¿Por qué las elecciones del #20May y la toma de posesión del #10Ene son ilegítimas? - Runrun
¿Por qué las elecciones del #20May y la toma de posesión del #10Ene son ilegítimas?

ESTE JUEVES 10 DE ENERO DE 2019 se llevó a cabo la toma de posesión del segundo mandato de Nicolás Maduro. El acto, muy cuestionado por muchos dentro y fuera de Venezuela, se llevó a cabo en el Tribunal Supremo de Justicia.

Sus rivales y gran parte de la comunidad internacional lo acusan de haberse convertido en un gobernante de facto. Estados Unidos lo tacha de «dictador» y el pasado viernes los países americanos en el Grupo de Lima aseguraron que no reconocerían su nuevo periodo presidencial.

Maduro, por su parte, reprocha a la oposición venezolana que se «ha vendido» a intereses extranjeros y culpa a Washington y a sus aliados de injerencia en los asuntos de Venezuela.

Tanto las elecciones presidenciales del 20 de mayo de 2018, como la juramentación del 10 de enero de 2019 son procesos que están llenos de irregularidades. Aquí algunas de ellas:

1. Las elecciones del 20 de mayo de 2018 fueron convocadas por la Asamblea Nacional Constituyente, en lugar del Consejo Nacional Electoral, organismo que tiene la competencia exclusiva para realizar tal convocatoria, según la Constitución. “Lo primero que debe recordarse es que la ANC carece de competencias para convocar a elecciones y para intervenir en el sistema electoral. Primero, porque la ANC es un órgano ilegítimo y fraudulento de origen que, en tal virtud, no puede asumir ninguna función pública. Segundo, porque la convocatoria a elecciones es una competencia exclusiva del Poder Electoral (artículo 293 de la Constitución)”, explica José Ignacio Hernández, profesor de Derecho Administrativo y Constitucional, en un informe publicado en Prodavinci.

Hernández precisa que este hecho impide considerar a estas elecciones libres y transparentes, “pues su realización quedó subordinada a los poderes absolutos e ilimitados de esa asamblea, que obra bajo el control político del régimen de Nicolás Maduro”.

2. A diferencia de las elecciones presidenciales anteriores, realizadas en 2013, a muchos candidatos y partidos políticos se les impidió participar. No fue una elección competitiva porque la ANC, mediante decreto, impidió a los principales partidos políticos opositores al gobierno de Nicolás Maduro postular candidatos a esta la elección, bajo el argumento de que incumplieron el proceso de “renovación” de sus nóminas y decidieron no participar en las elecciones municipales de diciembre de 2017.

3. La convocatoria violó el lapso mínimo de seis meses que debe mediar entre la convocatoria y la elección, de acuerdo con el artículo 298 de la Constitución. 

“El sentido de tal artículo es que las regulaciones de procesos electorales deben fijarse al menos seis meses antes de la elección, como manifestación de una de las condiciones básicas de integridad electoral, cual es el principio de certidumbre y seguridad jurídica. Ese lapso mínimo garantiza que todos los actores podrán organizarse con tiempo suficiente para participar en las elecciones. Tanto más,  cuando el nuevo período presidencial comenzará en enero de 2019, con lo cual, existía tiempo suficiente para organizar las elecciones antes de esa fecha, por ejemplo, en el último trimestre de 2018″, indica Hernández.
“Esta regulación viola el derecho de participación ciudadana en asuntos públicos –artículo 62 de la Constitución– así como el artículo 5 de la Carta Democrática Interamericana, conforme al cual ‘el fortalecimiento de los partidos y de otras organizaciones políticas es prioritario para la democracia’. En efecto, tal regulación contraviene la vigente Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones y además e sinjustificada, pues no existe ninguna ‘obligación depostular candidatos’. Por si fuera poco, se trata de una regulación retroactiva, pues para el momento en que los partidos políticos decidieron no participar en las municipales no existía ninguna regla electoral que obligaba a postular candidatos”, precisa José Ignacio Hernández.
4. En la elección imperó el ventajismo a favor de Nicolás Maduro, hecho denunciado por el candidato Henry Falcón y que incluso violó el llamado Acuerdo de Garantías, suscrito con el aval del CNE.

“Además del claro abuso de las cadenas presidenciales, se denunció que muchos entes y órganos de la Administración Pública incluyeron en sus sitios web mensajes de campaña a favor del candidato Maduro y que autoridades municipales y estadales de tendencia oficialista fomentaron o apoyaron el sabotaje de actos de campaña de candidatos distintos a Nicolás Maduro. A pesar de las denuncias presentadas por otros candidatos ante el Consejo Nacional Electoral, tales ilegalidades continuaron impunemente”, refiere Hernández.

5. Desde el punto de vista jurídico, la elección es considerada inexistente, aclara José Ignacio Hernández en el artículo Maduro “reelecto”. ¿Y ahora qué?, publicado en Prodavinci.

“Al haberse tratado de un proceso ilegítimo en su origen y violatorio de derechos electorales, el evento comicial del 20 de mayo debe considerarse, desde el punto de vista jurídico, inexistente”.

En cuanto a la toma de posesión del 10 de enero, estas son algunas de sus irregularidades:

1. Maduro se juramentó ante el Tribunal Supremo de Justicia y no ante la Asamblea Nacional. La Constitución determina que el nuevo presidente debe jurar su cargo ante esta cámara legislativa, pero también que «si por cualquier motivo sobrevenido el Presidente o Presidenta de la República no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia».

La tesis gubernamental es la de que la Asamblea no es competente para tomarle juramento al presidente mientras persista esta situación, por lo que procede que el presidente jure ante el Supremo. La oposición cree en cambio que todo obedece al plan de Maduro de neutralizar el poder del legislativo, cuyo control perdió en las urnas.

2. La Constitución venezolana establece en su artículo 231 que el candidato ganador de las elecciones «tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República el 10 de enero del primer año de su período constitucional».

Pese a que Maduro fue declarado vencedor en unos comicios celebrados en 2018, en realidad lo que expira ahora es el mandato inaugurado por el fallecido presidente Hugo Chávez con su victoria electoral de 2013. La muerte de Chávez pocos meses después de su triunfo llevó a la convocatoria de unas elecciones para elegir a su sucesor, pero no al inicio de un nuevo mandato. Cambiaba el presidente por la muerte del anterior, pero no el periodo presidencial.

Nuevas sanciones de Washington

El gobierno venezolano ya lleva meses pagando en forma de sanciones internacionales por una elección rechazada por Estados Unidos, la Unión Europea y el Grupo de Lima, y porque gran parte de la comunidad internacional considera a Maduro un gobernante ilegítimo.

Este mismo martes, Washington decretó una nueva ronda de medidas contra figuras de la élite política y empresarial venezolana.

Pero David Smilde, investigador especializado en Venezuela de la Washington Office of Latin America, no cree que Donald Trump vaya a «dar más pasos significativos a corto plazo».

«Trump ya tiene bastantes preocupaciones con el cierre del gobierno, con el muro con México y con la investigación de la supuesta colusión con Rusia», indica.

Aunque no descarta que la fecha del 10 de enero «tenga un valor simbólico que movilice a la oposición», dice que «no parece que las cosas vayan a cambiar mucho más».

*Con información de El Pitazo y BBC.