TSJ suspende efectos de 7 sesiones de la AN por violar sentencia sobre Reglamento de Interior y de Debates - Runrun
TSJ suspende efectos de 7 sesiones de la AN por violar sentencia sobre Reglamento de Interior y de Debates

TSJ-11

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anunció este sábado su decisión suspender, de manera cautelar, los efectos y actos de 7 sesiones de la Asamblea Nacional , en concreto, las plenarias del 26 y 28 de abril, y 03, 05, 10, 12 y 17 de mayo de 2016.

Aunque fue firmada el pasado 19 de agosto, la sentencia no se dio a conocer sino hasta hoy, dos días después de acordarse y en una jornada no laboral para el máximo tribunal.

La solicitud de anulación de las sesiones fue interpuesta el 9 de mayo pasado por varios de los diputados del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) o «Bloque de la Patria» como Pedro Carreño, Víctor Clark, Edwin Rojas, Loengri Matheus, Ramón Augusto Lobo, César Sandoval, Carmen Meléndez, Elías Jaua, Julio Chávez, Saúl Ortega, Juan Marín, Earle Herrera, Raiza Carrillo, Oscar Figuera, Ricardo Molina, Gerson Vizcaíno, Yul Jabour, Elio Serrano, Luis Soteldo, Sergio Fuenmayor, Aloha Núñez, Cristóbal Jiménez, Eduardo Linares, Dante Rivas, Jorge Pérez, Carolina Vegas, Domingo Santana, entre otros.

La petición de los parlamentarios rojos, que se hizo conjuntamente con acción de amparo cautelar, denunció la presunta violación de lo dispuesto en la sentencia N° 269 del 21 de abril de 2016, por parte de la Junta Directiva y de la Secretaría de la Asamblea Nacional. Tal sentencia del máximo tribunal (la 269) contempla suspender provisionalmente varios artículos del Reglamento de Interior y de Debates del Hemiciclo, que regulan el trabajo y funcionamiento del Poder Legislativo.

Entre los artículos afectados por la sentencia 269 se encuentra la obligación de someter el informe de impacto e incidencia presupuestaria y económica o el informe de la Dirección de Asesoría Económica y Financiera de la Asamblea Nacional, que acompaña a todo proyecto de ley, a la consideración del Ejecutivo Nacional para que este determine la viabilidad económica en el país. Además, amplía a 48 horas el tiempo para realizar la convocatoria de una sesión, impide que se incluyan o excluyan puntos o materias contemplados en el orden del día y limita el tiempo para la intervención de los diputados.

De acuerdo con la organización Acceso a la Justicia, estos cambios «configuran una flagrante violación al principio de la separación y autonomía del Poder Público consagrado en la Constitución en su artículo 136″ y pone en peligro la función de la representación popular y el procedimiento constitucional de la formación de las leyes, pues no cabe la menor duda que lo más grave de los cambios que hace la Sala con su sentencia consiste en que la Asamblea Nacional está obligada a consultar al Presidente de la República la “viabilidad económica” de todos sus proyectos».

Esta nueva sentencia, con ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, «ordenó requerir de manera cautelar a la Asamblea Nacional, a través de su Presidente, que remita la documentación donde evidencie el cumplimiento de las medidas cautelares decretadas en el mencionado fallo N° 269 del 21 de abril de 2016, en lo relativo a la convocatoria de la sesiones antes señaladas y orden del día fijado para cada una de ellas, con la advertencia de que dicho mandamiento debe ser acatado de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia», señala la nota de prensa del TSJ.

Lo suspendido

En una de las sesiones suspendidas por el TSJ, la Asamblea aprobó un informe sobre la viabilidad de Ley de bono de alimentación y medicamentos para jubilados y pensionados, que hasta ahora no se ha hecho efectivo. También se entregó el informe final de la Comisión Especial que estudia la desaparición de los mineros de Tumeremo.

Además, se llevaron a cabo las primeras discusiones de varios proyectos, como el de la reforma de la ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos, la ley Aprobatoria del Protocolo de San Luis para Estados partes del Mercosur, la ley de Transmisiones Simultáneas, Publicidad Oficial, Medios Públicos, que pretende regular las cadenas; la ley de Protección del Salario de la Profesión Docente y la ley que establece la Cátedra de la Paz en instituciones educativas. En segunda discusión se aprobó la ley Especial para atender la crisis nacional de salud, así como el acuerdo para declarar el 17 de Mayo como «Día contra la homofobia, la transfobia y bifobia”, el de autonomía universitaria y el de la investigación en torno a la problemática del agua.

En estos días también se dio el visto bueno al proyecto de Ley de Protección del Salario de la Profesión Docente, el Proyecto de Acuerdo que exhorta al cumplimiento de la Ley que crea el Distrito de Alto Apure, 

Más información: Lea la sentencia del TSJ.