentan una política de Estado contra la autonomía universitaria, que restringe sus derechos humanos”.

Por otra parte, señaló que en la última década se han producido “más de 50 sentencias contra las universidades”, las cuales han suspendido elecciones y “han implicado la imposición y el nombramiento de autoridades de forma ilegítima”.

Consideró “grave” sancionar a los accionantes de la demanda, porque le dice al pueblo que no se puede acudir al tribunal a denunciar. “Es un efecto espejo, porque le dice al colectivo ‘mire lo que te puede pasar a ti si te atreves siquiera a interponer acciones en relación a estos temas prohibidos’ (…) Esto es típico de las dictaduras”, remarcó.

TSJ protege al Estado en lugar de proteger a los ciudadanos

El pasado 16 de agosto, el portal Suprema Injusticia, iniciativa de Transparencia Venezuela, informó que una empleada de Pdvsa resultó multada tras denunciar al ministro Tareck El Aissami ante el TSJ y luego olvidarse de continuar con el proceso.

Miryorg Martínez Roa acusó a Tareck El Aissami, en enero de 2021, de ser el responsable de provocarle un “daño irreparable” a ella y a su hijo, por ordenar que le suspendieran su salario, los bonos nocturnos, de alimentación, de transporte y los pagos por concepto de caja de ahorros y fideicomiso, así como otros beneficios.

La multa que impuso el TSJ asciende a los 2.000 bolívares, más de 15 salarios mínimos según Suprema Injusticia, monto que debe pagar Martínez Roa por no haber continuado con el proceso. 

Según el fallo redactado por la magistrada Lourdes Suárez Anderson de la Sala Constitucional, la accionante “perdió interés en el asunto y, por ello, declaró el “abandono del trámite”, pues desde que presentó la acción, hace más de siete meses, no realizó otra diligencia”.

 

A juicio de Daniels, el Tribunal Supremo de Justicia “se vale de tecnicismos y elementos formales para no sentenciar el fondo de casos donde el Estado es el perjudicado”.

“Habiendo elementos de orden público involucrados, el tribunal pudo continuar el juicio, pero como se trata de juicios donde el Estado es el afectado, se utilizan estos argumentos formales para desestimar casos”, explicó Daniels.

“Lo que hace el tribunal es utilizar esos elementos formales para desestimar casos, todo para proteger al Estado en vez de proteger al ciudadano, que es su deber”, añadió el abogado.

Poco común y arbitrario

Mildred Rojas, abogada de Transparencia Venezuela, explicó en entrevista con Runrun.es que la aplicación de estas multas no están apegadas al derecho y tampoco son comunes.

Rojas señaló que, si bien el artículo 121 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (Lotsj) otorga a los magistrados la facultad de imponer multas, “es solo a aquellos que incurran en actos de irrespeto, ofensa y perturbación del Poder Judicial o uso abusivo de acciones judiciales”.

Al respecto, señaló que, en casos como las multas contra los demandantes del instructivo Onapre y la empleada de Pdvsa que denunció a El Aissami, “no ocurrieron ninguno de esos supuestos”.

 

“Estamos solo frente a funcionarios y empleados de la administración que acudieron al sistema de justicia porque se les vulneraron derechos constitucionales. En mi criterio, la decisión del Tribunal viola el principio pro actione, cuya finalidad es evitar las inadmisiones arbitrarias y garantizar la justicia en cada caso”, dijo Rojas.

Para finalizar, la abogada acotó: “No es usual, mucho menos en recursos de nulidad (…) Es arbitrario y  viola derechos y garantías constitucionales”.