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OEV: El CNE continúa violando la Constitución
El Observatorio considera que el CNE sigue legislando usurpando funciones de la Asamblea Nacional

El Observatorio Electoral Venezolano (OEV) aseguró que el Consejo Nacional Electoral (CNE) sigue violando la Constitución, al hacer modificaciones en la ley electoral seis meses antes del proceso convocado para el 6 de diciembre.

«Otra vez viola el artículo 298 de la Constitución que expresamente prohíbe que la legislación electoral se modifique en el lapso comprendido entre el día de la elección y los seis meses inmediatamente anteriores a la misma», expresó el OEV en un comunicado.

Agregaron que este principio constitucional busca garantizar que las reglas del juego de todo evento electoral «estén diáfanamente establecidas para todos con suficiente antelación y que no puedan ser alteradas en ese plazo prudencial».

El OEV igualmente indicó que el CNE también está legislando, usurpando funciones exclusivas de la Asamblea Nacional. Además señalaron que el 30 de junio aprobaron el Reglamento Especial para Regular la Elección de la Representación Indígena en la Asamblea Nacional 2020 y fue publicado en Gaceta Electoral el 27 de julio, casi un mes después. 

Aunque el Reglamento está dirigido a las comunidades indígenas, el OEV considera que afecta a todos los ciudadanos porque incide en la calidad del proceso electoral en curso. Explicaron además que la elección de estos tres diputados es casi insignificante porque con el incremento del número de diputados, de 167 a 277, estos tres parlamentarios representarán el 1,1% de la cámara, a diferencia del 1,8% que representan en la actualidad.

«Menospreciar así la relevancia de la representación indígena ante la AN sería, además, desconocer un derecho reconocido a esos pueblos por primera vez en la Constitución de 1999. Derecho que, por cierto, fue ya parcialmente menoscabado al reducir el peso de su representación para la nueva AN. No se trata de un problema de números; se trata de la erosión de calidad global de las venideras elecciones y, sobre todo, de irrespeto a los pueblos indígenas», expresó el OEV.

Sin voto directo

En el comunicado el OEV Indicó que el artículo 63 de la Constitución establece que el derecho al sufragio se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. 

Agregó que el sistema diseñado en el Reglamento Especial, el voto no es directo o secreto, porque los electores votan por unos voceros que serán quienes en definitiva voten por los postulados a diputados. «No es secreto porque expresamente se establece que tanto los voceros como los diputados serán electos en asambleas públicas a mano alzada. Se corre además el riesgo cierto de no ser libres, ya que al ser público, los electores podrían ser objeto de presiones».

Igualmente el OEV dijo que las comunidades indígenas en Venezuela son muchas y variadas, por lo que afirmar que las asambleas comunitarias son parte de las costumbres y prácticas ancestrales de todas ellas, «es cuando menos aventurado. ¿Deben, además, esas prácticas ancestrales impedir el ejercicio de nuevos derechos? El secreto del voto es ya un derecho ejercido por las comunidades indígenas y resulta inaceptable su eliminación».