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#CrónicasDeMilitares | Las elecciones para el Congreso de Angostura fueron controladas por el ejército
¿Cómo hacer unas elecciones parlamentarias en 1819, con el país en guerra y las tropas realistas dominando la mayoría del territorio? Bolívar acude al Ejército. Lo cívico depende ahora de lo militar…

 

@eliaspino

¿Cómo hacer unas elecciones parlamentarias en 1819, cuando el país está en guerra, y cuando las tropas realistas dominan la mayoría del territorio? Después de la superación de numerosos escollos, Bolívar se empeña en la fundación de instituciones modernas que le den plataforma sólida al proyecto republicano y al poder que ya ostenta. Controlado el mando de las huestes y manejable la situación del Oriente del país después de la invasión de Los Cayos, resuelve convocar un parlamento constituyente en Angostura. La credibilidad de la asamblea depende del ejercicio de la soberanía popular, un principio aceptado como fundamental desde 1811, pero también de lograr que esa soberanía se exprese sin provocar dudas.

No solo debe enfrentar a las fuerzas del general español Pablo Morillo, numerosas y bien dotadas, sino también a sus rivales del lado revolucionario. Un congreso capaz de crear nuevas instituciones acrecentaría su liderazgo ante los enemigos realistas y frente a los émulos del bando patriótico, por una parte; pero, igualmente, cambiaría el carácter del conflicto debido a la introducción del manual moderno de cohabitación que se echaba en falta. Para concretar el plan en una situación que apenas domina, el Libertador acude al único elemento confiable que puede manejar con tranquilidad relativa, y que puede influir en las comunidades en las cuales está asentado: el Ejército Libertador. Veremos de seguidas el Reglamento de Elecciones para el Congreso de 1819, en el cual se entrega el control del proceso electoral a la decisión de los hombres de armas.

Es un reglamento largo y meticuloso, de cuyo contenido se verán ahora los aspectos relativos a la puesta en marcha del proceso electoral y a su supervisión. Se trata de los siguientes fragmentos:

En cada división del Ejército Republicano será el Jefe de ella el comisionado para la convocación de sufragantes y demás que se expresará. (…)

Los jefes de cada división por sus propios conocimientos, y por el informe que adquieran de personas idóneas, se certificarán de los que existan al alcance de su mando con derecho de elegir; y de todas ellas formarán listas por el orden alfabético, con expresión de su naturaleza y vecindario, estado y edad. (…)

No pudiendo practicar por sí mismos esta averiguación, el llamamiento de los sufragantes, la presidencia del concurso de ellos y la recolección de sus votos, substituirán estas funciones en los oficiales más aptos. (…)

Si por las circunstancias en que a la sazón se hallare el Jefe o su División, creyere incompatible con ellas el llamamiento y concurrencia simultánea de todos los electores, los irá llamando o haciendo comparecer ante sus comisionados por el turno y orden que le parezca más conveniente, a fin de que cada uno vote lo más pronto posible, y sin mengua del servicio. (…)

Cada sufragante ha de estar bien advertido de que viene a elegir por sí mismo, y no por medio de otros electores, el diputado o diputados que tocaren a su división.

Será también advertido de que el acierto o  desacierto en la elección, depende la dicha o desdicha del país, y de que la Diputación, cualquiera que sea el lugar y cuerpo de donde ella resulte, no es para ninguno en particular, sino para la extensión de Venezuela. (…)

En cada una de las divisiones militares y provincias comprendidas en este reglamento, se verificará el escrutinio, comparación y cotejo de los votos, y se tendrán por elegidos para representantes los que hayan reunido a su favor la mayoría del número total de electores y para suplentes suyos, los que se hayan acercado más a esta mayoría. (…)

Concluida la recolección de votos en cada parroquia, el comisionado de ella la remitirá luego al Jefe de provincia o división encargado del escrutinio, comparación y cotejo de sufragios, a que pertenecieren los sufragantes parroquiales.

Se ha copiado una cita extensa, para que puedan calcular la profundidad y la minuciosidad del control que ejerce el ejército sobre los ciudadanos que deben enviar diputados a Angostura. De acuerdo con las órdenes del Consejo de Estado, dispuestas el 17 de octubre de 1818, se trata de un proceso que depende de  oficiales armados desde el momento de su inicio  y hasta la comunicación de los resultados. O desde sus vísperas, debido a que deben hacer los llamamientos con anticipación y disponer de los lugares en los cuales se realizarán las votaciones. Más todavía: pueden entrometerse en la decisión de los electores cuando deben explicarles cuando el voto es bueno para la república y cuando no lo es, de acuerdo con las indicaciones del Reglamento.

Hay constancia documental de que los factores escogidos cumplen su cometido (Las Fuerzas Armadas de Venezuela en el siglo XIX. Textos para su estudio, Caracas, Presidencia de la República, tomo 3, 1970). Es evidente cómo Bolívar cumple el propósito electoral con el auxilio esencial de los cuarteles, o sea, con la asistencia de la única organización disponible para un designio de envergadura en una situación amenazada por los realistas. Lo cívico depende ahora de lo militar debido a una necesidad, se advierte una conjunción que se debe observar con entusiasmo en medio de las limitaciones que todavía entorpecen el establecimiento republicano; pero que también puede depender de los intereses que el segundo elemento imponga sobre el primero. El no detenerse en tal posibilidad sería demasiado ingenuo.