El Colegio Nacional de Periodistas (CNP) de Venezuela y la ONG Espacio Público denunciaron este 20 de octubre que la Reforma de Ley Contra el Odio propuesta por la Asamblea Nacional (AN) del 2025 y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), ambos liderados por el Partido Socialista Unido de Venezuela, sigue vulnerando la libertad de expresión en Venezuela.
«Sustituir la cárcel por multas desproporcionadas, cierres o bloqueos no elimina la persecución: la reconfigura. Frente a la discusión sobre la #LeyContraElOdio, desde el CNP lo advertimos: no hay avance hacia la libertad, sino una mutación del castigo», denunció la institución gremial en sus redes sociales.
Por su parte, Espacio Público divulgó un informe sobre las vulneraciones a la libertad de expresión que la reforma de Ley seguiría cometiendo, así como unos nuevos incumplimientos a las normativas venezolanas.
En Runrun.es te lo resumimos en cuatro claves:
Aprobación opaca en tiempo récord
La AN 2025 presentó el documento el 17 de octubre, dos días después que la Sala Constitucional del TSJ aprobara la reforma en primera instancia.
Espacio Público, además, denunció que el TSJ aprobó la reforma «dos días después de recibir el proyecto, sin audiencia pública ni participación de terceros. Invoca el Plan de Rabat y los estándares internacionales, pero no los aplica a ninguna disposición. Esto plantea varias inquietudes sobre el procedimiento».
Al revisar el documento de la reforma, la ONG no pudo corroborar si el Poder Judicial convalidó los artículos de la Ley Contra el Odio con la Constitución Nacional, más allá del origen ilegítimo de la normativa en 2017, porque la Asamblea Nacional Constituyente no tiene competencias legales de crear leyes: solo modificar la Carta Magna.
Los conceptos vagos se mantienen
«Las definiciones de “hostigamiento”, “mensaje discriminatorio” y “convivencia democrática y paz” son abiertas y no exigen intención ni probabilidad de daño. En la definición de “mensaje de violencia” no se califica ni se explica el concepto de “ataque”, además prioriza la “protección del funcionamiento de las instituciones”, sin tampoco dejar clara esa noción», advierte la ONG.
El Ministerio de Poder, Justicia y Paz sería la institución con capacidad de sancionar a las personas.
«Esto ampliaría la discrecionalidad porque no se definen criterios claros para aplicar las multas, ya que persisten nociones amplias, vagas y genéricas, que además no serán interpretadas bajo los controles judiciales que exigen el debido proceso y la presunción de inocencia», continúa la ONG en su informe.
Multas desproporcionadas
Espacio Público insistió en que la reforma no compadece ante los estándares de las Naciones Unidas para aplicar la Ley. Si bien ya no se privará de libertad a las personas —cosa que pasó entre 2017 y 2026 con más de 900 personas, según la ONG Foro Penal—, las multas que acarrean las sanciones son desproporcionadas para la ambigüedad de los conceptos en la ley.
«Las multas van de 500 a 10.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor (en la práctica, entre 500 y 10.000 euros). Para quien percibe el ingreso mínimo integral equivalen a entre 2,3 y 47 meses de ingresos, y su efecto inhibitorio puede igualar o superar al de la sanción penal», denunció la ONG.
Además, el Poder Ejecutivo tiene la potestad de mandar a quitar inmediatamente contenido que considere violento sin ninguna intervención judicial.
Sin reparación humanitaria
El artículo 26 de la reforma establece que las autoridades pueden imputar otros delitos presentes en el Código Penal a partir de la denuncia que nació bajo la nueva Ley Contra el Odio. Entre las vías de imputación «alternativa» está el delito de «instigación al odio» expuesta en el artículo 258 del Código Penal.
Espacio Público denunció que el documento avalado por el TSJ tampoco permite la reparación de las víctimas por la Ley Contra el Odio en el pasado.
«No ordena el sobreseimiento de las causas abiertas, la libertad de las personas detenidas, la eliminación de antecedentes, el levantamiento de los bloqueos ni la restitución de las concesiones revocadas. La presidenta encargada reconoció el 29 de septiembre que “se hizo un uso abusivo de esa ley”, pero el proyecto no extrae ninguna consecuencia de ese reconocimiento», concluyó la ONG.






