El nuevo Decreto-Ley Orgánica de Precios Justos (“Decreto”) de fecha 4 de diciembre (GO # 6.156 Extraordinario), que reformó a la ley anterior del mismo nombre, no protege a la economía ni garantiza que haya precios justos: solo tiene a la autoridad y su arbitrio como bien jurídico tutelado. Es decir, lo que diga el funcionario público que debe ser el costo y el precio de un bien o un servicio es lo que el empresario debe acatar. Si no lo hace, va preso, su nombre y reputación quedarán por debajo del suelo y su empresa será intervenida o expropiada (entiéndase: confiscada, sin indemnización ni reparación por los daños causados, como ha ocurrido). La irreverencia se hizo punible. ¿Y los empleados? Pierden su trabajo, van al comercio informal, al contrabando, al delito común y organizado, a la indigencia, a la menesterosidad social, como diría el maestro García Pelayo.
La desobediencia, la irreverencia, el irrespeto a la autoridad es lo que la doctrina venezolana ha llamado delitos de desacato (ver:http://www.amnistia.me/profiles/blogs/delitos-de-desacato). En nuestro caso, se trata de una herencia de la monarquía italiana del siglo XIX plasmada en el Código de Zanardelli, el cual fue copiado por Venezuela, cuando era condenable quien dijera: “el Rey está desnudo”. Estos delitos son anacronismos que violan derechos humanos y en nada benefician a la economía. Como política criminal terminan dando un resultado paradojal e indeseable: el desabastecimiento de productos básicos.
La Real Academia Española de la Lengua define el desacato como (i) Falta del debido respeto a los superiores. (ii). Irreverencia para con las cosas sagradas. Y (iii) Der. En algunos ordenamientos, delito que se comete calumniando, injuriando, insultando o amenazando a una autoridad en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas, ya de hecho o de palabra, o ya en escrito que se le dirija. Con lo cual se pone de manifiesto la lesión a lo venerable”. Desacato es la irreverencia con lo sagrado. Originalmente, se trataba de un crimen laesa venerationis, contra los dioses. Ahora se trata de un delito contra la majestad del poder (laesa maiestatis). Irreverente. (Del lat. irrevĕrens, -entis). Es lo contrario a la reverencia o respeto debido.
Son muchos los defectos técnicos y, también, los efectos nocivos del Decreto, pero lo peor de todo es su abierta oposición a la forma constitucional del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia que consagra la libertad económica. Los delitos de desacato son injustos, anacrónicos y flagrantes violaciones de los derechos humanos. Las consecuencias en la conducta social son desastrosas. La política criminal del desacato ha sido y es un fracaso jurídico, criminológico, económico y social. De todas formas, las empresas no deben ser irreverentes. ¡A cuidarse!