Conatel y TSJ intensificaron multas, sanciones y sentencias contra medios de comunicación durante los últimos años
Poder Judicial y Conatel intensifican acoso a medios con sanciones, multas y sentencias

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El Poder Judicial lo hizo de nuevo: el Tribunal Penal Sexto de Juicio del estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, a cargo del juez Beltrán Javier Lira, dictó una sentencia contra un medio de comunicación. En esta ocasión, el diario regional Correo del Caroní es el perjudicado por cubrir y publicar denuncias sobre un hecho de corrupción que se estaba presentando en CVG Ferrominera Orinoco (FMO) en el 2013.

Pero no solo el diario del estado Bolívar se ve afectado por esta medida. El director del periódico, David Natera Febres, «fue condenado a cuatro años de prisión por los delitos de difamación e injuria continuada. A ello se suma una multa de 1.137 unidades tributarias y la imposición de una medida vigente: la prohibición de publicar noticias relacionadas con un empresario de la región, en cuanto al caso de corrupción en FMO», apuntó el diario en su versión web.

Esta no es la primera –y todo parece indicar que tampoco será la última– sentencia o sanción que se hace desde alguna instancia del Estado en contra de un medio de comunicación. Durante los últimos años, canales de televisión, periódicos y emisoras radiales han estado bajo el ojo de estos organismos estatales, y en particular de los tribunales.

Para junio de 2009, Diosdado Cabello, en ese entonces director de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) y hoy diputado a la Asamblea Nacional por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), anunció el cierre de 34 emisoras radiales porque, presuntamente, habían faltado a los requisitos legales para operar. «Tienen que apagar los transmisores una vez notificados por Conatel. Por eso algunos de ellos se escondieron cuando llegamos. Si hay que notificarlo por prensa, lo vamos a hacer», comentó Cabello en ese momento. Según las cifras que presentó Cabello ante el Parlamento en ese mismo año, 154 emisoras de FM y 86 de AM no actualizaron su registro y por tanto se convertirían en «nuevos espacios para el pueblo», publicó El Universal.

En octubre de 2011, Conatel le impuso una multa de 2,1 millones de dólares al canal televisivo Globovisión por la emisión de declaraciones presuntamente tergiversadas durante la cobertura de los hechos ocurridos en la cárcel de El Rodeo, ubicada en Guatire, estado Miranda, en ese mismo año. El canal interpuso una apelación para evitar el pago de la multa, pero en marzo de 2012, otra sentencia del TSJ declaró sin lugar el recurso interpuesto por Globovisión. Posteriormente, el 29 de junio del mismo año, la Sala Político Administrativa ordenó el embargo del canal por una cifra que ascendía a 24.425.216,40 bolívares (5.680.282 de dólares) por no haber cancelado la multa establecida por el órgano regulador de las telecomunicaciones en el país. Al día siguiente, la directiva de Globovisión canceló la multa y el TSJ suspendió el embargo; no obstante, la misma sala que lo había ordenado, solicitó al Banco Central de Venezuela (BCV) calcular los intereses moratorios en los que incurrió el canal porque la multa debía ser cancelada en enero y no en junio, según reseñó la misma fuente.

También en octubre de 2011, tras anunciar la sanción a Globovisión, Conatel confiscó los equipos de la emisora Éxito 95.7 FM en el estado Lara, específicamente en Carora. Alrededor de las 10:00 am del 18 de octubre, llegó a las instalaciones de la emisora una comisión del órgano regulador y, acompañada por un grupo de la Guardia Nacional, confiscaron los equipos de transmisión de la estación, de acuerdo con El Universal.

Además, El Universal también publicó que durante todo el año 2011, este mismo órgano cerró otras  27 estaciones en 10 estados distintos en todo el país.

En marzo de 2012 se presentó una sentencia en contra de otro medio de comunicación. En esta oportunidad, el turno le correspondió al diario La Prensa de Barinas. El Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Barinas condenó al diario por la publicación de fotografías de sucesos sangrientos. «La sentencia de la jueza Reina de Varela condenó al diario La Prensa al pago del 1% de sus ingresos brutos, correspondientes al ejercicio fiscal 2010, lo que constituye la primera vez en la historia del periodismo regional y nacional que un tribunal dicta una sentencia de carácter pecuniario contra un medio de comunicación impreso, y pasa a convertirse en un precedente muy peligroso para la libertad de expresión en el país», expuso el Colegio Nacional de Periodistas (CNP) a través de un comunicado. El CNP también agregó que a pesar de que los cuatro diarios de la región publicaron las mismas imágenes, solo multaron a La Prensa.

La jueza tercera de juicio con competencia de niños, niñas y adolescentes, Betilde Araque, le impuso una sanción al diario El Nacional en agosto de 2013. El impreso fue multado con 1% de sus ingresos brutos durante 2009 por publicar una fotografía que mostraba el estado de la morgue de Bello Monte. El diario también fue obligado por unos días a «abstenerse de publicar imágenes de contenido violento y cadáveres desnudos», afirmó Últimas Noticias.

En 2014, el TSJ dictó una nueva sentencia en contra el diario El Nacional y las periodistas Ibéyise Pacheco y Hercilia Garnic. «El 16 de octubre del 2014, el Tribunal Supremo de Justicia, órgano que administrada la justicia en el Estado venezolano, emitió una sentencia en la que obligó a El Nacional, diario de circulación nacional, y a las periodistas venezolanas Hercilia Garnica y Ibéyise Pacheco a pagar una indemnización al médico Adolfredo Pulido Mora por un juicio que inició en el año 1991. El motivo para la introducción de esta demanda fue la publicación desde el 4 hasta el 9 de marzo de 1991 de textos periodísticos firmados por Garnica y Pacheco en El Nacional, en los que se acusaba a Pulido de casos de mala praxis médica, lo que Pulido interpretó como una campaña  de ‘desprestigio y deshonra’ en su contra», explicó el Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS).

El año pasado, Diosdado Cabello, mientras fungía como presidente de la Asamblea Nacional, interpuso una demanda contra el diario El Nacional, Tal Cual y el portal web La Patilla. Esta acción incluía a accionistas, directores, consejo editorial y dueños de los mencionados medios de comunicación. La demanda del exvicepresidente de la República, exministro, exdirector de Conatel y exgobernador del estado Miranda fue porque estos medios lo acusaron de presuntas vinculaciones con el narcotráfico, de acuerdo con lo escrito por el diario La Verdad. Tinedo Guía, presidente del CNP, afirmó que «esta es una acción que busca asfixiar a los medios independientes, puesto que, metiendo presos a los propietarios de los mismos, no se solucionan los problemas que aquejan al ciudadano común». Asimismo, Guía agregó que «resulta inquietante que más del 90% de los ataques a nuestros periodistas queden impunes, mientras los órganos de la administración de justicia se dan a la tarea de abrir procedimientos en contra de medios que han publicado denuncias sobre la gestión gubernamental».

Apenas unos días después de la demanda interpuesta por Cabello, la jueza 12ª de juicio, María Eugenia Núñez, impuso prohibición de salida del país a 22 directivos de los medios mencionados anteriormente, acusados de difamación agravada continuada. Entre esos 22 nombres, destacan los de Teodoro Petkoff, Miguel Henrique Otero y Alberto Federico Ravell, directores de Tal Cual, El Nacional y La Patilla, respectivamente. La lista completa de las 22 personas afectadas por esta medida es la siguiente: Miguel Henrique Otero, Mariana Otero, Argenis Rafael Martínez Mota, José Simón Elarba Haddad, Oswaldo Karam Macía, Luis Carlos Serra Carmona, Juan Andrés Wallis Brandt, Omar José Delgado Lugo, Jorge Papatzikos Gianopulos, Vivianne de Lourdes Font Fernández, Ramón José Medina Simancas, Beatriz Cecilia De Majo de Algisi, Carmen Elena Macía Fortique, Leopoldo Eduardo López Mendoza, Teodoro Petkoff Malec, Juan Antonio Rafael Golia Amodio, Francisco Layrisse, Manuel Antonio Puyana Santander, Alberto Federico Ravell Arreaza, Isabel Cristina Ravell Nolck y David Alberto Morán Bohórquez.

Todo parece indicar que las multas, las sanciones y las sentencias contra los medios de comunicación no cesarán de cara al futuro. De hecho, lejos de eso, pareciera que se intensificarán cada vez más, sobre todo si se toma en cuenta que el TSJ no dictó ni una sola sentencia –de un total de 45.474– en contra del Gobierno durante nueve años (de 2004 a 2013). Esta situación deriva en censura hacia los medios de comunicación y en un golpe contra la libertad de expresión en Venezuela.