Tribunales no protegen eficazmente a víctimas de violencia de género de su agresor

Según el informe de la ONG, en la mayoría de los casos analizados se evidencia un patrón de revictimización de las mujeres que buscan justicia
la ONG hizo un llamado a que se debe incluir la perspectiva de género en las sentencias, enfatizando que su incorporación no es solo un asunto de mujeres, sino un compromiso para el cumplimiento de su derecho a la igualdad y a la no discriminación.

 

El informe Mitos y realidades de la violencia contra la mujer en Venezuela: historia de otro fracaso del Poder Judicial, presentado este jueves 23 de noviembre a través de un foro transmitido por Zoom, concluyó que los tribunales del país no están capacitados para atender casos de violencia contra la mujer.

En el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el próximo 25 de noviembre, Acceso a la Justicia destacó que en una gran cantidad de casos, las sentencias de la Sala Constitucional y la Sala de Casación Penal no cumplen con el propósito de la normativa vigente en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Acceso a la Justicia enfatizó que en un país donde varias ONG han denunciado la ocurrencia de 282 femicidios consumados y 120 más en grado de frustración solo durante el año 2022, debería existir un compromiso por parte del Estado de incluir en su actuación la perspectiva de género.

El análisis de la ONG, en el período comprendido entre 2018 a 2022, indicó que el número de sentencias de la Sala de Casación Penal es mucho menor al de la Sala Constitucional, pero que el porcentaje de decisiones sobre violencia contra la mujer de la primera es mucho mayor.

La sumatoria de sentencias entre ambas salas arrojó que durante los últimos 5 años se produjeron un total 5.276 decisiones, de ese total, 306 fueron en materia de violencia contra la mujer, lo que representa apenas el 5,80 % del total.

La cifra, según explicaron los analistas que participaron en el estudio, es baja dada la conflictividad que se vive en el país y en el contexto de emergencia humanitaria. 

El estudio determinó que 62 % de las decisiones fueron solo un trámite y no se le brindó a la víctima la atención necesaria, lo que se traduce en que “un elevado número de fallos que en realidad se limita a resolver temas procesales”. 

Adicionalmente, el estudio indicó que, con bastante frecuencia, los tribunales se niegan a conocer casos que no caen en su competencia, lo que se traduce en una dilatación en el proceso judicial, o toman decisiones formalistas que no protegen a las víctimas del agresor. 

Doblemente víctimas

Según el informe de la ONG, en la mayoría de los casos analizados, se evidencia un patrón de revictimización de las mujeres que buscan justicia.

Acceso a la Justicia señala que el retardo procesal en casos de violencia de género, la negligencia, omisiones y falta de sensibilidad, son algunos de los errores que comete el Estado cuando de temas de violencia de género se trata. 

“Estas prácticas no solo afectan a las víctimas individuales, sino que también tienen un impacto negativo en la confianza general en el sistema judicial”, se lee en el informe. 

La ONG afirmó que en 2023 continúa aplicándose el retardo procesal que “ignora, invisibiliza y potencia la vulnerabilidad de las víctimas”.

Por esta razón, la ONG hizo un llamado a que se debe incluir la perspectiva de género en las sentencias, enfatizando que su incorporación no es solo un asunto de mujeres, sino un compromiso para el cumplimiento de su derecho a la igualdad y a la no discriminación.

“Es urgente capacitar en la incorporación de la perspectiva de género a los operadores de justicia con protocolos, criterios de enjuiciamiento en materia de género, matrices de análisis o test de igualdad”, recomendó la organización. 

 

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Según el informe de la ONG, en la mayoría de los casos analizados se evidencia un patrón de revictimización de las mujeres que buscan justicia
la ONG hizo un llamado a que se debe incluir la perspectiva de género en las sentencias, enfatizando que su incorporación no es solo un asunto de mujeres, sino un compromiso para el cumplimiento de su derecho a la igualdad y a la no discriminación.

 

El informe Mitos y realidades de la violencia contra la mujer en Venezuela: historia de otro fracaso del Poder Judicial, presentado este jueves 23 de noviembre a través de un foro transmitido por Zoom, concluyó que los tribunales del país no están capacitados para atender casos de violencia contra la mujer.

En el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el próximo 25 de noviembre, Acceso a la Justicia destacó que en una gran cantidad de casos, las sentencias de la Sala Constitucional y la Sala de Casación Penal no cumplen con el propósito de la normativa vigente en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Acceso a la Justicia enfatizó que en un país donde varias ONG han denunciado la ocurrencia de 282 femicidios consumados y 120 más en grado de frustración solo durante el año 2022, debería existir un compromiso por parte del Estado de incluir en su actuación la perspectiva de género.

El análisis de la ONG, en el período comprendido entre 2018 a 2022, indicó que el número de sentencias de la Sala de Casación Penal es mucho menor al de la Sala Constitucional, pero que el porcentaje de decisiones sobre violencia contra la mujer de la primera es mucho mayor.

La sumatoria de sentencias entre ambas salas arrojó que durante los últimos 5 años se produjeron un total 5.276 decisiones, de ese total, 306 fueron en materia de violencia contra la mujer, lo que representa apenas el 5,80 % del total.

La cifra, según explicaron los analistas que participaron en el estudio, es baja dada la conflictividad que se vive en el país y en el contexto de emergencia humanitaria. 

El estudio determinó que 62 % de las decisiones fueron solo un trámite y no se le brindó a la víctima la atención necesaria, lo que se traduce en que “un elevado número de fallos que en realidad se limita a resolver temas procesales”. 

Adicionalmente, el estudio indicó que, con bastante frecuencia, los tribunales se niegan a conocer casos que no caen en su competencia, lo que se traduce en una dilatación en el proceso judicial, o toman decisiones formalistas que no protegen a las víctimas del agresor. 

Doblemente víctimas

Según el informe de la ONG, en la mayoría de los casos analizados, se evidencia un patrón de revictimización de las mujeres que buscan justicia.

Acceso a la Justicia señala que el retardo procesal en casos de violencia de género, la negligencia, omisiones y falta de sensibilidad, son algunos de los errores que comete el Estado cuando de temas de violencia de género se trata. 

“Estas prácticas no solo afectan a las víctimas individuales, sino que también tienen un impacto negativo en la confianza general en el sistema judicial”, se lee en el informe. 

La ONG afirmó que en 2023 continúa aplicándose el retardo procesal que “ignora, invisibiliza y potencia la vulnerabilidad de las víctimas”.

Por esta razón, la ONG hizo un llamado a que se debe incluir la perspectiva de género en las sentencias, enfatizando que su incorporación no es solo un asunto de mujeres, sino un compromiso para el cumplimiento de su derecho a la igualdad y a la no discriminación.

“Es urgente capacitar en la incorporación de la perspectiva de género a los operadores de justicia con protocolos, criterios de enjuiciamiento en materia de género, matrices de análisis o test de igualdad”, recomendó la organización. 

 

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