Periodistas extranjeros incómodos para el Gobierno seguirán sin venir a Venezuela

Sentencia número 1.162 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia autoriza al Ministerio de Comunicación e Información para negar acreditaciones
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia volvió a ignorar las peticiones de la sociedad civil y en este caso, de las ONG Espacio Público y Expresión Libre sobre las arbitrariedades del Ministerio de Comunicación e Información (Minci).
De acuerdo con la sentencia número 1.162 del pasado de 11 de agosto de 2023, el órgano judicial autorizó al Minci para que siga negando el acceso a Venezuela a los periodistas extranjeros que considere incómodos o que laboren para medios de comunicación que no sean de su agrado, expuso la ONG Transparencia Venezuela en su sitio web Suprema Injusticia.
Espacio Público y Expresión Libre presentaron en noviembre de 2017 una denuncia por “las prácticas y políticas restrictivas contra la cobertura periodística de los trabajadores de medios extranjeros emanadas del Minci”.
Según la Sala Constitucional, intérprete de la Constitución en Venezuela, los accionantes (Espacio Público y Expresión Libre) perdieron interés en obtener respuesta y por ello, sin siquiera revisarla, desecharon la solicitud.
“La parte actora no ha realizado actuación alguna por más de un año, lo cual demuestra una inactividad que hace ostensible su intención de no impulsar el proceso o terceros interesados y, por lo tanto, declaró la extinción del proceso”, se lee en el fallo redactado por la magistrada Lourdes Suárez Anderson.
La Sala Constitucional del TSJ no tomó en consideración las cuatro solicitudes que entre noviembre de 2017 y agosto de 2018 hicieron las ONG. Tampoco explicó por qué la demanda no fue tramitada durante los seis años que estuvo en sus manos.
La demanda de Espacio Público y Expresión Libre denunciaba “la obstaculización indebida de la cobertura periodística a los reporteros extranjeros, por medio de actos de intimidación, hostigamientos verbales, restricciones administrativas, retención ilegítima de equipos y medios de trabajo y deportaciones arbitrarias por otros órganos del Estado desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar a causa de no poseer la acreditación del Minci”.
Exigía que se ordenara a las autoridades venezolanas que las acreditaciones futuras fueran tramitadas “en condiciones de publicidad, celeridad, transparencia, objetividad e igualdad”.
Restricciones a la libertad de expresión
Entre 2016 y 2017, a decenas de comunicadores extranjeros se les impidió entrar a Venezuela o se les deportó, esgrimiendo la excusa de no tener el permiso oficial para poder realizar su labor.
“Durante el 2017, 14 corresponsales extranjeros fueron expulsados del país, impedida su entrada, o detenidos por varias horas, e incluso incomunicados durante interrogatorios por servicios de inteligencia para luego ser deportados. El Gobierno alega la ausencia de acreditaciones por parte del Ministerio de Comunicación e Información. Sin embargo, los periodistas señalaron haber iniciado la solicitud, pero nunca recibieron respuesta. En otros casos se exige una visa especial para periodistas, figura que no existe en la legislación venezolana”, se desprende de la demanda.
La organización Reporteros Sin Fronteras reveló que entre 2016 y hasta el primer trimestre de 2017, “más de 20 periodistas y colaboradores de medios de comunicación de nueve nacionalidades diferentes les han impedido entrar a territorio venezolano o han sido expulsados del país al llegar al aeropuerto internacional de Maiquetía Simón Bolívar”.
El artículo 57 de la Constitución garantiza a todos los venezolanos el “derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura”.