¿Seguid el ejemplo que Chile dará? - Runrun
¿Seguid el ejemplo que Chile dará?
El proyecto de Constitución de Chile es un marco de definiciones vagas que fragmenta a la sociedad en sectores en pugna. En su madeja de subjetividades desaparece la persona humana

 

@narrativaoral

El proyecto de constitución de Chile ha generado interés en comentaristas de la prensa internacional (incluyendo a quien escribe). Algunos lo ven como el camino a la perdición (portal pago), al debilitamiento de la democracia y la economía chilenas. Otros creen que es la panacea a los problemas de ese país y de otros países. La verdad es que el texto propuesto por la Convención Constituyente, y que se votará en plebiscito el 4 de septiembre próximo, es una gran lista de “buenos deseos” que pretende resolver todas las injusticias pasadas, presentes y futuras. Como todo proyecto que se dice “revolucionario”, este texto tiene muchos artículos (388), un poco más que los 350 de la constitución “bolivariana” que Chávez hizo a su imagen y semejanza en 1999; y que después reformara para eternizar en el poder al chavismo, quien por cierto la viola también a cada rato.

El proyecto chileno suscita interés tanto desde la derecha como de la izquierda porque se ve como el prototipo de legislaciones y normas que podrían inclinar la balanza en el mundo hacia una política de identidades que ponga los derechos de variadas “subjetividades afectivas” sobre los derechos individuales de la persona humana. Además, le da poder al Estado para controlar y sancionar a partir de esas “subjetividades”, es decir para que un juez o un burócrata decida cuál es la identidad correcta o incorrecta, según la ideología de una izquierda radical obsesionada con las cuestiones de género y “raza” (noción altamente problemática y rechazada por la biología y las ciencias sociales). Si bien el texto constitucional pretende corregir injusticias históricas contra grupos como los pueblos aborígenes y las minorías sexuales (transgéneros y homosexuales), lo hace creando un marco de definiciones vagas que fragmenta a la sociedad en sectores en pugna.

Veamos los apartados 3 y 4 del artículo 25 sobre la igualdad y contra la discriminación. En el número 3 se dice: “El Estado asegura la igualdad de género para las mujeres y niñas, diversidades y disidencias sexuales y de género, tanto en el ámbito público como privado”. ¿Qué quiere decir “disidencias sexuales y de género”? ¿Disidencia con respecto a qué? ¿Quién decide qué es una “disidencia sexual y de género”? Otro asunto llamativo: ¿qué pasa con los hombres? ¿No son iguales a las otras categorías de “género” tan mal definidas? ¿No sería más sencillo retomar el principio liberal y democrático que dice que todos los seres humanos son iguales sin distingo de preferencia política, orientación sexual, creencia religiosa o pertenencia étnica?

El apartado 4 del mismo artículo es mucho más “completo” y más confuso aun. Dice: “Está prohibida toda forma de discriminación, en especial cuando se funde en uno o más motivos tales como nacionalidad o apatridia (sic), edad, sexo, características sexuales, orientación sexual o afectiva, identidad y expresión de género, diversidad corporal, religión o creencia, raza, pertenencia a un pueblo y nación indígena o tribal, opiniones políticas o de otra naturaleza, clase social, ruralidad, situación migratoria o de refugio, discapacidad, condición de salud mental o física, estado civil, filiación o condición social, y cualquier otra que tenga por objeto o resultado menoscabar la dignidad humana, el goce y ejercicio de los derechos”. Al tratar de cubrir todas las categorías humanas, y al fragmentarlas en grupos y grupitos, incluyendo las mal definidas nociones de “orientación afectiva”, pertenencia “tribal”, “diversidad corporal” o “condición social”, abre la puerta a interpretaciones caprichosas e intervenciones arbitrarias del Estado. De nuevo, la persona humana desaparece en una madeja de variantes de identidades y subjetividades, obliterando el principio republicano de la igualdad de todos los ciudadanos.

En cuanto a los derechos a una salud “sexual y reproductiva”, el texto constitucional chileno insiste en establecer la subjetividad como fundamento legal. Por ejemplo, en el apartado 1 del artículo 61, se dice que toda persona es titular de derechos sexuales y reproductivos, incluyendo “el placer” (sic) sexual. ¿Cómo el Estado puede garantizar que la gente ejerza el derecho al placer? ¿Qué tipo de legislación y de acción judicial podrían ponerse en marcha para que el placer sexual sea garantizado?

Más adelante, en el apartado 2 del mismo artículo, se crea una nueva categoría que despoja a las mujeres del exclusivo hecho de quedar embarazadas pues se consagran también los derechos de “las personas con capacidad de gestar” (sic). ¿Quiénes son esas personas? Quienes subjetivamente se definan como personas gestantes. Además, ese artículo consagra el derecho constitucional al aborto, un punto contencioso en un país de tradición católica como Chile.

Un proyecto iliberal

Algunos destacados chilenos, incluyendo al expresidente Ricardo Lagos (Partido Socialista), han advertido que el texto constitucional propuesto será fuente de conflictos y de polarización social. Pero no debería sorprender que el diseño constitucional de los radicales de izquierda que dominaron la Convención Constituyente resulte en conflicto social y divisiones. Si lo vemos desde la perspectiva iliberal que se manifiesta en varias partes del mundo, desde la extrema derecha (e. g. Trump et al.) a la izquierda populista autoritaria (e. g. Maduro et al.), el objetivo es justamente dividir a las sociedades y crear enfrentamientos. Es lo que algunos estudiosos del fenómeno iliberal denominan la “polarización totalitaria” que se ha ido infiltrando en la psiquis colectiva (e. g. las teorías conspirativas) y en instituciones como las universidades (e. g. la llamada interseccionalidad antiliberal).

¿Qué camino escogerá Chile en el plebiscito del 4 de septiembre? Las expectativas son grandes. Una opción es que una mayoría rechace el texto constitucional y obligue a recomenzar el proceso constituyente, lo que no augura tampoco estabilidad y paz social. La otra posibilidad es que se apruebe la nueva constitución, abriendo la puerta a lo desconocido y a más polarización. Los chilenos tienen la palabra. 

La izquierda new age

La izquierda new age

Las opiniones emitidas por los articulistas son de su entera responsabilidad. Y no comprometen la línea editorial de RunRun.es