Salida de la CPI: la investigación sobre Venezuela no se detiene

El pasado 24 de julio, Venezuela notificó al secretario general de la Organización de las Naciones Unidas su decisión de retirarse del Estatuto de Roma, el tratado internacional que dio origen a la Corte Penal Internacional (CPI). Sin embargo, esta medida no produce no genera inconvenientes inmediatamente ya que de acuerdo a lo establecido en el artículo 127.1 del mencionado Estatuto, la denuncia entra en vigencia un año después de ser recibida, por lo que el Estado venezolano dejará de ser parte del tratado de manera definitiva el 24 de julio de 2027. 

La precisión sobre estos lapsos de tiempo resulta ser importante porque la decisión no interrumpe la investigación sobre la situación Venezuela, abierta por la Fiscalía de la CPI en noviembre de 2021. Tampoco se eliminan las obligaciones internacionales que asumió el país durante el tiempo en que el tratado ha sido aplicable.

El artículo 127.2 del Estatuto dispone expresamente que el retiro no libera al Estado de las responsabilidades derivadas mientras fue parte, ni afecta la cooperación con el tribunal respecto a las investigaciones y procedimientos iniciados antes de que la denuncia sea efectiva. Por lo tanto, la Corte conserva la información sobre presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en territorio venezolano o por ciudadanos venezolanos hasta el 24 de julio de 2027, abarcando hechos ocurridos al menos desde febrero de 2014. 

Rendición de cuentas

Venezuela fue uno de los primeros países del continente suramericano en ratificar el Estatuto de Roma el 7 de junio de 2000, participando activamente en la creación del sistema de la CPI, pero tras la notificación de retiro resulta indispensable recordar lo establecido en el artículo 29 de la Constitución, el cual obliga al Estado a investigar y sancionar los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades. 

Esta norma constitucional consagra la perpetuidad de las acciones para sancionar crímenes de lesa humanidad, violaciones graves de derechos humanos y crímenes de guerra, excluyendo cualquier beneficio que pueda generar impunidad. 

Es así que, desde esta perspectiva la decisión de separarse del tratado representa un retroceso en los mecanismos internacionales de protección y rendición de cuentas disponibles para las víctimas y por lo cual, la presidencia de la Asamblea de los Estados Partes exhortó a las autoridades a reconsiderar la medida porque puede reducir a futuro la tutela penal internacional para los venezolanos en caso de que ocurran nuevos sucesos una vez que el país esté retirado.

Presión contra la CPI

La decisión venezolana coincide con la presión de Estados Unidos hacia la CPI ya que el secretario de Estado, Marco Rubio, ha promovido una política de cuestionamiento a la jurisdicción del tribunal, acompañada de la ampliación de sanciones contra sus funcionarios. Por esto mismo, el 18 de agosto Washington anunció nuevas medidas financieras y personales contra la presidenta de la Corte, la jueza Tomoko Akane, y el abogado principal de juicio, Abdoulaye Seye, sumando 9 de 18 jueces bajo sanciones de Estados Unidos. 

A pesar de estas fuertes medidas jurídicas, generan un gran impacto  institucional porque dificultan desplazamientos y operaciones financieras de la organización, no modifican las competencias de la CPI ni anulan jurídicamente sus decisiones, pero las consecuencias jurídicas para Venezuela se rigen por las reglas del Estatuto de Roma y no por políticas externas.

Reorganización e impacto

La denuncia venezolana también viene en paralelo con cambios en la dirección de la Fiscalía de la CPI porque el 24 de julio, la Asamblea de los Estados Partes aprobó con 82 votos la remoción del fiscal Karim Khan por falta e incumplimiento grave de sus deberes, de conformidad con el artículo 46 del Estatuto. 

Este procedimiento no afectó la investigación de Venezuela , de la cual Khan se había retraído en septiembre de 2025. Desde esa fecha, el vicefiscal Mame Mandiaye Niang lidera la causa para garantizar la continuidad del expediente a la espera de que la Asamblea elija a un nuevo fiscal titular. 

Para el ciudadano venezolano, la salida de Venezuela de la CPI no significa el fin de los procesos en curso ni que se dejen atrás responsabilidades pasadas, sino que la Corte mantendrá sus investigaciones sobre los hechos comprendidos en el período de vigencia del Estatuto y el Estado deberá conservar su cooperación. 

Es así, que el impacto que esperan se empiece a mostrar a partir del 24 de julio de 2027, momento en que la protección de la justicia penal internacional quedará restringida por completo frente a nuevos acontecimientos en el país. 

Con información de Nota de Prensa.

*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa, con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.

A pesar del retiro del Estatuto de Roma, la organización garantiza la continuidad del caso de Venezuela y la obligación del Estado de responder por presuntos crímenes de lesa humanidad
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El pasado 24 de julio, Venezuela notificó al secretario general de la Organización de las Naciones Unidas su decisión de retirarse del Estatuto de Roma, el tratado internacional que dio origen a la Corte Penal Internacional (CPI). Sin embargo, esta medida no produce no genera inconvenientes inmediatamente ya que de acuerdo a lo establecido en el artículo 127.1 del mencionado Estatuto, la denuncia entra en vigencia un año después de ser recibida, por lo que el Estado venezolano dejará de ser parte del tratado de manera definitiva el 24 de julio de 2027. 

La precisión sobre estos lapsos de tiempo resulta ser importante porque la decisión no interrumpe la investigación sobre la situación Venezuela, abierta por la Fiscalía de la CPI en noviembre de 2021. Tampoco se eliminan las obligaciones internacionales que asumió el país durante el tiempo en que el tratado ha sido aplicable.

El artículo 127.2 del Estatuto dispone expresamente que el retiro no libera al Estado de las responsabilidades derivadas mientras fue parte, ni afecta la cooperación con el tribunal respecto a las investigaciones y procedimientos iniciados antes de que la denuncia sea efectiva. Por lo tanto, la Corte conserva la información sobre presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en territorio venezolano o por ciudadanos venezolanos hasta el 24 de julio de 2027, abarcando hechos ocurridos al menos desde febrero de 2014. 

Rendición de cuentas

Venezuela fue uno de los primeros países del continente suramericano en ratificar el Estatuto de Roma el 7 de junio de 2000, participando activamente en la creación del sistema de la CPI, pero tras la notificación de retiro resulta indispensable recordar lo establecido en el artículo 29 de la Constitución, el cual obliga al Estado a investigar y sancionar los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades. 

Esta norma constitucional consagra la perpetuidad de las acciones para sancionar crímenes de lesa humanidad, violaciones graves de derechos humanos y crímenes de guerra, excluyendo cualquier beneficio que pueda generar impunidad. 

Es así que, desde esta perspectiva la decisión de separarse del tratado representa un retroceso en los mecanismos internacionales de protección y rendición de cuentas disponibles para las víctimas y por lo cual, la presidencia de la Asamblea de los Estados Partes exhortó a las autoridades a reconsiderar la medida porque puede reducir a futuro la tutela penal internacional para los venezolanos en caso de que ocurran nuevos sucesos una vez que el país esté retirado.

Presión contra la CPI

La decisión venezolana coincide con la presión de Estados Unidos hacia la CPI ya que el secretario de Estado, Marco Rubio, ha promovido una política de cuestionamiento a la jurisdicción del tribunal, acompañada de la ampliación de sanciones contra sus funcionarios. Por esto mismo, el 18 de agosto Washington anunció nuevas medidas financieras y personales contra la presidenta de la Corte, la jueza Tomoko Akane, y el abogado principal de juicio, Abdoulaye Seye, sumando 9 de 18 jueces bajo sanciones de Estados Unidos. 

A pesar de estas fuertes medidas jurídicas, generan un gran impacto  institucional porque dificultan desplazamientos y operaciones financieras de la organización, no modifican las competencias de la CPI ni anulan jurídicamente sus decisiones, pero las consecuencias jurídicas para Venezuela se rigen por las reglas del Estatuto de Roma y no por políticas externas.

Reorganización e impacto

La denuncia venezolana también viene en paralelo con cambios en la dirección de la Fiscalía de la CPI porque el 24 de julio, la Asamblea de los Estados Partes aprobó con 82 votos la remoción del fiscal Karim Khan por falta e incumplimiento grave de sus deberes, de conformidad con el artículo 46 del Estatuto. 

Este procedimiento no afectó la investigación de Venezuela , de la cual Khan se había retraído en septiembre de 2025. Desde esa fecha, el vicefiscal Mame Mandiaye Niang lidera la causa para garantizar la continuidad del expediente a la espera de que la Asamblea elija a un nuevo fiscal titular. 

Para el ciudadano venezolano, la salida de Venezuela de la CPI no significa el fin de los procesos en curso ni que se dejen atrás responsabilidades pasadas, sino que la Corte mantendrá sus investigaciones sobre los hechos comprendidos en el período de vigencia del Estatuto y el Estado deberá conservar su cooperación. 

Es así, que el impacto que esperan se empiece a mostrar a partir del 24 de julio de 2027, momento en que la protección de la justicia penal internacional quedará restringida por completo frente a nuevos acontecimientos en el país. 

Con información de Nota de Prensa.

*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa, con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.

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