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Ley Orgánica del Poder Público Municipal

Abstención amenaza elección del aliado más cercano al ciudadano

@franzambranor

 

El concejal es el funcionario público más cercano al ciudadano común. Es el encargado de promover el desarrollo del municipio en distintas áreas y entre sus funciones están las de fiscalizar la labor del alcalde, emitir ordenanzas que rigen la entidad, nombrar al Contralor Municipal y aprobar el presupuesto municipal.

Este domingo 9 de diciembre se llevarán a cabo los comicios para seleccionar 2459 concejales para 335 municipios, 1704 se escogerán de forma nominal, 686 por lista y 69 serán representantes de la comunidades indígenas.

De acuerdo al artículo 93 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, quien desee optar por este tipo de responsabilidad debe tener más de 21 años, ser venezolano de nacimiento o naturalizado y haber residido en el municipio al menos por tres años antes de la elección. El cargo de concejal en Venezuela dura cuatro años y puede someterse a reelección.

Pasando por encima del CNE y de la Asamblea Nacional, en marzo de este año la asamblea nacional constituyente a través de un decreto adelantó las elecciones presidenciales para el 20 de mayo e igualmente propuso las de concejos legislativos y municipales, pero solo se hicieron estas dos primeras porque el CNE alegó razones técnicas.

Para el ex secretario ejecutivo de la MUD, Ramón Guillermo Aveledo, el concejal es el mejor aliado o adversario de la principal autoridad municipal. “La Cámara Municipal puede ayudar a un alcalde o estorbar su trabajo, incluso puede destituirlo”.

“El concejal es el agente de cambio más cercano al ciudadano, es quien desde la Cámara Municipal gestiona todas aquellas políticas públicas que van a incidir de manera directa en la calidad de vida de los vecinos”, dijo Gorka Carnevali, aspirante a la Cámara Municipal de El Hatillo por el movimiento Acción Ciudadana en Positivo.

Aveledo sostuvo que una elección acertada de concejales es fundamental para ejercer algún tipo de contraloría municipal. “Cada ciudadano debe evaluar su entorno y tomar responsablemente su decisión. ¿Hay en su municipio a quién vale la pena ayudar? Si es así, no le niegue esa ayuda. ¿Le parece que su alcalde debe responder ante un Concejo que lo controle? Pues actúe en consecuencia. Hay partidos ilegalizados y posibles candidatos injustamente inhabilitados o perseguidos, pero también criterios locales a tener en cuenta. Así que piénselo bien primero. No se deje llevar por el prejuicio o la comodidad”, dijo.

Irregularidades por doquier

A juicio del Observatorio Electoral Venezolano, estos comicios suceden en el marco de varias irregularidades. En primer lugar se convocan a destiempo con un año de retraso lo cual viola la norma constitucional (la elección anterior se produjo el 8 de diciembre de 2013 y correspondía en diciembre de 2017), se llevan a cabo separadas de la escogencia de alcaldes por capricho de la anc y con una reducida oferta electoral luego de la inhabilitación de partidos políticos como la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), Primero Justicia (PJ), Voluntad Popular (VP), Acción Democrática (AD), Un Nuevo Tiempo (UNT), La Causa R y Alianza al Bravo Pueblo (ABP).

Asimismo, el OEV denunció que el CNE dejó por fuera del Registro Electoral Permanente a 2 millones de nuevos votantes y bajó la oferta de mesas en los centros de votación con respecto a las presidenciales de mayo de este año y los comicios para elegir diputados de la Asamblea Nacional en 2015. En esta ocasión instalarán 28783 mesas en 14382 centros, 5300 mesas menos que en las presidenciales y aproximadamente 12 mil menos que en las parlamentarias de hace tres años.

“Estas elecciones se separaron de las de alcaldes y se perdió la inercia que se genera escogiendo a las autoridades del mismo municipio. La gente siente que su voto no tiene valor”, dijo Carlos Medina, director del Observatorio Electoral Venezolano. “El mismo CNE sabe que la convocatoria será floja, por eso reduce el número de mesas”, agregó.

La ausencia de partidos tradicionales con estructura y militancias amplias hacen cuesta arriba la defensa del sufragio una vez cerrados los centros electorales. Ante eso el candidato a concejal en el municipio El Hatillo, Gorka Carnevali, aseguró que poseen una estrategia. “El mismo ejercicio que hicimos en la consulta del 16 de julio de 2017. Nos acompañó el vecino que no milita en partidos políticos y así vimos que 7 millones de venezolanos se presentaron en los centros de votación sin CNE ni Plan República”.

Se avecina participación baja

Un informe del OEV revela que apenas tres elecciones de concejos municipales se han llevado a cabo en los últimos 18 años: el 3 de diciembre de 2000 (junto a Juntas Parroquiales), el 7 de agosto de 2005 (también junto a Juntas Parroquiales) y el 8 de diciembre de 2013 (junto a alcaldes). Todas se han caracterizado por elevados índices de abstención, aunque han venido en descenso. En 2000 hubo 76,2%, en 2005 se registró 69,18% y en 2013 se ubicó en 41,08%.

La inhabilitación de partidos políticos de oposición, el cambio arbitrario de circunscripciones, la injerencia de la asamblea nacional constituyente en materia electoral, el desequilibrio entre los rectores del CNE, la diáspora, la escasa promoción que han tenido los comicios, los puntos rojos cercanos a los centros electorales y hasta el reciente episodio de la designación vía Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia de Jessica Bello, candidata simpatizante del chavismo en las elecciones de la FCU de la Universidad de Carabobo, pudiesen ahuyentar a los votantes este domingo 9 de diciembre.

“La imparcialidad del CNE está en entredicho y no hace nada por siquiera fingirla. Sabiendo eso, en una elección local hay otros factores a considerar y creo que lo responsables es ponderarlos”, dijo Ramón Guillermo Aveledo.

De acuerdo a una encuesta de Meganalisis, 82,4% de los consultados afirma que no votará en la consulta, 68,3% desconoce que habrá elecciones el domingo, 79.8% no milita en partido alguno, 11,3% apoya al Psuv y 5,4% a la MUD. Por su parte, Datanálisis arrojó que apenas 14,6% de los encuestados se mostró dispuesto a ejercer su derecho.

“Al no participar partidos con militantes y representación en el parlamento la abstención va a ser elevada. A esto le agregas el desánimo que tiene la gente por ver a un CNE parcializado”, indicó Carlos Medina del Observatorio Electoral Venezolano.

“Históricamente las elecciones con más participación son las de presidente de la República, seguidas de las de la Asamblea Nacional, gobernadores, alcaldes y por último concejales. No esperamos porcentajes de participación elevados, pero nuestra esperanza es que la gente entienda que desde la Cámara Municipal debemos elevar nuestra voz para generar el cambio”, dijo Gorka Carnevali, candidato a concejal y coordinador de Caracas Ciudad Plural.

A juicio de Carlos Medina, la premura en la convocatoria de elecciones es una especie de estrategia del gobierno para aprovechar la desmovilización y el descontento del votante opositor. “La elección de gobernadores se convocó con 38 días de antelación, las elecciones presidenciales con 80 días, ni hablar de las de la asamblea nacional constituyente. Son lapsos muy cortos, en el resto de los países de Latinoamérica se convocan de 9 a 18 meses antes”.

Medina indicó que luego de las elecciones parlamentarias de 2015, donde la oposición obtuvo la mayoría de los curules en la Asamblea Nacional, el gobierno ha buscado la manera de sembrar apatía e incredulidad entre los electores que percibían al voto como una herramienta de cambio.

“Ya para las elecciones de gobernadores se sentía eso y los niveles de abstención así lo demostraron. Por supuesto que los partidos de oposición tuvieron fallas a la hora de defender el voto, pero las irregularidades como la inhabilitación arbitraria de candidatos, cierre de algunos centros, cambio de circunscripciones e instalación de puntos rojos cerca de instituciones donde se sufragaba, contribuyeron a que la gente no acudiera a ejercer su derecho y algunos que si lo hicieron se decepcionaran y pasaran al bando de la abstención”.

Medina dijo que ni ganando una elección, el candidato opositor posee garantía de que se respetará la voluntad del pueblo. “Como sucedió en el estado Zulia que Juan Pablo Guanipa ganó la gobernación y fue destituido porque no quiso juramentarse ante la anc o los gobernadores que son electos e inmediatamente les nombran a un Protector…esto también resquebraja la confianza en el voto”.

Los que no renuncian

Para dirigentes como María Corina Machado, de Vente Venezuela, participar en las elecciones de este 9 de diciembre es darle la espalda a las verdaderas preocupaciones del país. Henry Ramos Allup de Acción Democrática sostiene que no hay condiciones idóneas para participar, Juan Pablo Guanipa de Primero Justicia calificó el evento como una farsa y Juan Andrés Mejía de Voluntad Popular indicó que hacer elecciones en Venezuela no significa que haya democracia.

Sin embargo, hay políticos de oposición que apuestan por defender los espacios y no desaprovechar la oportunidad de votar pese a la parcialidad del órgano electoral.

Los alcaldes de Chacao (Gustavo Duque), Baruta (Darwin González), El Hatillo (Elías Sayegh) y Los Salias (Josy Fernández) aceptaron el respaldo a sus candidatos a concejales de partidos emergentes como La Fuerza del Cambio, Por Amor a los Pueblos (PAP) y el Movimiento Ecológico. “Estamos yendo con tres tarjetas prácticamente nuevas. Respetamos a los partidos que quieran participar y a los que no. Hay que defender a nuestros municipios. Esta es una elección donde los vecinos tienen la batuta”, dijo el alcalde de Chacao, Gustavo Duque, en una entrevista de televisión.

Además de estas tres opciones que tiene el votante contrario al chavismo, también aparecerán en el tarjetón electoral los partidos: Avanzada Progresista, del ex candidato a la presidencia Henri Falcón, MAS, Copei, Soluciones, Cambiemos, Acción Ciudadana en Positivo, El Cambio y Lápiz Procomunidad.

“Los alcaldes de oposición están en una posición difícil. No tienen soporte de sus toldas naturales y es natural que busquen el apoyo de sus vecinos. Se les hace muy cuesta arriba convencer a los votantes porque carecen de la maquinaria de los partidos tradicionales”, dijo Carlos Medina del Observatorio Electoral Venezolano.

Según Gorka Carnevali, en el municipio El Hatillo están prestos para defender sus votos. “Vamos a estar en cada uno de los 18 centros del municipio hasta que se impriman y transmitan todas las actas. Estaremos donde se haga la verificación ciudadana por sorteo. Nos trasladaremos a la Junta Municipal de El Hatillo que funciona en el liceo Juan de Escalona. Esto no es algo que compete solo a los candidatos, involucra a todos los vecinos, hay que vigilar el voto y darle garantía al elector de que el voto que depositó en la urna se totalizó de manera adecuada”.

Cuando la rectora principal del CNE, Tibisay Lucena, salga en la noche del 9 de diciembre a leer los resultados, Carnevali espera celebrar, algo que probablemente no harán en otros municipios donde el chavismo sacará el jugo a su maquinaria electoral y a la vaticinada abstención del simpatizante opositor.

Sobre la sentencia 355 y la elección comunal, por Juan Manuel Raffalli

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Juan Manuel Raffalli

Profesor de Derecho Constitucional en la UMA y en la UCAB

En fecha 16 de mayo de 2017, con un sentido de oportunidad que a decir lo menos luce muy sospechoso, la Sala Constitucional ha dictado una nueva sentencia que puede representar una trocha que se utilice tendenciosamente para seguir adelante con el Fraude Constituyente atentando contra el sufragio universal, directo y secreto, pero peor aún, para validar la perversidad de vulnerar la verdadera participación del pueblo si en efecto la Bases Comiciales confieren a los vehículos comunales un número de Constituyentes muy superior al universo poblacional que realmente representan esos vehículos comunitarios. Veamos.

¿Qué dice la sentencia 355?

Esta sentencia, después de varios años, declaró inadmisibles los cinco recursos de nulidad interpuestos contra la reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal promulgada en 2010, en la cual se sustituyen las Juntas Parroquiales por Juntas Parroquiales “Comunales”. En el análisis de esa reforma la Sala Constitucional se detiene a evaluar la forma cómo deben ser elegidos los representantes de esos vehículos comunitarios dado que, uno de los vicios que se denuncian en las demandas de nulidad es que precisamente que dicha Ley vulnera el derecho al sufragio previsto en el artículo 63 de la Constitución; y el derecho a la participación en los asuntos públicos, directamente o mediante representantes elegidos, según lo dispone el artículo 62 constitucional. Este vicio se concreta cuando dicha Ley dispone que los miembros de las Juntas Parroquiales será electos “por los voceros y voceras de los consejos comunales de la parroquia respectiva, la cual deberá ser validada por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, quienes en dicha elección deberán ser fiel expresión del mandato de sus respectivas asambleas de ciudadanos y ciudadanas”.

Según la sentencia, la elección de los representantes de las Juntas Parroquiales Comunales, no puede limitarse al sufragio habitual para cargos de elección popular, pues a decir del ello “sería limitar las directrices establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la que claramente se determinó que ‘este derecho no queda circunscrito al sufragio, ya que es entendido en un sentido amplio, abarcando la participación en el proceso de formación, ejecución y control de la gestión pública’ y, en definitiva, sería contrario al esquema rector que inspira la Carta Magna desde su creación, cual es, sentar las bases para desarrollar una democracia participativa, en la que la intervención de la sociedad resulta determinante en las distintas fases de la gestión pública

También señala la sentencia que la elección de esos integrantes de las Juntas parroquiales comunales de manera indirecta, es decir por parte de los voceros y luego ratificados en Asambleas de Ciudadanos, se haría “en armonía con lo establecido en el artículo 70 constitucional permite el funcionamiento efectivo de una democracia social y participativa, a diferencia de la democracia representativa que consagraba la Constitución de 1961, el cual no entra en contradicción alguna con los mecanismos de participación electoral previstos en los artículos 62 y 63 de la Constitución”.

Lo expuesto quiere decir que según esta sentencia, los representantes de esas Juntas Parroquiales Comunales, no necesariamente tienen que ser electos por el voto universal directo y secreto de quienes habiten en la Parroquia correspondiente, sino mediante Asambleas de Ciudadanos cuyas decisiones son vinculantes.

¿Cuál es el riesgo?

Sencillamente esta sentencia, así como permite este tipo de elecciones indirectas o de segundo grado, utilizando caminos distintos al voto popular y directo, abre una trocha para que en caso de concretarse el fraude constitucional, los Constituyentes que vayan a representar a los vehículos comunitarios que se rigen por la Ley Orgánica del Poder Popular, sean electos por vías distintas al sufragio universal, directo y secreto. Ahora bien, si en efecto se establece esta posibilidad en las Bases Comiciales, ello sería un nuevo atropello a la democracia y ratificaría la ilegitimidad de esta convocatoria fraudulenta a una proceso constituyente.

Debemos recalcar que este mecanismo de designación no sería aceptable por cuanto no se puede equiparar nada menos que una Asamblea Constituyente a esos vehículos comunitarios que tienen una actividad e intereses limitados y circunscritos a un ámbito territorial mínimo, como es el parroquial.

Pero además de obviar el Referéndum Consultivo previo para convocar a la Asamblea Constituyente, hay que insistir en que el verdadero veneno está no solamente en la forma en que posiblemente sean electos esos Constituyentes comunales, sino en algo mucho peor, el número de curules constituyentes que cada sector comunitario se abrogaría si las Bases Comiciales son tendenciosas y no reconocen el carácter global e integral del pueblo.

En efecto, entendemos que las Comunas y Consejos Comunales, al igual que los gremios Bolivarianos, en conjunto no incluyen a más del 15% de la población, debido a ello, conferirles una representación que en exceda de ese porcentaje, desnaturalizaría el carácter representativo de la Asamblea Constituyente y la haría totalmente ilegítima. Por ejemplo imaginemos que los pueblos indígenas representen el 1% de la población total del país pero que tendenciosamente las Bases Comiciales le asignen 30 o 40 representantes en la Constituyente; eso sería un atentado contra la democracia y la verdadera representatividad que debería ostentar un cuerpo colegiado que en definitiva debe representar equitativa y proporcionalmente al pueblo. En consecuencia, además de la forma en que se elegirían los candidatos comunales, el problema es cuántos constituyentes le asignarán las Bases Comiciales a los vehículos que viven del Gobierno.

En síntesis, la Bases Comiciales serán un hito crucial para desenmascarar este fraude a la Constitución.