Consejo Universitario de la UCV pide al TSJ responder a recurso sobre salario mínimo

El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela (UCV) exhortó al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a responder al recurso que introdujeron varios decanos de las Facultades de Ciencias Jurídicas y Políticas de varias casas de estudios públicas el pasado 2 de febrero, por la acción inconstitucional del Poder Ejecutivo de no ajustar el salario mínimo desde el año 2022.

“El Consejo Universitario constata con profunda preocupación el progresivo deterioro de las condiciones de vida de los trabajadores venezolanos. Ello es consecuencia de la prolongada omisión del Poder Ejecutivo Nacional en el cumplimiento de la obligación prescrita en el artículo 91 de la Constitución: ajustar anualmente el salario mínimo vital, tomando el costo de la canasta básica como una de las referencias”, señala un comunicado firmado por el rector Víctor Rago y la secretaria Corina Aristimuño.

En el texto, el Consejo Universitario de la UCV recordó que la Constitución concibe el salario como un instrumento “para asegurar condiciones materiales, sociales e intelectuales compatibles con la dignidad humana”. Al respecto, alertaron que la ausencia de ajustes en años recientes, en un contexto de pérdida del poder adquisitivo, “ha vaciado de contenido real ese mandato constitucional y ha colocado a amplios sectores de la población trabajadora, así como a jubilados y pensionados,en una situación inconciliable con los principios del Estado social de derecho y de justicia proclamado en el texto fundamental”.

Con respecto a las remuneraciones como bonos, recordaron que estas “constituyen incumplimientos de la obligación constitucional pues toda remuneración regular y permanente devengada por el trabajador tiene carácter salarial e incidencia en las prestaciones sociales. Solo así cumple su función de protección efectiva del trabajo y de la persona que vive de él”.

En consecuencia exhortaron a la Sala Constitucional del TSJ a “no ser indiferente a una omisión que afecta de manera directa y masiva derechos fundamentales y compromete la vigencia efectiva del orden constitucional, a declarar con lugar la demanda, otorgándole la tramitación prioritaria que amerita por la gravedad y urgencia social del asunto planteado y a instruir al Ejecutivo Nacional a cumplir en plazo perentorio su deber de ajustar con transparencia y racionalidad económica el salario mínimo vital, según los parámetros constitucionales y con participación de los actores sociales concernidos”.

*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa, con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.

El Consejo Universitario de la UCV recordó que la Constitución concibe el salario como un instrumento "para asegurar condiciones materiales, sociales e intelectuales compatibles con la dignidad humana"
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El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela (UCV) exhortó al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a responder al recurso que introdujeron varios decanos de las Facultades de Ciencias Jurídicas y Políticas de varias casas de estudios públicas el pasado 2 de febrero, por la acción inconstitucional del Poder Ejecutivo de no ajustar el salario mínimo desde el año 2022.

“El Consejo Universitario constata con profunda preocupación el progresivo deterioro de las condiciones de vida de los trabajadores venezolanos. Ello es consecuencia de la prolongada omisión del Poder Ejecutivo Nacional en el cumplimiento de la obligación prescrita en el artículo 91 de la Constitución: ajustar anualmente el salario mínimo vital, tomando el costo de la canasta básica como una de las referencias”, señala un comunicado firmado por el rector Víctor Rago y la secretaria Corina Aristimuño.

En el texto, el Consejo Universitario de la UCV recordó que la Constitución concibe el salario como un instrumento “para asegurar condiciones materiales, sociales e intelectuales compatibles con la dignidad humana”. Al respecto, alertaron que la ausencia de ajustes en años recientes, en un contexto de pérdida del poder adquisitivo, “ha vaciado de contenido real ese mandato constitucional y ha colocado a amplios sectores de la población trabajadora, así como a jubilados y pensionados,en una situación inconciliable con los principios del Estado social de derecho y de justicia proclamado en el texto fundamental”.

Con respecto a las remuneraciones como bonos, recordaron que estas “constituyen incumplimientos de la obligación constitucional pues toda remuneración regular y permanente devengada por el trabajador tiene carácter salarial e incidencia en las prestaciones sociales. Solo así cumple su función de protección efectiva del trabajo y de la persona que vive de él”.

En consecuencia exhortaron a la Sala Constitucional del TSJ a “no ser indiferente a una omisión que afecta de manera directa y masiva derechos fundamentales y compromete la vigencia efectiva del orden constitucional, a declarar con lugar la demanda, otorgándole la tramitación prioritaria que amerita por la gravedad y urgencia social del asunto planteado y a instruir al Ejecutivo Nacional a cumplir en plazo perentorio su deber de ajustar con transparencia y racionalidad económica el salario mínimo vital, según los parámetros constitucionales y con participación de los actores sociales concernidos”.

*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa, con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.

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