La ONG Justicia, Encuentro y Perdón (JEP) denunció la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra la adulta mayor Merys Torres de Sequea, de 71 años.
A través de su cuenta en X, JEP informó que la salud de la madre del capitán Antonio Sequea, también preso político, se encuentra en riesgo por “múltiples patologías crónicas (hipertensión severa) y al aislamiento absoluto al que ha sido sometida”.
“Ha necesitado tratamiento intravenoso en más de una ocasión, sin que exista un parte médico oficial ni se permita a su familia ingresar los insumos necesarios, lo que incrementa la incertidumbre y el peligro para su estabilidad”, señaló la ONG.
Justicia, Encuentro y Perdón demandó con urgencia que se detenga la incomunicación a la cual ha estado sometida la septuagenaria, que se facilite el acceso de sus abogados y familiares a su lugar de reclusión y que se permita la evaluación por parte de personal médico independiente para verificar sus condiciones físicas.
La ONG responsabilizó al Estado de la la vida y la seguridad de quienes se encuentran bajo su custodia.
“Mantener a una ciudadana de la tercera edad en estas condiciones es un acto de crueldad que debe cesar de inmediato”, se lee en el post.
Denunciamos la grave situación de vulnerabilidad en la que se encuentra Merys Torres de Sequea, de 71 años, cuya salud se encuentra en riesgo debido a sus múltiples patologías crónicas y al aislamiento absoluto al que ha sido sometida.
— Justicia, Encuentro y Perdón (@JEPvzla) February 16, 2026
Información reciente indica que la señora…
Merys Torres de Sequea fue detenida el 21 de septiembre de 2025 por ser la madre de Antonio Sequea, condenado a 24 años de prisión tras ser acusado por el gobierno de formar parte de la llamada ‘Operación Gedeón’, un supuesto ataque marítimo fallido en mayo de 2020.
¿Qué dicen las leyes sobre la detención de adultos mayores?
En su artículo 75, el Código Penal de Venezuela establece a las personas mayores de 70 años no se les puede imponer pena de presidio y que, en su lugar, se les aplica arresto por un máximo de cuatro años.
Mientras que el Código Orgánico Procesal Penal (COPP), en su artículo 231, establece que no se puede decretar la privación de libertad de ciertos grupos de personas, entre los que se encuentran: personas mayores de 70 años, mujeres en los tres últimos meses de embarazo, madres en periodo de lactancia de sus hijos o hijas hasta los seis meses posteriores al nacimiento y personas afectadas por una enfermedad en fase terminal, debidamente comprobada.
En estos casos descritos, lo que debería proceder es la aplicación de medidas cautelares alternativas, como la detención domiciliaria o el arresto en un centro especializado, explica una publicación de Acceso a la Justicia.
*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa, con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.



