COMO CONSECUENCIA DE HECHOS REGISTRADOS a partir del 10 de enero del presente año, Juan Guaidó, presidente encargado de la República, ha desplegado actuaciones de Ãndole jurÃdica que garantizarÃan la continuidad administrativa ante la existencia de un Gobierno de facto y a la luz de lo establecido en la Constitución en sus artÃculos 231, 333 y 350. La Asamblea Nacional (AN) también ha dictado importantes actos jurÃdicos luego de declarar el 15 de enero la usurpación del cargo por parte de Nicolás Maduro, con el mismo propósito de restablecer la democracia en Venezuela. Desde Acceso a la Justicia consideramos importante listar y explicar esos actos jurÃdicos con el fin de que sean mejor conocidos y comprendidos.
Decretos presidenciales
Hasta el momento Juan Guaidó, con base en el artÃculo 14 del Estatuto que rige la Transición a la Democracia, ha firmado dos decretos:
1. Decreto n.º 001 del 21 de febrero de 2019 para autorizar el ingreso de la ayuda humanitaria, sustentado en los artÃculos 233 y 236 numerales 1, 2, 4 y 5 y los artÃculos 333 y 350 del texto constitucional. Vale acotar que el dÃa anterior la AN emitió un acuerdo para autorizar el ingreso de alimentos y medicinas.
2. Decreto n.º 002 del 10 de marzo de 2019, mediante el cual se declara el Estado de Alarmapor 30 dÃas (como modalidad del estado de excepción previsto en el artÃculo 337, 338 y 339 de la Carta Magna), emitido tras el apagón nacional que causó estragos en todo el paÃs. Este establece una serie de medidas dirigidas a superar la crisis eléctrica, incluyendo la suspensión de crudo, combustible y derivados a Cuba. En este caso, la competencia ejercida por el presidente encargado es la prevista en el artÃculo 236, numeral 7.
Representantes en el exterior
Bajo esta modalidad (no materializada como decreto), y contando con la autorización de la AN, Guaidó efectuó designaciones amparado en el artÃculo 333 y el numeral 15 del artÃculo 236 de la Constitución:
1. El 29 de enero se designaron representantes ante Argentina, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos, Honduras, Panamá y Perú, asà como ante el Grupo de Lima.
2. El 5 de febrero se autorizaron representantes diplomáticos ante Brasil, Paraguay y Guatemala.
3. El 26 de febrero se realizó el nombramiento del procurador especial para la defensa del Estado y de los demás entes descentralizados de la administración pública en el exterior (artÃculo 15, literal b del Estatuto de Transición).
4. El 28 de febrero se nombró al gobernador principal de Venezuela ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Corporación Interamericana de Inversiones, asà como a la directora ejecutiva ante tales organismos.
Acuerdos parlamentarios
El 22 de enero un dÃa antes de que Guaidó asumiera la presidencia interina, la AN emitió dos acuerdos:
1. Acuerdo de Ratificación de la Adhesión de la República Bolivariana de Venezuela a la Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA). Partiendo del acuerdo del 2 de mayo de 2017, por virtud del cual se declaró inconstitucional y nula la denuncia efectuada por el entonces jefe de Estado a dicha Carta, la AN señaló que al ser nula la denuncia, debe entenderse que Venezuela continuará siendo miembro de pleno derecho del organismo regional.
2. Acuerdo de Designación del Representante Especial ante la OEA.  En este caso la AN, como poder legÃtimo, está obligada a asegurar la permanencia del Estado venezolano en el organismo y procede a designar al representante, encargado de facilitar la coordinación necesaria con la comunidad internacional.
3. Acuerdo que autorizó el nombramiento para ejercer los cargos de la junta administradora ad hoc, que asuma las funciones de la asamblea de accionistas y junta directiva de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) para actuar en su nombre y, como único accionista de PDV Holding, Inc., proceder a designar su junta directiva y las de Citgo Holding, Inc. y Citgo Petroleum Corporation. Todo ello en atención al artÃculo 187 de la Constitución y de los artÃculos 13, 15 y 16 del Estatuto antes mencionado.
Con información de Acceso a la JusticiaÂ



