CNE acabó con el voto directo para elegir a los diputados indígenas - Runrun
CNE acabó con el voto directo para elegir a los diputados indígenas
Según el abogado constitucionalista Juan Manuel Raffalli,  los cambios que están haciendo desde el CNE, como esta reforma de la elección de los representantes indígenas, “simplemente no son legales”

 

El Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció un nuevo reglamento para la escogencia de los diputados indígenas a la Asamblea Nacional, cambios que van en contra de lo establecido en la Constitución y que además se basan en la desaplicación de varios artículos de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), y tiene como resultado el fin de la elección directa de los diputados indígenas.

Al momento de designar a los nuevos rectores del CNE, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en su fallo 0068, también anunció de forma unilateral la desaplicación de hasta 10 artículos de la Lopre con respecto a la escogencia de diputados como representantes de los pueblos indígenas del país, esto se ve reflejado en el nuevo reglamento especial que el órgano comicial publicó el pasado 24 de julio.

Los artículos que no se aplicarán para la elección son el 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182 y el 186, todos los cuales determinan condiciones, requisitos y la forma en la que se elegirán los representantes indígenas al Parlamento, esto, de acuerdo con el CNE, con el objetivo de “reivindicar las costumbres, usos y prácticas de las comunidades indígenas”, algo que reflejan en una nota de prensa.

La nueva normativa del CNE establece un sistema totalmente nuevo de votación, en el que se acaba con la elección en primer grado que ha existido en los procesos anteriores. Esta nueva normativa viola los artículos 3 (personalización del voto) y 16 (derecho al voto nominal) de la Lopre, y los artículos 5 (soberanía ejercida indirectamente mediante el sufragio) y 63 (voto universal, secreto y directo, y garantizar personalización del sufragio) de la Constitución.

 

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