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Natan Sharansky

Cotler y Canadá: !Todo por Venezuela! por Orlando Viera-Blanco

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El Comité de DDHH de la Cámara de los Comunes, Cotler y la diáspora, trabajan incansablemente una nueva coalición internacional … Porque la lucha por los DDHH no caduca, !se supera!
 
Irwin Cotler es un «campeón» en la lucha por los DDHH. Abogado de McGill University (1961) y Yale, actualmente es diputado por el Distrito de Mount Royal/Montreal ante el Parlamento Canadiense. Cotler pertenece al Subcomité de Asuntos Internacionales y de Defensa de los DDHH de esta Asamblea y recientemente formalizó su voluntad de representar a Leopoldo López y María Corina Machado e ir a Venezuela.

Cotler es un incansable luchador contra el autoritarismo. En su momento representó presos de conciencia como Nelson Mandela en Sudáfrica, Jacobo Timmerman en América Latina (editor argentino, preso de la Junta Militar 1970, autor del libro Preso sin nombre, Celda sin número); así como a otros prisioneros y disidentes políticos conocidos. Ha representado a Natan Sharansky que fue encarcelado en el gulag soviético como activista judío y después de su liberación, Sharansky se convirtió en Primer Ministro israelí. También defendió a Saad Eddin Ibrahim, un activista por la democracia Egipcia encarcelado por el Gobierno y absuelto en 2003. El exgeneral Attorneyde Canadá, y ministro de Justicia, articipó en el acuerdo de paz de Camp David entre Israel y Egipto. Este hombre no distingue nacionalidades cuando de DDHH se trata. Su voz, su prestigio y trayectoria, gozan de gran credibilidad y receptividad en instancias internacionales. Y recientemente manifestó públicamente un llamado a su gobierno y a la comunidad internacional, por «la inmediata liberación de Leopoldo López y de los presos políticos en Venezuela», así como por la restitución de la democracia y el respeto de los DDHH. Tenemos el orgullo de estar trabajando cerca a este extraordinario humanista, haciendo causa de López y María Corina, que es hacer causa por Venezuela. Con responsabilidad podemos anunciar que de la mano de su agenda y un savoir faire impecable en materia de Lobby institucional, pronto se alcanzarán pronunciamientos de gran impacto internacional.

Pero, ¿cuál es la ruta a seguir ante las comisiones de DDHH del mundo? Lo primero es conocer el marco jurídico y los instrumentos internacionales relativos a los DDHH. Un Tratado esencial es la Declaración Universal de DDHH proclamada por la AG de la ONU en su resolución 217 A (III) de 10-12-1948, basada en la libertad, la justicia y la paz en el mundo, en reconocimiento de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana. En esta declaración se condena la justicia parcializada, el trato denigrante, la tortura; las detenciones arbitrarias, la discriminación o los juicios sumarios. Se reconoce el derecho a un trabajo digno, a la protesta, la libertad de reunión o de expresión y pensamiento, así como el derecho a la propiedad privada, colectiva y a la libre empresa, sin incitación a la violencia o apología del odio. Vale citar también, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales aprobado por la AG-ONU en su resolución 2200 A (XXI) de 16-12 de 1966, que ordena que «los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales». Sigue el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El Art. 9. 1. dispone que «todo individuo tiene derecho a la libertad, integridad y seguridad personal, o el Art. 10 que reza «toda persona que haya sido ilegalmente detenida o presa tendrá el derecho efectivo a obtener reparación. El Art. 19.1 establece que «nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones y el 19.2, que «toda persona tiene derecho a la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, oralmente o por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección».

Otro instrumento es la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobada por la AG/ONU en su resolución 39/46, de 10-D de 1984, que prohíbe «todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales. La reciente resolución 008610 del Ministerio de la Defensa, en sus Arts. 20, sobre el «Uso progresivo y diferenciado de la fuerza» y 21 sobre el Uso escalado de la fuerza, habla de «control duro e inducción física con producción de molestias físicas», por lo que contraviene aquel principio. Los agravios a nuestra CN y a los DDHH fueron denunciados ante el Comité de DDHH en Canadá. Venezuela está en el ojo de la Comunidad Internacional. La sistemática violación de los derechos de la familia humana y el desacato del Gobierno a los llamados de restauración de la democracia, las libertades ciudadanas, la represión y el cese del acoso político a la disidencia, se hacen más visibles. El Subcomité de DDHH de la Cámara de los Comunes, Cotler y la diáspora, trabajan incansablemente una nueva coalición internacional. Y comisiones de DDHH en la OEA (Insulza incluido), las NU o UE, toman nota. Muy pronto estas demandas unirán las voces de las democracias más serias y solventes del mundo.

Porque la lucha por los DDHH no caduca, se supera.

¡Todo por Venezuela!

 

@ovierablanco

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