Acceso a la Justicia: La muerte civil de Teodoro Petkoff
Acceso a la Justicia: La muerte civil de Teodoro Petkoff

LA ELIMINACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS de los sujetos calificados como contrarios es lo que propugna la teoría del derecho penal del enemigo, elaborada por el penalista alemán Gunther Jakobs. En la Venezuela actual, tal eliminación contra todo aquel que se oponga al Gobierno se materializa bien sea en prisión, desaparición forzada, inhabilitación política o civil, persecución, cierre directo e indirecto de medios de comunicación, muerte física y también política.

Abundan ejemplos del aniquilamiento de los adversarios por parte del poder político que gobierna nuestro país, bien sea a través de tribunales ordinarios, el propio Tribunal Supremo de Justicia y ahora la Asamblea Nacional Constituyente. Uno de esos casos, el de Teodoro Petkoff, es característico por lo “macabra” de la sanción en su contra. No lo mandaron a la cárcel ni lo torturaron, sino que le anularon totalmente sus derechos como ciudadano, es decir, le fue aplicada la muerte civil, además de arremeter contra el medio del cual es director y fundador, el diario Tal Cual.

Para Acceso a la Justicia es importante presentar algunas consideraciones del proceso judicial contra este economista y dirigente político de larga trayectoria.

El Juez 29º de Juicio de Caracas, Aris José La Rosa, visitó a Petkoff en su residencia el 31 de agosto de 2017 a raíz de las acusaciones que se tramitaban en su tribunal a petición del constituyente Diosdado Cabello, por publicaciones en Tal Cual en las que, citando agencias internacionales, se le vinculaba con el narcotráfico. Tal visita no fue solicitada ni notificada al abogado defensor del economista.

Días después de esta visita, y en plenas vacaciones judiciales, se supo de la escandalosa decisión dictada por La Rosa, quien actuando fuera de su competencia inhabilitó civilmente al dirigente, nombró como tutor a su cónyuge, lo despojó del derecho a estar asistido por su abogado, levantó las medidas cautelares dictadas en su contra (presentación periódica en el tribunal y prohibición de salida del país) y procedió a decretar el sobreseimiento del caso.

Es decir, el juez declaró a Petkoff incapaz o entredicho, sin proceso legal. Esto es, su capacidad jurídica como ser humano quedó limitada a lo que apruebe su tutor provisionalmente designado, lo que los romanos llamaban la muerte civil de sus ciudadanos.

“Los exámenes de los dos médicos y de la psicóloga (que fueron a la visita) se limitaron a entrevistar a Petkoff, revisar los informes de sus médicos privados y observar, a simple vista, exámenes de imágenes complejas como tomografía computarizada, resonancia magnética y escaneos cardiovasculares. La presión sobre los forenses fue tal que ni siquiera les permitieron que recibieran de la esposa de Petkoff, los informes y exámenes médicos para leerlos al menos con los instrumentos apropiados”, denunció Humberto Mendoza D’Paola, quien además fue cesado como abogado defensor por decisión del juez La Rosa.

Despenalización de la difamación

Vale recordar que Cabello demandó por difamación agravada a Petkoff por lo menos en dos oportunidades. La primera de ellas en 2014, por la publicación en Tal Cual de un artículo denominado “Patria, socialista o muerte”, suscrito por el articulista Carlos Genatio, exministro chavista, en el que señalaba que Cabello declaró con relación a la inseguridad en Venezuela lo siguiente: “Si no les gusta la inseguridad, váyanse”.

La segunda demanda por el mismo delito data de abril de 2015, cuando el alto dirigente del partido de Gobierno acusó penalmente una vez más a Petkoff y a trece propietarios y gerentes de tres medios de comunicación, incluido Tal Cual. En esta ocasión también fueron denunciados Miguel Henrique Otero y Leopoldo López Gil como parte de El Nacional y La Patilla por replicar informes del diario español ABC, que señalaban a Cabello como líder de una red de narcotráfico. Durante la sustanciación de ambas demandas se dictaron contra Petkoff medidas cautelares consistentes en presentaciones y prohibición de salida del país.

Respecto de esta última medida contra Petkoff, no se puede dejar de mencionar el hecho de que no pudo ir a España a recibir el premio Ortega y Gasset en 2015 por su trayectoria profesional. Paradójicamente para Petkoff, en ese año no había dictadura en Venezuela; dos años después no podemos decir lo mismo, sobre todo en un país donde la criminalización del periodismo va en aumento. Para muestra un botón, la versión impresa de Tal Cual dejó de circular por falta de papel, otro mecanismo que el Gobierno usa para censurar a la prensa crítica.

Más claro no canta un gallo

Si se quiere tener más evidencias de qué tipo de régimen hay en Venezuela, basta ver que la tendencia mundial en materia penal va dirigida a despenalizar la difamación, sobre todo cuando los difamados son personajes públicos o funcionarios y no se haya afectado la vida privada de estos. Continuar la persecución criminal de periodistas por razón de sus opiniones resulta absurdo en un Estado democrático y de derecho, donde debe imperar la libertad de expresión, opinión y difusión del pensamiento. Sobre ello se ha pronunciado el Comité para la Protección de los Periodistas y la Sociedad Interamericana de Prensa. Sin embargo, muchos países de la región siguen castigando severamente la difamación soslayando el derecho a la libertad de expresión; ejemplo de ello es Cuba, que castiga dicho delito hasta con veinte años de cárcel.

Otro caso sonado fue el del diario ecuatoriano El Universo, en el cual la justicia ecuatoriana condenó al medio de comunicación a pagar 40 millones de dólares al presidente Rafael Correa, más condena de prisión a tres de sus directivos por una columna de opinión que el mandatario de ese país consideró difamatoria.

Con información de Acceso a la Justicia