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Ministerio del Interior

Resolución conjunta sobre alcabalas policiales y militares es un texto viciado de origen
El texto pretende dar sustento legal a las llamadas alcabalas, ahora llamadas puntos de control

 

La Constitución en la cúspide, las leyes en el medio y luego los reglamentos y demás actos administrativos del Ejecutivo, por ejemplo, las resoluciones. Desde que el jurista y filósofo austriaco Hans Kelsen (1881-1973) planteó la idea de que el sistema jurídico opera según un modelo jerárquico, esta idea ha sido acogida en la inmensa mayoría del mundo, incluyendo a Venezuela. No obstante, cada vez con más frecuencia las autoridades nacionales se saltan este modelo a fin de regular derechos fundamentales con instrumentos no adecuados para tal fin, una situación que afecta aún más al ya mancillado Estado de derecho.

La resolución conjunta que los ministerios de la Defensa e Interior, Justicia y Paz anunciaron el pasado 7 de septiembre de 2022, contentiva de las Normas relativas a la instalación, supervisión, evaluación, registro y seguimiento de los Puntos de Control de los órganos de Seguridad Ciudadana y la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, es el último caso conocido en el que la actual administración ha obviado la llamada pirámide de Kelsen, y a través de un acto administrativo ha pretendido regular los derechos constitucionales al libre tránsito y a la libertad individual.

El texto pretende dar sustento legal a las llamadas alcabalas, ahora llamadas «puntos de control». En este sentido, en su artículo 4 establece que las mismas pueden ser «fijas o móviles», que se instalarán en aquellas áreas donde «la ocurrencia delictiva y de hechos que constituyan faltas» así lo requiera y que en ellas participarán policías y militares.

Por su parte, en el artículo 7 se establece que estos dispositivos tendrán por misión «evitar la perpetración de hechos punibles», así como «la supervisión y control de la documentación emitida por el órgano competente para el tránsito», dar información a la ciudadanía y «realizar revisiones y detenciones ante la comisión de hechos punibles».

Las disposiciones anteriores dejan en claro que los puntos de control suponen una restricción al libre tránsito e incluso pueden llevar a la privación de libertad de una persona. Aunque en la resolución se citan como base legal las leyes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB); del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana; de Coordinación de Seguridad Ciudadana; de Seguridad de la Nación; y el Código Penal, lo cierto es que ninguno de estos textos prevé expresamente esta figura.

La Constitución, en sus artículos 137 y 187 deja en claro que es competencia de la Asamblea Nacional (AN) legislar en materia de derechos, deberes y garantías constitucionales. En otras palabras, solamente el Parlamento mediante una ley podría establecer la figura de los puntos de control y facultarlos para restringir los derechos al libre tránsito o alguna otra libertad de los habitantes del país.

No es algo nuevo

Las alcabalas son una de las herramientas más utilizadas en Venezuela por los cuerpos policiales para luchar contra el crimen, pero han sido empleadas en no pocas ocasiones para cometer actos de corrupción y extorsión y fechorías aún más graves, como ocurrió en 2005 y en 2006 en el caso del ajusticiamiento de un grupo de estudiantes en el barrio Kennedy y el secuestro y posterior asesinato de los hermanos Faddoul.

Estos hechos llevaron a las autoridades a intentar fijarle algunas reglas a estos dispositivos. Así lo hizo en mayo de 2006 el Ministerio del Interior con su resolución 189, mediante la cual fijó las condiciones para el «establecimiento de Alcabalas y Puntos Policiales de Control Móvil en áreas urbanas, en las vías, lugares o establecimientos públicos en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a fin de proteger la seguridad ciudadana».

Por ejemplo, este texto fijó que los puntos de control debían estar debidamente identificados, así como los funcionarios que en él participaran, y que no podían ubicarse en zonas oscuras, sin el debido alumbrado público o estar encapuchados.

En 2017 esta primera normativa fue derogada por otra, publicada en Gaceta Oficial n.° 41.304 del 20/12/2017, que también ha quedado sin efecto.

No todo es malo

La resolución conjunta de los ministerios de la Defensa y del Interior mantiene, en su artículo 13 la prohibición de que los agentes del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) y del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) instalen puntos de control.

Esto es positivo pues ambos cuerpos figuran en distintos reportes de organizaciones nacionales e internacionales como responsables de la comisión de graves violaciones a los derechos humanos: el CICPC destaca por ser junto a la Policía Nacional Bolivariana (PNB) el más señalado de estar implicado en ajusticiamientos, mientras que al Sebin la Misión Internacional Independiente de Determinación de Hechos sobre Venezuela lo responsabiliza de ejecutar detenciones arbitrarias y torturas.

Ahora bien, entre las novedades de la resolución comentada sobresale el artículo 20, en el cual establece que las personas «en el ejercicio de sus derechos constitucionales y legales», podrán hacer grabaciones de audio y de video de los procedimientos policiales en las alcabalas.

Asimismo, la norma señala que «ninguna persona podrá ser obligada a entregar sus equipos de telefonía celular o de grabación antes, durante o después del procedimiento de verificación rutinaria que realicen las autoridades en el punto de control, ni a borrar su contenido».

Adicionalmente, el artículo 20 indica expresamente que

«la retención de documentación y pertenencias, incluyendo equipos de telefonía, únicamente podrá realizarse en los supuestos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, esto es, ante la comisión flagrante de un delito o por orden judicial, y demás legislación vigente aplicable que así lo establezca».

Por último, queda terminantemente prohibido por parte de los funcionarios y funcionarias policiales y militares el cobro de dádivas, contribuciones y «apoyos económicos» a las personas que transitan libremente por el territorio nacional. Llama la atención que se utilice el eufemismo «apoyo económico» a lo que no es más que un delito y que debió calificarse de acuerdo con los supuestos de la Ley contra la Corrupción. Esta expresión, además de errada jurídicamente, le resta valor a la gravedad de lo que ocurre en las alcabalas, y queriendo hacerlo pasar como un avance, es más bien el reconocimiento de una realidad, pero sin calificarla de manera correcta.

Sin embargo, estos aspectos positivos quedan deslucidos o viciados por el hecho de que el Ejecutivo, en este caso, los ministerios de la Defensa y del Interior no están facultados por una ley para la creación y regulación de las alcabalas o puntos de control.

Una resolución administrativa es un acto subordinado o sublegal que inexorablemente debe respetar normas superiores como la Constitución, las leyes y decretos leyes, y no puede establecer reglas o comportamientos que deben ser desarrollados por el legislador, como aquellos limitantes de los derechos humanos, tal cual son los puntos de control que limitan la libertad de tránsito.

Más vicios

Como si el hecho de que la resolución regula una figura no prevista en ningún texto legal no fuera suficiente, también hay que recordar que la misma fue anunciada antes de que fuera publicada oficialmente.

El texto fue informado por los ministerios que la dictaron el 7 de septiembre, pero no fue sino hasta el 21 del mismo mes que apareció publicada en la Gaceta Oficial n.º 42.458, aunque con fecha del día 8. Esta es una práctica recurrente que refuerza la inseguridad jurídica que existe en el país y que prueba la opacidad con la que las actuales autoridades toman sus decisiones.

MUD no asistirá a llamado del gobierno y anuncia agenda de calle para la semana

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En rueda de prensa, el gobernador del estado Miranda, Henrique Capriles Radonski, acompañado por el jefe de la Fracción Parlamentaria de la Unidad Democrática, Stalin González y el vicepresidente de la AN, Freddy Guevara, se conoció que la oposición no acudirá a la reunión que propuso el gobierno para debatir el tema de una posible Asamblea Nacional Constituyente este lunes y en su lugar marchará al Ministerio de Educación.

«La Unidad no va a asistir a esta reunión. Nos vamos a movilizar al Ministerio de Educación. Vamos a ir al despacho del señor Jaua, acompañado del pueblo, a recordarle la Constitución», sentenció el mandatario regional.

«No se hagan parte de un proceso fraudulento. Los venezolanos tenemos una Constitución y para cambiarla aquí están los mecanismos previstos. Nosotros no vamos a una reunión en aire acondicionado, a ser parte de un proceso que es fraudulento», insistió.

La agenda de calle para esta semana quedó elaborada de la siguiente manera:

Lunes 8 de mayo: Marcha hacia el Ministerio de Educación en Caracas a partir de las 10 de la mañana y hacia las sedes del despacho en el interior de la nación.

Martes 9 de mayo: Se realizarán asambleas de ciudadanos y cabildos abiertos en todo el país para informar al pueblo sobre la Constituyente convocada por Maduro. También se hará una sesión en la Asamblea Nacional con participación de diversas ONG para denunciar la represión en las protestas.

Miércoles 10 de mayo: Marcha hacia el Ministerio del interior, Justicia y Paz y todas sus sedes en el interior del país. Se denominará «Nuestro escudo es la constitución».

Jueves 11 de mayo: Pronunciamiento de la Unidad sobre hoja de ruta. Diputados acudirán a sus respectivos estados para recoger denuncias de la gente.

Viernes 12 de mayo: Marcha de los abuelos hasta la sede de la Defensoría del Pueblo y a sus sedes en todos los estados.

Sábado 13 de mayo: Marcha denominada «La unión de los estados», donde se tratarán de movilizarse de un estado a otro. La MUD informó que dará detalles de la movilización en el transcurso de la semana.

 

Secuestran y roban en su casa a exvicepresidenta Adina Bastidas

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Dos hombres y una mujer irrumpieron en el apartamento de la exvicepresidenta ejecutiva de Venezuela (2000-2002), Adina Bastidas, luego del mediodía de este martes, 13 de enero de 2015. La sometieron con armas de fuego y luego la amordazaron y ataron con telas.  Le robaron algunas pertenencias y la forzaron a trasladarse a casa de otros vecinos del mismo piso (PH), donde también cometieron atracos.

Afectada aún por el suceso, Bastidas contó a los habitantes del Conjunto Residencial Hacienda Humboldt, ubicada en la urbanización los Rosales, parroquia San Pedro  (municipio Libertador), mientras se quitaba las mordazas, que le apuntaron y pidieron que no los mirara a la cara.

La forma como entraron al hogar no quedó clara, aunque se pudo conocer que los maleantes entraron en un carro por el estacionamiento. Comentó que los asaltantes tenían buena presencia, cargaron con lo robado (trascendió que joyas y dólares, entre otros) y se retiraron. No fueron capturados. En las residencias opera una compañía de vigilantes. Dos de sus miembros dijeron estar sorprendidos y no tener idea de cómo ingresaron los tres antisociales al conjunto. «No vimos ni escuchamos nada raro, tal vez entraron dentro de un carro».

Al ser informados los cuerpos policiales, llegó una comisión de la Guardia Nacional Bolivariana y la Policía Nacional Bolivariana. También funcionarios del Cicpc. Controlaron accesos de entrada y salida y revisaron a algunas personas que transitaban con morrales o bolsas. Hubo tensión entre los vecinos cuando se conoció que existía la posibilidad de que los hampones estuvieran escondidos en algún lugar de los edificios que conforman el conjunto. Antes del anochecer, las motos de alta cilindrada de los funcionarios fueron retiradas de las áreas comunes. Uno de los hijos de Bastidas los acompañó.

Durante la mañana del miércoles 14 de enero, una comisión de la división contra Robos del Cicpc se presentó en el lugar para realizar las pesquisas. Otro de sus hijos, Daniel Ramírez Bastidas, dio la noticia en la red social Twitter

 

Adina Bastidas fue la primera mujer en ocupar el cargo de vicepresidenta ejecutiva de la República Bolivariana de Venezuela, fue nombrada por el expresidente Hugo Chávez, el 24 de diciembre del año 2000. Luego representó a Venezuela en el Banco Interamericano de Desarrollo. Es egresada y docente de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales (FACES) de la UCV. Formaba parte del ala de académicos de izquierda que acompañaron al chavismo desde sus inicios.