Caso Venezuela: Anuncio del nuevo fiscal de la CPI debe responder al examen preliminar - Runrun
Caso Venezuela: Anuncio del nuevo fiscal de la CPI debe responder al examen preliminar
Consideran que su decisión no debe ser subjetiva o personal, sino tener bases objetivas, pues se toma en nombre de la representación fiscal y debe realizarse con fundamento en los hallazgos encontrados por la Oficina de la Fiscalía de la CPI en las diferentes fases del examen preliminar y en plena consonancia con el Estatuto de Roma

 

El período de Fatou Bensouda como fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) culminó el pasado 15 de junio del presente año.

Durante su mandato, se dio inicio –el 8 de febrero de 2018– a un examen preliminar sobre la situación de Venezuela para determinar si era necesario abrir una investigación sobre crímenes presuntamente cometidos en el país-desde al menos abril de 2017-en el contexto de las protestas antigubernamentales e inestabilidad política conexa, ya que aparentemente se había recurrido al uso excesivo de la fuerza para reprimir a los manifestantes y se detuvo a miles de personas opositoras, algunas de ellas sometidas a torturas, tratos crueles e inhumanos y graves abusos durante su detención.

Luego, el 27 de septiembre de 2018, un grupo de Estados solicitó a la Fiscalía de la CPI el inicio de una investigación por los crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela desde febrero de 2014. Se trataba de la primera vez que la CPI recibía una remisión colectiva de Estados sobre la situación de otro Estado.

Posteriormente, el 5 de diciembre de 2018, la Fiscalía anunció que la situación de Venezuela había avanzado a la segunda fase (en la cual se hace el análisis de la competencia material vinculada a la existencia de fundamento razonable para creer que los crímenes alegados se encuentran dentro de la competencia de la CPI) y, recientemente, el 14 de diciembre de 2020, en el informe sobre las actividades de examen preliminar de 2020 se dejó sentado que había pasado a la tercera fase (focalizada en la admisibilidad bajo los parámetros de complementariedad y gravedad), pues había bases razonables para creer que en Venezuela se han cometido crímenes competencia de la Corte, tales como: encarcelación u otra privación grave de la libertad en violación de normas fundamentales de derecho internacional; tortura, violación u otras formas de violencia sexual de gravedad comparable y persecución a un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos.

Adicionalmente, señaló Bensouda que trataría de llegar a una conclusión sobre el inicio o no de la investigación antes de culminar su período.

No obstante, el 27 de mayo de 2021, el fiscal general de la República de Venezuela, Tarek W. Saab, presentó una solicitud confidencial a la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI, conforme al artículo 46.2 del Reglamento de la Corte.

Así Bensouda en su declaración de despedida del cargo expresó que aun cuando había llegado a una determinación final sobre el examen preliminar y se había preparado para anunciar las conclusiones en respuesta a la remisión de los Estados Parte, debido a la petición hecha a la Sala de Cuestiones Preliminares por parte del Estado venezolano, decidió esperar la decisión de la Sala antes de hacer cualquier otro anuncio y- de esa forma hizo entrega al nuevo titular de la oficina fiscal de sus hallazgos finales obtenidos en el marco del examen preliminar.

La culminación del mandato de la fiscal Bensouda, sin el esperado pronunciamiento genera interrogantes sobre el examen preliminar, el alcance del proceso y los posibles escenarios.

No obstante, cabe esperar que la decisión respecto a si se inicia o no una investigación formal sobre la situación de Venezuela sea anunciada por el nuevo fiscal de la CPI, Karim Khan, quien fue juramentado el 16 de junio de 2021.

Dicha decisión no debe ser subjetiva o personal, por el contrario, debe tener bases objetivas, pues se toma en nombre de la representación fiscal y debe realizarse con fundamento en los hallazgos encontrados por la Oficina de la Fiscalía de la CPI en las diferentes fases del examen preliminar y en plena consonancia con el Estatuto de Roma.

En consecuencia, debería existir una continuidad en el trabajo ya realizado y en la línea trazada por la Oficina de la Fiscalía de la CPI, entendiéndose que, como fue expresado por Bensouda, la Oficina de la Fiscalía de la CPI ya cuenta con una conclusión sobre la situación de Venezuela y lo que queda pendiente es su anuncio.

Las organizaciones Un Mundo Sin Mordaza, Defiende Venezuela y el Observatorio de Crímenes de Lesa Humanidad estamos expectantes al anuncio y continuaremos adelante con la labor que nos caracteriza que no es más que un compromiso indeclinable de apoyo a todas las víctimas de estas graves violaciones de derechos humanos, como son los presuntos crímenes de lesa humanidad que se encuentran bajo examen preliminar.