La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aprobó resoluciones de medidas cautelares a favor de tres casos sensibles en Venezuela, luego de analizar solicitudes en las que concluye que sus vidas o integridad pueden estar en riesgo grave. Estos casos corresponden al del excandidato presidencial, Enrique Márquez, el exalcalde de Barquisimeto, Macario González y su familia, y parientes del capitán Antonio Sequea, preso político.
La medida busca que el Estado venezolano garantice su protección, acceso a la justicia y condiciones dignas de detención, de ser el caso.
La protección institucional se activó luego de que las víctimas o sus representantes documentaran hostigamientos, detenciones arbitrarias, incomunicación, tortura o ambientes de alto riesgo. La CIDH fundamentó sus decisiones en el deber del Estado de adoptar medidas urgentes para evitar daño irreparable, tal como lo establece su normativa.
En los tres casos, la Comisión reclama al Estado venezolano adoptar las medidas necesarias para garantizar la vida, integridad personal, debido proceso, defensa jurídica y condiciones apropiadas de detención.
Protección a la vida de los afectados
La CIDH considera que Márquez, excandidato presidencial y docente universitario detenido en el contexto de denuncias por irregularidades en elección presidencial, según el expediente, se encuentra en situación de “Alto Riesgo“, vinculada a la falta de acceso a defensa, aislamiento, o posibles condiciones de detención contrarias al trato humano.
En ese sentido, instan a “adoptar de inmediato las medidas necesarias para proteger la vida e integridad personal de la persona beneficiaria, incluyendo acceso a la defensa, asistencia médica y condiciones de reclusión dignas”.
Respecto a Macario González, la CIDH destacó que se enfrenta a trato diferenciado, “incomunicación y ausencia de investigación efectiva sobre su situación”, por lo que insta al Estado a que asegure su integridad persona, informe sobre su situación jurídica, “garantice acceso a visitas familiares y divulgue la ubicación exacta de la detención”.
Asimismo, piden que se garantice que Anabella Liliana Machado Astudillo, María Verónica González Machado y otra familiar menor de edad del dirigente político “no sean objeto de amenazas, hostigamientos, intimidaciones o actos de violencia”, toda vez que se denunciaron actos de hostigamiento y seguimiento en contra de ellas, incluida la presencia de vehículos cerca del colegio de la niña y del domicilio familiar.
En el caso de Merys Torres de Sequea y Ana Zoris Gutiérrez, madre y prima respectivamente del capitán Antonio Sequea – privado de la libertad por supuestos delitos de terrorismo y traición a la patria por su presunta participación en la “Operación Gedeón”- exigen que el Estado informe si se encuentran bajo custodia del Estado y, en caso afirmativo, indique el lugar, el motivo y las circunstancias de su detención; o bien, las medidas tomadas a fin de determinar su paradero.
El destino de ambas señoras se desconoce el desde el pasado 20 de septiembre, cuando salieron de su residencia con el objetivo de comprar medicamentos para Antonio José de Sequea. En esa oportunidad, fueron detenidas presuntamente de manera arbitraria por hombres encapuchados, armados y vestidos de negro, quienes afirmarían ser funcionarios de la PNB. La detención se habría producido sin una orden de aprehensión y sin que se conociera de una investigación en su contra. Desde ese día sus familiares no tienen información sobre ellas, ni ha habido un pronunciamiento oficial o extraordinario sobre su detención, por lo que la situación fue denominada como “desaparición forzada”.
La madre del capitán Sequea sufre de varias patologías, como hipertensión arterial severa, artritis espondilitis con desgaste de tres vértebras, desgaste en la rótula de la rodilla izquierda, vértigos y cefaleas y debe tomar varios medicamentos diarios para tratar sus afecciones.
La CIDH refiere también que, por el hecho de que Macario González Arias (73 años), Enrique Octavio Márquez Pérez (62 años), Merys Torres de Sequea (71 años) y Ana Zoris Gutiérrez Torres (63 años) sean personas adultas mayores, su edad se debe tomar en cuenta para adoptar “medidas especiales de protección en atención al ciclo de vida y los factores de
riesgo asociados al envejecimiento”. Recuerdan que la Corte ha resaltado que las personas mayores enfrentan una vulnerabilidad particular en cuanto al acceso a la salud, debido a diversos factores como limitaciones físicas, problemas de movilidad, condiciones económicas, gravedad de las enfermedades, y las posibilidades de recuperación; por lo que ha subrayado “la necesidad de garantizar al adulto mayor, de manera clara y comprensible, toda la información necesaria sobre su diagnóstico o situación específica, así como las medidas o tratamientos disponibles para abordar su condición”.
La Comisión pone a Venezuela un plazo de quince día contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, para que informe sobre la adopción de las medidas cautelares requeridas y actualizar dicha información en forma periódica.
*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa, con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.



