Ticket de alimentación se ha devaluado 30% en seis meses - Runrun
Ticket de alimentación se ha devaluado 30% en seis meses
El Ejecutivo sigue sin cumplir su palabra de anclarlo al valor del dólar del Banco Central de Venezuela o al Petro  

 

La ONG Acceso a la Justicia alertó que el valor del ticket de alimentación, que inicialmente el Gobierno de Nicolás Maduro anunció que iba a estar anclado al dólar del Banco Central de Venezuela (BCV) o al Petro, se ha devaluado 30% en los últimos seis meses.

El cesta ticket o ticket de alimentación fue aumentado mediante el Decreto n.° 4.805 y en Gaceta Oficial n.° 6.746 el pasado 1 de mayo, Día del Trabajador, de 45 a 1.000 bolívares, equivalentes en ese entonces a 40 dólares. 

De acuerdo al  artículo 5 del decreto, “el Ejecutivo nacional ordenará el ajuste mensual, tomando como referencia el tipo de cambio del BCV, pudiendo ordenar su ajuste a efectos de proteger el valor del mismo y el poder adquisitivo de los trabajadores”.

«Vamos a aplicar a este cesta ticket de 40 dólares mensuales y a este bono de guerra de 20 dólares el criterio de la indexación. Vamos a indexarlo mensualmente de manera permanente para que no se deteriore con el cambio del valor del dólar. Vamos a llegar, más temprano que tarde, a la recuperación total del salario, pero ahora tenemos que resistir», dijo Maduro.

Maduro no anunció como es costumbre un incremento del sueldo mínimo, lo que implica que, por ejemplo, los jubilados, pensionados y empleados públicos siguen cobrando 130 bolívares mensuales, poco más de 3 dólares mensuales, desde marzo de 2022. 

Acceso a la Justicia informó que un dictamen de la Consultoría Jurídica del Ministerio del Trabajo solicitado por el Sindicato del Central Azucarero de Portuguesa interpreta la forma de fijación del valor del cesta ticket.

El dictamen señala que, para proteger el valor del cesta ticket y el poder adquisitivo de los trabajadores, el monto de este deberá ajustarse mensualmente, con una base de cálculo de 40$ o 0,66 Petros.

El ajuste no ha ocurrido y, al parecer, es potestad del Ejecutivo hacerlo o no, según se desprende la interpretación que se hace a este artículo 5.

 

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