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Asamblea Nacional aprueba estatuto que regirá la transición democrática

LOS DIPUTADOS A LA ASAMBLEA NACIONAL (AN) aprobaron la ley del Estatuto que rige la transición democrática, donde se establecen las condiciones para lograr el gobierno provisional y las elecciones libres, además de las funciones que desempeñará el presidente de la AN y encargado de Venezuela, Juan Guaidó.

Con cinco modificaciones y la incorporación de cuatro artículos dentro del texto, se establecen tres tramos para un gobierno provisional y los supuestos a seguir de no cesar la usurpación en primera instancia, como lo establece la agenda que ha reiterado Guaidó desde el 11 de enero.

Con los cambios, además se permite al presidente de la Asamblea Nacional designar las juntas administradoras para instituciones, entes del Estado, al igual que la de Petróleos de Venezuela Sociedad Anónima (Pdvsa) incluyendo el holding y Citgo.

 

 

También en el nuevo articulado, específicamente en el artículo 15 del Estatuto, se le permite al presidente encargado la designación de un Procurador especial, que tendrá todas las obligaciones previstas en las leyes como el designar representantes para los arbitrajes internacionales, una respuesta directa a los casos de Crystallex y Citgo.

La comisión en defensa de la Constitución, encargada de llevar las dos discusiones y consultas públicas de este Estatuto, incorporó también un artículo sobre activos recuperados del Estado y se establece que serán utilizados una vez que cese la usurpación y la Asamblea Nacional deberá crear una ley especial para disponer de ellos, conforme al artículo 187 de la Constitución.

Además, se incorporó otro punto donde se dispone que los acuerdos, leyes aprobados y sancionados por el Parlamento venezolano serán publicados en Gaceta Legislativa y empezarán a regir una vez se realice este paso, incluso en su versión digital.

El diputado Juan Miguel Matheus, que preside la comisión especial, reiteró que este estatuto es un “cauce para restablecer el orden constitucional en este país”, a pesar de reconocer que no es perfecto pero “recoge el impulso democratizador de todos los partidos políticos dentro de la Asamblea Nacional enmarcado en el artículo 333 de la Constitución”.

Matheus ratificó que esto no es una “licencia de para un dibujo libre” y llena los huecos que deja la usurpación, mientras que deja por sentado la conformación de un gobierno provisional establecido en el artículo 14 del Estatuto.

 

 

La designación de nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral, magistrados del Tribunal Supremo de Justicia e integrantes del poder Ciudadano (Fiscalía, Procuraduría y Defensoría del Pueblo) también están incluidas en el Estatuto.

Por su parte, Eustoquio Contreras hizo un llamado de atención sobre la redacción y el contenido de varios artículos, especialmente el 14. “¿Dónde está la malicia en la redacción de estos artículos?”, se preguntó.

El diputado del oficialismo disidente criticó que también se diga que por “impedimentos fácticos” se buscan normas fuera de la Constitución para cumplir con el nombramiento de nuevos rectores del CNE, y planteó sus dudas sobre la duración de los lapsos del gobierno provisional antes del cese de usurpación.

Omar Barboza respondió que se debe establecer un mecanismo para no ponerle trabas a las acciones políticas y explicó que una vez cese la usurpación por parte de Nicolás Maduro, se convocarán a elecciones en un periodo de 30 días como establece el artículo 233 de la Constitución.

“No nos podemos cruzar de brazos y esperar a crear una transición con los mecanismos que imponen quienes usurpan el poder”, aseveró Barboza.