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El CEP-UCAB repudió la reubicación de 715 mil electores para las elecciones del #15Oct

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El Centro de Estudios Políticos de la Universidad Católica Andrés Bello (CEP-UCAB), emitió este viernes 13 de octubre un comunicado en el que alertó que las actuaciones del Consejo Nacional Electoral “socavan la integridad” de los comicios para gobernadores de este domingo 15, “pueden afectar de manera significativa el resultado de la elección” a favor de los candidatos del PSUV, al elevar significativamente la emisión de votos nulos y, en general, representan “un retroceso muy importante en términos de equidad y transparencia electoral”.

El CEP considera inaceptable e injustificable la reubicación, a menos de 72 horas del evento electoral, de unos 715 mil electores. Recordó que en las elecciones parlamentarias de 2015, en los centros de votación reubicados, el 78% de los votantes lo hicieron a favor de la coalición opositora MUD. Esos más de 700 mil electores, indica el CEP, representan casi 4% del padrón total convocado para estas elecciones.

También se cuestiona la negativa del CNE a acreditar a “organizaciones de observación electoral nacional de reconocida trayectoria e independencia”, que es “uno de los medios con que cuentan los ciudadanos para participar y contribuir al buen desempeño de los procesos electorales”

“Desde el Centro de Estudios Políticos expresamos nuestro más profundo rechazo a este conjunto de decisiones que se materializan en las peores prácticas electorales de las que hasta ahora hemos sido testigos, y que solo pueden tener cabida en procesos electorales condicionados autoritariamente, de lo cual el CNE es corresponsable tanto de su implementación como de sus posibles consecuencias. Es lamentable que la institución llamada a arbitrar la resolución de los conflictos políticos de los venezolanos mediante la organización de procesos electorales, contradiga su propia naturaleza al subordinar sus actuaciones a los intereses de una parcialidad política determinada”, refirió el texto divulgado por el CEP-UCAB.

Además, el comunicado rechaza lo dicho por la rectora principal del CNE, Socorro Hernández, sobre la obligación que tendrían los gobernadores electos de juramentarse ante la Asamblea Nacional Constituyente.

“La legitimidad de todo funcionario electo emana de la voluntad de los electores y no de la actuación de otro órgano electo o no. Los gobernadores solo pueden ser proclamados por la Junta Regional Electoral correspondiente, tal como lo dispone el artículo 152 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, mientras que la juramentación se hace ante el Consejo Legislativo de cada entidad”, acotó el CEP.

Benigno Alarcón: La reforma electoral facilita la salida constitucional y democrática al conflicto

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Benigno Alarcón, director del Centro de Estudios Políticos de la Universidad Católica Andrés Bello (CEP), señaló que el país está inmerso en un proceso donde las condiciones electorales se deterioran a medida que el Gobierno pierde apoyo, por lo que considera vital una reforma que garantice elecciones  equitativas, transparentes y con reglas claras.

“En la medida en que el Gobierno pierde piso electoral es evidente que las condiciones electorales se han deteriorado y cada vez hay menos claridad en las reglas de juego. Creemos que en la medida en que no comprendamos la urgencia de una reforma electoral que nos otorgue equidad y transparencia para una elección,  será más difícil y complicado que el país supere el conflicto político mediante una salida constitucional y democrática”, dijo Alarcón, quien participó en un evento realizado por el CEP para analizar el contenido de la reforma electoral.

“En este momento no tenemos certidumbre sobre los procesos electorales,  no sabemos cómo se hace un revocatorio, desconocemos si va a haber elecciones de gobernadores este año. Evidentemente esto no corresponde a un sistema electoral con reglas democráticas”, agregó.

Explicó que implementar la reforma es importante de cara a las elecciones que se realizarían en el corto y mediano plazo como el revocatorio, la escogencia de gobernadores, alcaldes y una eventual elección presidencial.

La reforma

Juan Berríos, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad del Zulia, sintetizó los puntos más importantes de la reforma electoral que actualmente discute la Asamblea Nacional. Destacan una serie de normas que limitan la discrecionalidad del Consejo Nacional Electoral (CNE), que regulan la campaña electoral y su financiamiento, refuerzan el rol de la observación y otorgan mayor participación a la sociedad civil en la elección de los rectores del CNE.

“La reforma contempla que la convocatoria a elecciones debe hacerse seis meses antes del momento de la elección para acabar con la discrecionalidad del CNE. Además se define claramente lo que es campaña electoral y los mensajes que comprende. Otro aspecto importante es que los medios de comunicación cederán espacios de manera gratuita durante la campaña electoral para generar equidad entre los candidatos y se limita la actuación de los funcionarios públicos y el uso de recursos del Estado durante la campaña”, explicó Juan Berríos.

Señaló que de cara a los próximos procesos electorales son clave las normas referentes a la regulación de campaña para generar condiciones de equidad y transparencia entre las distintas opciones políticas.

En cuanto al escrutinio la reforma plantea la totalización en tiempo real y que los ciudadanos tengan acceso a los resultados de forman inmediata.

Juan Berríos agregó que la reforma también incluye que los candidatos a rectores del CNE no hayan tenido militancia política durante siete años, se prohíbe la reelección y se especifica que cuando no sea posible que las dos terceras partes de la Asamblea Nacional alcancen un acuerdo para elegir a los rectores la escogencia se hará mediante elección popular.

Realizarán conferencia internacional en la AN sobre claves para la reforma electoral

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Este jueves 28 de abril, la Asamblea Nacional será la sede de la Conferencia Internacional «Claves para una reforma electoral», con la participación de un grupo de especialistas en materia comicial, con el propósito de consultar y promover la discusión e intercambio de ideas y propuestas que permitan aumentar la calidad del sistema electoral venezolano, de cara a los procesos comiciales que se estarán realizando próximamente en el país.

 

La apertura y cierre de este evento estará a cargo de los diputados Enrique Márquez, primer vicepresidente de la Asamblea Nacional, y Juan Guaidó, presidente de la Sub-Comisión de Asuntos Electorales y Derechos Políticos del Parlamento.

 

En la Conferencia participarán los ponentes internacionales Edmundo Jarquin (Nicaragua), lider del Sandinismo y excandidato presidencial quien fue actor importante de la transición entre el sandinismo y el gobierno de Violeta Chamorro; Horacio Boneo (Argentina), quien fue director y fundador de la Oficina de Observación Electoral de Naciones Unidas bajo la secretaría de Koffi Annan, y Carlos Meléndez (Perú), miembro de Transparencia Internacional y uno de los autores de la reforma electoral de Perú.

 

Estos ponentes se alternarán con los panelistas venezolanos José Domingo Mujica, de la Asamblea de Educación; Evangelina García Prince, en representación del Observatorio Venezolano de los Derechos de la Mujer; Miguel Cañas, especialista en tecnología electoral, y Daniela Urosa, abogada especializada en temas electorales por el Centro de Estudios Políticos de la Universidad Católica Andrés Bello (CEP-UCAB).

 

Así mismo, el director del CEP-UCAB, Benigno Alarcón, hará una introducción inicial sobre la pertinencia e importancia de una reforma electoral, y los temas que deben abaracarse en la misma, con base en los estudios que se han venido desarollando desde el Proyecto Integridad Electoral Venezuela, coordinados por el Centro que dirige, en alianza con diversas instituciones de reconocido prestigio internacional.

 

La presencia de expertos internacionales permitirá analizar las experiencias que en otros países se han adelantado sobre el tema de la reforma electoral y su relación con la gobernabilidad política.

 

Así mismo, los expertos venezolanos opinarán sobre las propuestas que son consideradas en el marco de una reforma electoral que forma parte de la agenda de trabajo de la subosmisión presidida por el Diputado Juan Guaidó.

CNE no posee competencia exclusiva ni excluyente en materia de legislación electoral, según Centro de estudio UCAB

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Para Benigno Alarcón, Director del Centro de Estudios Políticos de la Universidad Católica Andrés Bello y del Proyecto Integridad Electoral Venezuela, ante el pronunciamiento realizado por el máximo ente electoral en el que se adjudica la exclusividad de la iniciativa legislativa en materia electoral, es importante aclarar que tener iniciativa legislativa es muy distinto a decir que dicha iniciativa es exclusiva y excluyente de la que podrían tener otros actores. Y por otro lado aclara que una cosa es tener la iniciativa y otra muy distinta es legislar. En este sentido “el Consejo Nacional Electoral tiene competencia para proponer leyes o reformas solo en la materia electoral, pero dicha competencia no es exclusiva del ente electoral ni excluyente de la iniciativa de otros actores sociales, y mucho menos puede interpretarse en el sentido de afirmar que el ente electoral tiene la competencia de legislar, la cual es exclusiva de la Asamblea Nacional, y de ningún otro órgano ni poder alguno, e incluye su capacidad para legislar sobre materia electoral y el funcionamiento mismo del Consejo Nacional Electoral”.

Desde el Centro de Estudios Políticos advierten que el texto de la Constitución en su artículo 204 es muy claro al señalar quienes pueden ejercer la iniciativa legislativa y cita al Poder Ejecutivo Nacional; a la Comisión Delegada y a las Comisiones Permanentes de la Asamblea Nacional; a los integrantes de la Asamblea Nacional, en número no menor de tres; Al Tribunal Supremo de Justicia, solo cuando se trate de leyes relativas a la organización y procedimientos judiciales; y al Poder Ciudadano, solo cuando se trate de leyes relativas a los órganos que lo integran; al Poder Electoral, solo cuando se trate de leyes relativas a la materia electoral, a los electores y electoras en un número no menor del cero coma uno por ciento de los inscritos e inscritas en el registro electoral permanente, y al Consejo Legislativo estadal, cuando se trate de leyes relativas a los Estados. En otras palabras, el Tribunal Supremo de Justicia, el Poder Ciudadano, el Poder Electoral y el Consejo Legislativo tienen la facultad de introducir proyectos y reformas de ley solo en  aquellas materias propias de su competencia, mientras que el Poder Ejecutivo Nacional, la Comisión Delegada o las Permanentes, tres o más diputados de la Asamblea Nacional, y cero como uno por ciento de los electores en el registro civil y electoral, no tienen tal limitación para el ejercicio de su iniciativa.  

“Si se pretendiese una interpretación distinta, saquemos cuentas de todas los actos y leyes aprobadas desde 1999 por la Asamblea Nacional cuya constitucionalidad estaría hoy en tela de juicio, por no estar haberse apegado al criterio que el CNE pretende hoy. Pero si aún hubiesen dudas sobre la interpretación del artículo 204 de la Constitución, que indica cuales actores poseen iniciativa legislativa en materia electoral, simplemente revisemos el artículo 187 de la Carta Magna, en el que se señala que corresponde a la Asamblea Nacional ‘legislar en las materias de la competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional’. Pero, cuando ya creemos inmunizada nuestra capacidad de asombro, no deja de sorprendernos que hoy en día, 17 años después de promulgada las Constitución vigente y cuando el país reclama una reforma electoral profunda a favor de la democracia, la Presidenta del CNE, Tibisay Lucena, pretenda abrogarse el monopolio de una iniciativa legislativa que nunca ejerció, y que seguramente, de no estarse discutiendo la nueva Ley de Referéndums, jamás  habría ejercido, expresó Alarcón.

“De modo tal que no existe la posibilidad de que sea solo el CNE, con carácter monopólico y excluyente el que pueda manifestarse en materia de propuestas legislativas sobre asuntos electorales, cuando la propia Constitución le da facultad a diversos entes del Estado y representaciones de la sociedad para proponer iniciativas y proyectos de ley que regulen cualquier materia, incluida la electoral, que además representa la regulación del ejercicio de uno de los derecho ciudadanos fundamentales en cualquier sistema democrático. Negar esto es negar la existencia misma de la democracia”, indicó Benigno Alarcón.