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Acceso a la Justicia: Investigación a organizadores de primaria es más política que judicial 

Pese a que funcionarios del Gobierno de Maduro insisten en que hubo usurpación de identidades en el evento electoral del pasado 22 de octubre, no se ha conocido denuncia de elector alguno  

 

Dos días después que Nicolás Maduro calificara a la primaria opositora del pasado 22 de octubre como un fraude y que Cilia Flores pidiera la judicialización de los organizadores de esta, el fiscal general impuesto por la desaparecida Asamblea Nacional Constituyente, Tarek William Saab, citó al Ministerio Público a Jesús María Casal, Mildred Camero y Roberto Abdul-Hadi Casanova, presidente, vicepresidenta y suplente de la Comisión Nacional de Primaria, respectivamente.   

Como quien acata órdenes y no pertenece a un poder público independiente, el fiscal tuvo dentro de sus instalaciones por más de ocho horas a quienes se encargaron de organizar sin el Consejo Nacional Electoral (CNE) el evento electoral que convocó a más de dos millones de venezolanos. 

El mismo chavismo que en reiteradas oportunidades anunció que la primaria no se realizaría, debió apelar a una sentencia de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para desconocer los resultados que dieron como ganadora con un porcentaje superior a 90% a María Corina Machado.

Jorge Rodríguez, firmante por parte del chavismo de los acuerdos suscritos con la Plataforma Unitaria en Barbados, le lanzó un balde de agua fría a las negociaciones al tildar a Casal de ladrón y farsante.

Has cometido un delito. Es una verdadera pillería lo que hicieron el domingo. De dónde sacaste que votaron 2,3 millones de personas. Aquí aparece un verdadero delito, porque ellos están inflando el número de personas; es decir están usurpando la identidad de millones de venezolanos”. 

De acuerdo a la ONG Acceso a la Justicia, la averiguación de la Fiscalía responde a razones políticas y no jurídicas por las siguientes razones:

Nadie quiere ser Amoroso

“Estamos en presencia clara e inequívoca de un caso de usurpación de funciones electorales, ahí no cabe duda”, dijo Saab en su declaración sobre la primaria.

“Constitucionalmente el Consejo Nacional Electoral (CNE) es el único que puede organizar elecciones y ayudar a organizaciones políticas, sindicatos, a centros de estudiantes a elegir a sus autoridades”, agregó. 

El numeral 6 del artículo 293 de la Constitución señala que es competencia del CNE

“organizar las elecciones de sindicatos, gremios profesionales y organizaciones con fines políticos en los términos que señale la ley. Asimismo, podrán organizar procesos electorales de otras organizaciones de la sociedad civil a solicitud de éstas, o por orden de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Las corporaciones, entidades y organizaciones aquí referidas cubrirán los costos de sus procesos eleccionarios”.

Una lectura de la norma revela que un evento como el del 22 de octubre no está incluido en esta disposición, en vista que la primaria no fue un proceso para elegir a las autoridades de ningún partido ni tampoco para escoger al abanderado de una tolda en particular, sino que fue una consulta en la que los electores debían seleccionar, de entre 10 postulados, al abanderado presidencial de la oposición.

Durante la organización del proceso, ni Casal, ni Camero ni ninguno de los representantes regionales de la CNP desconoció al CNE ni menos aún pretendieron asumir sus funciones o hacerse pasar por funcionarios del CNE. Por el contrario su asistencia técnica, pero en virtud del tiempo que se tomó el árbitro para responder su petición tuvieron que rechazarla.

Si hubiera existido alguna obligación constitucional de celebrar las primarias a través del CNE, las autoridades en todos los meses transcurridos no se hubieran dado el lujo de no responderle a la oposición o de hacerlo tardíamente, sino que simplemente hubieran obligado a hacerlas con el CNE.

Ninguno dijo que habían usurpado su identidad

Se usaron los nombres, los apellidos y los números de cédula de miles de personas que no acudieron a ese evento electoral, pero que en realidad cuando anuncian el número de votos utilizaron la identidad de esas personas para abultar la cifra”, manifestó Saab.

Ante esta acusación resulta llamativo que ningún ciudadano ha denunciado que su nombre figure entre quienes participaron en la primaria. El proceso requeriría revisar los cuadernos de votación, sin embargo no será posible, porque los mismos debieron ser destruidos concluido el proceso según el reglamento que rige la primaria, justamente para proteger la identidad de los electores y evitar una nueva lista Tascón

Las autoridades lanzaron acusaciones, vulnerando así el principio de presunción de inocencia previsto en el artículo 49 constitucional.

Antes de acudir a un juicio, el propio fiscal general empleo epítetos para condenar a personas a las que su despacho apenas ha comenzado a investigar.

La celeridad de la investigación llama la atención en un país donde impera el retardo judicial.

Fondos de los mismos electores 

“Los fondos no se conocen, de dónde vinieron, la suerte del capital para ese acto electoral totalmente al margen de la ley”, dijo Saab.

Las declaraciones del funcionario no parecen estar en sintonía con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento del Terrorismo, que establece que incurre en legitimación de capitales: “quien por sí o por interpuesta persona sea propietario o propietaria, poseedor o poseedora de capitales, bienes, fondos, haberes o beneficios, a sabiendas de que provienen directa o indirectamente de una actividad ilícita, será penado o penada con prisión de diez a quince años y multa equivalente al valor del incremento patrimonial ilícitamente obtenido”. 

Los recursos empleados en la primaria deberían proceder de actividades ilícitas, como el narcotráfico o la corrupción, para poder hablar de legitimación de capitales. 

Lo que se conoce es que muchos de los medios empleados para el evento fueron aportados por quienes participaron en él, es decir, por los mismos electores.

No hay asociación

La asociación para delinquir, como su nombre lo indica, requiere que dos o más personas acuerden cometer un determinado delito. Sin embargo, visto que la imputación por usurpación de funciones y de identidad, así como la de legitimación de capitales parecen no tener sustento, pues no podría aplicarse este otro delito por su cuenta.

 

Con información de Acceso a la Justicia 

 

LEA  TSJ ordena dejar “sin efecto” los resultados de la primaria cediendo a la petición de José Brito

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Pese a que funcionarios del Gobierno de Maduro insisten en que hubo usurpación de identidades en el evento electoral del pasado 22 de octubre, no se ha conocido denuncia de elector alguno  

 

Dos días después que Nicolás Maduro calificara a la primaria opositora del pasado 22 de octubre como un fraude y que Cilia Flores pidiera la judicialización de los organizadores de esta, el fiscal general impuesto por la desaparecida Asamblea Nacional Constituyente, Tarek William Saab, citó al Ministerio Público a Jesús María Casal, Mildred Camero y Roberto Abdul-Hadi Casanova, presidente, vicepresidenta y suplente de la Comisión Nacional de Primaria, respectivamente.   

Como quien acata órdenes y no pertenece a un poder público independiente, el fiscal tuvo dentro de sus instalaciones por más de ocho horas a quienes se encargaron de organizar sin el Consejo Nacional Electoral (CNE) el evento electoral que convocó a más de dos millones de venezolanos. 

El mismo chavismo que en reiteradas oportunidades anunció que la primaria no se realizaría, debió apelar a una sentencia de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para desconocer los resultados que dieron como ganadora con un porcentaje superior a 90% a María Corina Machado.

Jorge Rodríguez, firmante por parte del chavismo de los acuerdos suscritos con la Plataforma Unitaria en Barbados, le lanzó un balde de agua fría a las negociaciones al tildar a Casal de ladrón y farsante.

Has cometido un delito. Es una verdadera pillería lo que hicieron el domingo. De dónde sacaste que votaron 2,3 millones de personas. Aquí aparece un verdadero delito, porque ellos están inflando el número de personas; es decir están usurpando la identidad de millones de venezolanos”. 

De acuerdo a la ONG Acceso a la Justicia, la averiguación de la Fiscalía responde a razones políticas y no jurídicas por las siguientes razones:

Nadie quiere ser Amoroso

“Estamos en presencia clara e inequívoca de un caso de usurpación de funciones electorales, ahí no cabe duda”, dijo Saab en su declaración sobre la primaria.

“Constitucionalmente el Consejo Nacional Electoral (CNE) es el único que puede organizar elecciones y ayudar a organizaciones políticas, sindicatos, a centros de estudiantes a elegir a sus autoridades”, agregó. 

El numeral 6 del artículo 293 de la Constitución señala que es competencia del CNE

“organizar las elecciones de sindicatos, gremios profesionales y organizaciones con fines políticos en los términos que señale la ley. Asimismo, podrán organizar procesos electorales de otras organizaciones de la sociedad civil a solicitud de éstas, o por orden de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Las corporaciones, entidades y organizaciones aquí referidas cubrirán los costos de sus procesos eleccionarios”.

Una lectura de la norma revela que un evento como el del 22 de octubre no está incluido en esta disposición, en vista que la primaria no fue un proceso para elegir a las autoridades de ningún partido ni tampoco para escoger al abanderado de una tolda en particular, sino que fue una consulta en la que los electores debían seleccionar, de entre 10 postulados, al abanderado presidencial de la oposición.

Durante la organización del proceso, ni Casal, ni Camero ni ninguno de los representantes regionales de la CNP desconoció al CNE ni menos aún pretendieron asumir sus funciones o hacerse pasar por funcionarios del CNE. Por el contrario su asistencia técnica, pero en virtud del tiempo que se tomó el árbitro para responder su petición tuvieron que rechazarla.

Si hubiera existido alguna obligación constitucional de celebrar las primarias a través del CNE, las autoridades en todos los meses transcurridos no se hubieran dado el lujo de no responderle a la oposición o de hacerlo tardíamente, sino que simplemente hubieran obligado a hacerlas con el CNE.

Ninguno dijo que habían usurpado su identidad

Se usaron los nombres, los apellidos y los números de cédula de miles de personas que no acudieron a ese evento electoral, pero que en realidad cuando anuncian el número de votos utilizaron la identidad de esas personas para abultar la cifra”, manifestó Saab.

Ante esta acusación resulta llamativo que ningún ciudadano ha denunciado que su nombre figure entre quienes participaron en la primaria. El proceso requeriría revisar los cuadernos de votación, sin embargo no será posible, porque los mismos debieron ser destruidos concluido el proceso según el reglamento que rige la primaria, justamente para proteger la identidad de los electores y evitar una nueva lista Tascón

Las autoridades lanzaron acusaciones, vulnerando así el principio de presunción de inocencia previsto en el artículo 49 constitucional.

Antes de acudir a un juicio, el propio fiscal general empleo epítetos para condenar a personas a las que su despacho apenas ha comenzado a investigar.

La celeridad de la investigación llama la atención en un país donde impera el retardo judicial.

Fondos de los mismos electores 

“Los fondos no se conocen, de dónde vinieron, la suerte del capital para ese acto electoral totalmente al margen de la ley”, dijo Saab.

Las declaraciones del funcionario no parecen estar en sintonía con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento del Terrorismo, que establece que incurre en legitimación de capitales: “quien por sí o por interpuesta persona sea propietario o propietaria, poseedor o poseedora de capitales, bienes, fondos, haberes o beneficios, a sabiendas de que provienen directa o indirectamente de una actividad ilícita, será penado o penada con prisión de diez a quince años y multa equivalente al valor del incremento patrimonial ilícitamente obtenido”. 

Los recursos empleados en la primaria deberían proceder de actividades ilícitas, como el narcotráfico o la corrupción, para poder hablar de legitimación de capitales. 

Lo que se conoce es que muchos de los medios empleados para el evento fueron aportados por quienes participaron en él, es decir, por los mismos electores.

No hay asociación

La asociación para delinquir, como su nombre lo indica, requiere que dos o más personas acuerden cometer un determinado delito. Sin embargo, visto que la imputación por usurpación de funciones y de identidad, así como la de legitimación de capitales parecen no tener sustento, pues no podría aplicarse este otro delito por su cuenta.

 

Con información de Acceso a la Justicia 

 

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