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Indemnizaciones deberán pagarse en petros por orden del TSJ

EL MÁXIMO TRIBUNAL DEL PAÍS dio la orden este viernes de que el valor de los montos por indemnización por daño moral sean fijados en petros.

A fines de «garantizar una tutela judicial efectiva y proteger el valor de los montos», el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó la implementación del Decreto Constituyente sobre Criptoactivos y la Criptomoneda Petro.

La decisión fue tomada en la sentencia N° 1.112 por la Sala Político Administrativa, que toma como referencia el valor que el Ejecutivo Nacional fije para el petro «a fin de materializar la justicia en favor de quien resulte afectado en sus derechos e intereses, y contrarrestar las acciones que han pretendido desestabilizar la economía nacional».

Esta orden surge al ser verificada la discapacidad de la ciudadana María Elena Matos, como consecuencia de un accidente de trabajo certificado por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel), por la que se ordenó al Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas (Inia) a la indemnización del daño moral, pagadero en bolívares, equivalentes a 266 petros (PTR 266), según el valor del petro para el momento del pago.

*Con información de AVN