Acceso a la Justicia: Comienzan a aplicar Ley Antibloqueo, se reserva la información de la base de datos y archivos del SNC - Runrun
Acceso a la Justicia: Comienzan a aplicar Ley Antibloqueo, se reserva la información de la base de datos y archivos del SNC
La organización alertó que le llama la atención que la limitación no sea respecto de algún tipo de actividades, como la petrolera, sino que es general

 

Este jueves, 17 de diciembre, se publicó en Gaceta Oficial una de las primeras consecuencias de la aplicación de la llamada Ley “Constitucional” Antibloqueo. La ONG Acceso a la Justicia hizo un análisis de la Ley, y afirma que una de las implicaciones principales publicadas es con respecto al Registro Nacional de Contratistas, cuyo contenido, a partir de ahora, queda como de carácter reservado, es decir, el derecho a la información sobre los asuntos públicos que tiene todo ciudadano queda severamente limitado por una ley, que al menos formalmente, no puede alterar el texto constitucional, aunque de hecho sí lo hace con estas disposiciones.

La Ley Constitucional Antibloqueo para el Desarrollo Nacional y la Garantía de los Derechos Humanos de fecha 12/10/2020, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela no. 6583 extraordinaria, señala que por razones de interés y conveniencia nacional, se podrá otorgar el carácter de reservado, confidencial o de divulgación limitada a cualquier expediente, documento, información, hecho o circunstancia, que en cumplimiento de sus funciones estén conociendo, en aplicación de esta Ley Constitucional», se lee en la Gaceta. 

Otro elemento que llama la atención es que la limitación no sea respecto de algún tipo de actividades, como la petrolera, sino que es general, y en ese sentido, no se entiende como puede ser afectada por las sanciones una cooperativa de mantenimiento o limpieza de una entidad pública, ya que este tipo de limitaciones de derechos constitucionales deben entenderse de manera restrictiva, señala la ONG.

En la Gaceta se indica que la información contenida en las Bases de Datos de los sistemas y archivos en poder del Servicio Nacional de Contrataciones (SNC) tendrá carácter reservado y de divulgación limitada, según lo establece la Providencia Administrativa No. DG/2020/009, dictada por dicho órgano desconcentrado en fecha 13/10/2020, considerando, entre otros aspectos,

“Que la Información contenida en los sistemas y archivos del Registro Nacional de Contratistas y en el Registro Nacional de Contrataciones del Estado, indica las personas naturales y jurídicas que contratan o tienen interés en contratar con el Estado, existiendo el riesgo que sean sometidas a las sanciones unilaterales que limiten su participación en procesos de selección de Contratistas.”

La Providencia Administrativa de la autoría del órgano desconcentrado encargado de tutelar las contrataciones públicas, establece que “Los únicos que tendrán acceso a la información contenida en las Bases de Datos de los Sistemas del Servicio Nacional de Contrataciones (SNC) a través de la Pagina WEB son los Órganos y Entes del Estado con su respectivo usuario y clave.”

Asimismo, indica que: “El usuario y clave de acceso para consultar la Información de las personas naturales y jurídicas inscritas y habilitadas ante el Registro Nacional de Contratistas (RNC), le será suministrada solamente a las máximas autoridades de los Órganos y Entes Contratantes, o a los servidores y servidoras públicas que estos designen como responsables.”

La providencia aquí referida se publicó en la Gaceta Oficial No. 42.022 del 04/12/2020 y establece que “… entra en vigencia a partir del 13 de Octubre de 2020 y mantendrá su vigencia hasta que cesen los efectos de las medidas coercitivas unilaterales y otras medidas restrictivas o punitivas que afectan al país.”