Isaías Rodríguez: La Constitución faculta al presidente para disolver el Parlamento

IsaíasRodríguez.

El ex constituyente y actual embajador de Venezuela ante Italia, Isaías Rodríguez, dijo que la Constitución contenía una posibilidad “con la cual el Presidente puede disolver el Parlamento”.

Durante un conversatorio transmitido en cadena nacional de radio y televisión desde el mausoleo del Libertador, el ex fiscal general dijo que el régimen venezolano no era presidencialista ni parlamentario. “Pero no solamente que no es parlamentario. Yo me voy a atrever a decir una cosa más audaz: para mí tampoco es presidencialista. Es semipresidencialista porque en nuestro régimen todo el poder está en la Sala Constitucional. ¡Está en el poder judicial!”, sostuvo.

A lo anterior, Isaías Rodríguez agregó: “Pero no solamente por esa razón. En los regímenes presidencialistas el presidente no puede disolver el Parlamento y aquí, en esta Constitución, hay una posibilidad con la cual el presidente puede disolver el Parlamento”.

Concluyó su tesis: “Esa norma que le confiere al presidente autoridad para disolver el Parlamento, la Constituyente la trajo de Francia (…). Era costumbre en el Parlamentarismo francés que los parlamentarios obstaculizaran la labor del poder ejecutivo y por esa razón se incorporó esa norma y la han aplicado dos veces en Francia. Es una manera de garantizar la estabilidad institucional de un Estado”.

Escrito por Jorge Torres Moreno para El Nacional

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El ex constituyente y actual embajador de Venezuela ante Italia, Isaías Rodríguez, dijo que la Constitución contenía una posibilidad “con la cual el Presidente puede disolver el Parlamento”.

Durante un conversatorio transmitido en cadena nacional de radio y televisión desde el mausoleo del Libertador, el ex fiscal general dijo que el régimen venezolano no era presidencialista ni parlamentario. “Pero no solamente que no es parlamentario. Yo me voy a atrever a decir una cosa más audaz: para mí tampoco es presidencialista. Es semipresidencialista porque en nuestro régimen todo el poder está en la Sala Constitucional. ¡Está en el poder judicial!”, sostuvo.

A lo anterior, Isaías Rodríguez agregó: “Pero no solamente por esa razón. En los regímenes presidencialistas el presidente no puede disolver el Parlamento y aquí, en esta Constitución, hay una posibilidad con la cual el presidente puede disolver el Parlamento”.

Concluyó su tesis: “Esa norma que le confiere al presidente autoridad para disolver el Parlamento, la Constituyente la trajo de Francia (…). Era costumbre en el Parlamentarismo francés que los parlamentarios obstaculizaran la labor del poder ejecutivo y por esa razón se incorporó esa norma y la han aplicado dos veces en Francia. Es una manera de garantizar la estabilidad institucional de un Estado”.

Escrito por Jorge Torres Moreno para El Nacional

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