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ANC impone IVA de hasta 25% para operaciones con divisas y criptomonedas

Redacción Runrun.es
Hace 5 años
Según la Gaceta Oficial 6.507 la alícuota impositiva general del IVA sostendrá “un límite mínimo de ocho por ciento (8%) y un máximo de dieciséis y medio por ciento (16,5%)”.

La Asamblea Nacional Constituyente (ANC) aprobó una reforma de Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que tendrá una sobretasa de entre 5% y 25% para todas las operaciones con divisas o criptomonedas, con la excepción del “petro”.

De acuerdo con la Gaceta Oficial 6.507 la alícuota impositiva general del IVA sostendrá “un límite mínimo de ocho por ciento (8%) y un máximo de dieciséis y medio por ciento (16,5%)”.

En cuanto a los bienes y prestaciones de servicios de consumo suntuario, la reforma estableció una alícuota adicional “entre un límite mínimo de quince por ciento (15%) y un máximo de veinte por ciento (20%)”.

“Se aplicará una alícuota adicional que podrá ser modificada por el Ejecutivo Nacional y estará comprendida entre un límite mínimo de cinco por ciento (5%) y un máximo de veinticinco por ciento (25%) a los bienes y prestaciones de servicios pagados en moneda extranjera, criptomoneda o criptoactivo distinto a los emitidos y respaldados por la República Bolivariana de Venezuela, en los términos señalados en el artículo 62 de esta Ley”, dice el texto.

 

En tal sentido, se aplicará un impuesto adicional al común a todas las operaciones con dólares, euros o cualquier divisa y criptomonedas distintas al petro.

Con información de La Patilla

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