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Francisco Zambrano Sep 04, 2018 | Actualizado hace 6 años

 

**Expertos calculan que el aumento del sueldo mínimo podría tener un impacto negativo en las propiedades horizontales

**Trabajadores residenciales no están incluidos en el subsidio de tres meses que prometió el Ejecutivo para quienes devenguen el nuevo salario

**Recomiendan a condominios aumentar canales de comunicación, limitar gastos y abrir fondos en moneda dura

 

Francisco Zambrano

@franzambranor

Gisela Camargo tiene nueve años como conserje de un edificio de siete pisos en La Campiña. Se encarga de cada detalle. Coloca avisos en el ascensor con el horario de racionamiento del servicio de agua, está pendiente de quién entra y sale, vigila que nadie se estacione donde no debe, limpia constantemente, saca la basura y eventualmente atiende las quejas de los copropietarios. El edificio es su casa. Allí ha visto crecer a su hija ya universitaria y aspira seguir siendo testigo de ese desarrollo en el mismo entorno.

El anuncio hecho por Nicolás Maduro el pasado viernes 17 de agosto de aumentar el sueldo mínimo a 1.800 bolívares soberanos (180 millones de Bs. fuertes) la tomó por sorpresa. Un sentimiento de incertidumbre la inundó de inmediato. No sabía si la administradora que maneja las finanzas del edificio estaba en capacidad de saldar sus honorarios.

Después de mucho conversar con dueños e inquilinos de los apartamentos optó por ofrecerles una propuesta de renuncia temporal: agarrará el dinero que le corresponde por años de servicio hasta agosto de este año y continuará con sus funciones, probablemente como una especie de “freelancer” o cobrando por honorarios profesionales, todavía no manejas las opciones a futuro. Si devengará o no los 1.800 Bs. soberanos del sueldo mínimo, que este lunes 4 de septiembre apareció en Gaceta Oficial, tampoco lo tiene claro. Lo único en lo que posee certeza es que seguirá formando parte de la comunidad en La Campiña.

Con el acuerdo, los copropietarios del edificio están hipotéticamente exonerados de liquidar a Gisela sobre la base de un sueldo de 1.800 Bs. soberanos. La Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras establece en su artículo 142 que el trabajador debe ser liquidado sobre la base del último salario devengado. “Fue algo a lo que llegamos de mutuo acuerdo, porque estoy clara de que si mañana me voy, la gente aquí no va a tener para darme una liquidación con ese sueldo”.

En su alocución, Maduro anunció que el gobierno iba a asumir durante los primeros tres meses (septiembre, octubre y noviembre) el pago de nómina de las pequeñas y medianas industrias Pymes), segmento en el que no están incluidos los condominios.

A Nelly, presidenta de la junta de condominios de un edificio de cinco pisos y apenas 11 apartamentos en San Bernardino, la conserje no le quiso aceptar una negociación para ser liquidada. Ella y el resto de los copropietarios tendrán que afrontar el nuevo sueldo de la trabajadora residencial en el recibo de condominio.

“Esto afecta más a los edificios pequeños porque no es lo mismo dividir un sueldo de 1.800 bolívares soberanos entre 25 o 30 apartamentos que en una comunidad de 11. Nosotros tuvimos que despedir al vigilante porque no teníamos cómo mantenerlo. De esos 11 apartamentos, cuatro están habitados por personas cuyo único ingreso económico es una pensión”.

Teresa forma parte del departamento de administración de un edificio de 17 pisos y 96 oficinas en Altamira. En la nómina del condominio hay 59 empleados entre vigilantes, personal de limpieza y administrativo. No tiene idea qué futuro le depara con el incremento del sueldo mínimo.

La administradora con experiencia en bienes inmobiliarios repudia la forma precipitada e inconsulta que posee el Estado de efectuar aumentos sin medir las consecuencias. “No solo es cancelar el sueldo, sino que en tres meses hay que pagar utilidades y prestaciones”.

Golpe duro al bolsillo

El abogado experto en propiedad horizontal, Daniel Natale, manifestó que cada inmueble tiene su realidad y en base a eso tienen que trabajar.

“El temor que posee la gente es real, para un condominio asumir esos pasivos laborales es prácticamente irse a la quiebra”.

Sentenció que se deben desmitificar ciertos aspectos como que la vivienda de un conserje es parte del salario. “Esa vivienda está sujeta a una relación laboral, no es inquilinaria. Eso está establecido en el artículo 22 de la Ley Especial para la Dignificación de las Trabajadoras y Trabajadores Residenciales promulgada en mayo de 2011 por la Asamblea Nacional”.

Manifestó Natale que según el artículo 40 de la mencionada ley, el conserje tiene un plazo de hasta tres meses para desocupar el inmueble una vez que le hayan cancelado deudas laborales y demás prestaciones sociales.

“Es importante recalcar que la junta de condominio ni el presidente son los patronos del conserje, es la asamblea de copropietarios a través de una administradora, si es que la poseen”.

A propósito de la posibilidad de que el pago de los condominios sea asumido por el Ejecutivo, Elías Santana de Micondomio.com dijo que todavía hay tiempo de incluirlos.

“Hay 135 mil comunidades de propietarios inscritos en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales que declaran en el Seniat, estas pueden ser consideradas como pequeñas empresas”, dijo en un programa de televisión.

Para el abogado Daniel Natale absorber la nómina de todos los trabajadores residenciales pareciera una empresa harto complicada. “He escuchado a gente decir que si tú aceptas ese pago, eso es una hipoteca de tercer grado y luego el Estado se puede apoderar de tu edificio. Eso no es cierto, al menos no está estipulado así en las actuales leyes”.

Nelly, la presidenta de la junta de condominio de un edificio en San Bernardino, dijo que en su residencia ninguno de los vecinos está de acuerdo con aceptar pago alguno del gobierno a su conserje. “Nos parece algo comprometedor, no sabemos qué puedan hacer más adelante”.

Santana indicó que a través del Registro Único de Información Fiscal (RIF) y la cotización en el Ivss, el gobierno ya maneja información de los condominios.

“Esto pareciera que es un asunto más político que otra cosa”, salió al paso Natale. “El gobierno está diciendo que va a cancelar la nómina de todos los empleados de la pequeña y mediana empresa en el país, pero en diciembre pasado no pudo dar el pernil que prometió a los que reciben el Clap”.

¿Qué hacer?

Abrir una cuenta en criptomonedas, crear un fondo en moneda dura, limitar los gastos y hasta comercializar los espacios de las propiedades horizontales con empresas de publicidad recomienda Elías Santana para que los edificios no salgan perjudicados con el nuevo incremento salarial y la galopante hiperinflación.

Daniel Natale pide una cosa antes de todo: calma.

“Si hay un aumento, supuestamente todo el mundo lo va a recibir y el Estado le está ofreciendo una nivelación a los trabajadores. No debería haber mayor problema si cada uno de nosotros devenga un sueldo mínimo de 1.800 bolívares soberanos o más, en teoría deberíamos tener para pagar el incremento del condominio”.

Natale se refiere, además, a que de mantenerse el ritmo hiperinflacionario, 1.800 bolívares soberanos podría ser una cifra irrisoria a finales de 2018.

Agregó que la incertidumbre ha traído como consecuencia que algunos miembros de juntas de condominio vuelvan a reunirse y organizarse. “Les están tocando una parte que les duele que es el bolsillo. Lo recomendable es que hagan reuniones informales y formales apegado a derechos y se informen. Eso nunca está demás, independientemente de lo que vaya a pasar”.