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Chile: la primera Asamblea Constituyente paritaria de la historia

@dhayanamatos

Mucha tinta ha corrido desde que Jean Jacques Rousseau, considerado el padre de la democracia moderna, publicara su famosa obra El contrato social. En este texto, escrito en 1762, plantea elementos clave para explicar las instituciones políticas contemporáneas, entre ellas, el orden político sustentado en un contrato o pacto.

Rousseau no es el primer filósofo político contractualista; Thomas Hobbes, entre otros autores, también parte de un contrato o pacto. Lo que diferencia las ideas del ginebrino es que tienen su fundamento en un pacto social, según el cual los hombres, mediante una asociación, ceden sus derechos naturales a cambio de libertad civil y de la protección de la propiedad. No se puede olvidar que las ideas del siglo XVIII tenían su sustento en la necesidad de la burguesía de tener, además del poder económico, el poder político.

Cabe destacar que, cuando Rousseau habla de hombres, literalmente se refiere a personas del sexo masculino ya que las mujeres fueron excluidas bajo el argumento de la supuesta complementariedad de los sexos. Pero este tema lo dejaremos para otra oportunidad.

La asociación de la que habla Rousseau y el poder que de la misma se genera es más que la suma de las voluntades individuales de cada uno de los asociados, es la voluntad general, que se expresa a través de la ley.

Además, para Rousseau, la voluntad general y la soberanía están siempre unidas, ya que ellos son ejercidas por los ciudadanos, reunidos en Asamblea, que son los únicos legitimados para la construcción de la sociedad y del Estado.

La Constitución, la brújula de un país

Su teoría lo convierte en pionero de lo que es el poder constituyente. Aunque, como señala el profesor chileno de Derecho Constitucional Humberto Nogueira Alcalá, su concepción solo sirve de fundamento para la democracia directa.

La Constitución de un país es la expresión máxima de la voluntad general, por ello, es importante tener presente que cuando se habla de la necesidad de un nuevo pacto o contrato social, se está haciendo referencia a la necesidad de una nueva constitución.

En los países que sigan las reglas del juego democrático, o por lo menos algunas de ellas, como es el caso de Chile, cuando se realizan unas elecciones para una Asamblea Constituyente, el fin último es redactar una nueva constitución.

Es importante destacar que, cuando se realizan unas elecciones para una Asamblea Constituyente, es porque el orden constitucional está en crisis y es necesario cambiarlo.

Eso que ocurrió en Venezuela, de crear una Asamblea Constituyente sin que se formule una nueva Constitución, es una situación sui generis y una forma más de instrumentalizar los mecanismos legales por parte de un régimen autoritario. 

La Constitución de Pinochet de 1980

La elección de una Asamblea Constituyente en Chile, para redactar una nueva Constitución, indiscutiblemente es un hecho histórico anhelado por diversos sectores de la sociedad chilena desde hace mucho tiempo.

Varios factores explican la necesidad de cambiar este texto, entre ellos destaca el establecimiento en su articulado de un sistema económico claramente neoliberal, que relega al Estado a un papel menor en el aseguramiento de los derechos de contenido social.

Esto generó que, aunque Chile mostraba datos económicos estables que eran la envidia de sus vecinos, estos eran acompañados de brechas y desigualdades sociales marcadas, que generaron las olas de protestas y movilizaciones sociales que vivió este país durante el último trimestre de 2019.

Así las cosas, el famoso “milagro chileno”, invisibilizaba la continua precarización de una clase media ahogada por las deudas, que además no calificaba para recibir los pocos beneficios sociales que el Estado tenía establecidos; las desigualdades estructurales por razones de origen étnico, género o clase social y como en el resto de América Latina, una marcada desigualdad social.

A todo lo señalado, debe agregarse, como señala la politóloga Rossana Castiglioni, los “amarres institucionales” establecidos en la Constitución chilena de 1980. Destaca, entre ellos, el sistema electoral binominal, que favoreció la existencia de grandes coaliciones –la Alianza, de derecha y la Concertación, de centro-izquierda-, y que la competencia al interior de estas fuera más importante que la propia contienda electoral.

En el caso de las mujeres, el sistema electoral binominal, aunque se puede incluir dentro de los sistemas de representación proporcional, magnificaba las barreras y obstáculos que tenían que vencer para participar en la competencia electoral.

Las cuotas de género o el aumento de la representación de las mujeres

En el año 2015 se logró una reforma mediante la Ley N° 20.840 que sustituyó el sistema binominal por uno de representación proporcional inclusivo. Además, por primera vez se establecieron las cuotas legislativas o cuotas de género. La norma estableció que ni los hombres ni las mujeres, como grupo, podían superar el 60 % de las listas parlamentarias.

Pero Chile, pese a ser un país con la primera mujer presidenta de América Latina –Michelle Bachelet– con un claro discurso a favor de los derechos de las mujeres, llegó con bastante retraso al sistema de cuotas de género.

Mientras que Argentina fue pionera y el primer país en establecer las cuotas legislativas en 1991, a la que le sucedieron distintos países de la región, incluida Venezuela que las estableció en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política de 1997 –aunque en el 2000 el CNE las desaplicó porque “supuestamente” contravenía la igualdad establecida en el artículo 21 de la Constitución bolivariana–, en Chile apenas fue a finales de 2017 la primera vez que se aplicaron.

Con las cuotas de género, la representación de las mujeres chilenas en la Cámara de Diputados pasó de 15,8 % antes de las cuotas a 22,6 % después de estas, mientras que en el Senado pasó de 15,8 % a 23,5 %, según datos de ONU Mujeres y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

Aunque estos porcentajes muestran un aumento en el número de mujeres en el poder Legislativo, Chile sigue estando por debajo de la media de América Latina que se sitúa en 31,1 %, según información extraída de la Unión Interparlamentaria.

En este escenario, donde la representación política de las mujeres chilenas se encontraba por debajo de la llamada “masa crítica”, se convocaron elecciones para la conformación de una Asamblea Constituyente que, por primera vez, tendría una representación equilibrada en cuanto al número de mujeres y hombres que la conformarían.

La paridad de género en la Asamblea Constituyente

Los días 15 y 16 de mayo, la ciudadanía ejerció su derecho al sufragio y eligió a las personas que redactarán la nueva Constitución de Chile.

Para asegurar la paridad de género, se estableció que las listas de candidaturas debían ser encabezadas por una mujer y luego se alternarían sucesivamente mujer–hombre–mujer–hombre. Esto se conoce como lista cremallera y al establecer la alternancia, busca asegurar que las mujeres puedan efectivamente ser electas.

De esta manera se evita una de las perversiones que se han dado en aquellos países en los cuales el sistema de cuotas de género no establece un mandato de posición, por lo que los partidos políticos, para cumplir con la ley, incorporan a las mujeres en los últimos lugares de las listas, lo que hace casi imposible que logren ganar y solo son figuras de relleno.

El mecanismo establecido en Chile fue muy exitoso para las mujeres, quienes lograron mayor número de votos que los hombres.

Estos resultados derrumban varios mitos que señalan que a las mujeres no les gusta participar en las contiendas electorales, que pertenecen a partidos de derecha (los grandes perdedores en estas elecciones), que no están capacitadas para hacerlo y principalmente, que los electores no votan por las mujeres.

Lo que quedó en evidencia es que la piedra de tranca más importante que tienen las mujeres para participar en las elecciones son los partidos políticos tradicionales.

Al final, para cumplir con lo establecido en la Ley 21.216 y evitar que exista una sobrerrepresentación de alguno de los sexos, 11 mujeres tuvieron que ceder sus escaños a hombres y así asegurar el criterio de corrección establecido en la norma. De esta manera la Asamblea estará conformada por 77 mujeres y 78 hombres.

Pero no se trata solo de una cuestión numérica, de que haya más mujeres, de una representación descriptiva. Hay algo más…

¿Una constitución feminista?

Lo que se asegura en estas elecciones chilenas es la representación sustantiva, que haya mujeres que representen los intereses de las mujeres y que incorporen temas vinculados con sus necesidades.

Esta representación sustantiva está asegurada ya que, como señala María Catalina Batarce, 45 de las 77 constituyentes se declaran feministas y buscan incorporar en la nueva Constitución los principios y derechos que aseguren el avance de las mujeres.

De esta forma, el llamado “neoconstitucionalismo latinoamericano” que se inicia con la Constitución Política de Colombia de 1991 y del que son parte las constituciones de Venezuela (1999), Ecuador (2008) y Bolivia (2009), entra en una nueva etapa en la que se interpela al sujeto político, al ciudadano, hombre, firmante del pacto o contrato social.

Así las cosas, la nueva Constitución que se gesta en Chile, por primera vez en la historia, no solo tiene un equilibrio de constituyentes hombres y mujeres, su cambio va más allá: por primera vez en la historia republicana de un país latinoamericano las mujeres están en el origen, son firmantes del pacto social en igualdad con los hombres.

En otras palabras, no son solo parte del pactum subjectionis, sino firmantes del pactum unionis. No se trata de un logro menor y esto solo apenas comienza…

Lo que está pasando en Chile debe ser un llamado de reflexión para los políticos venezolanos que siguen sin incorporar a las mujeres en sus negociaciones y le dan la espalda a más de la mitad de la población del país.

Lo que ocurrió el miércoles 19 de mayo al crearse una nueva plataforma llamada “Alianza Democrática” es realmente vergonzoso. Las fotos muestran un grupo de hombres (hay una sola mujer), acordando, negociando, pactando una vía electoral para salir de una crisis que ha tenido un impacto desproporcionado en la vida de las que no aparecen en la fotografía. ¿No hay mujeres políticas, no hay lideresas o no las dejan estar?

Chile: la primera Asamblea Constituyente paritaria de la historia, por Dhayana Fernández-Matos
Foto de la Alianza Democrática, mayo de 2021. Foto en actualidad.rt.com

Hay que hacerles un llamado a los líderes políticos venezolanos de las distintas ideologías: es necesario que se suban al tren de los cambios que se están dando en los sistemas políticos en relación con la presencia y los liderazgos de las mujeres.

Se requiere que entiendan que no existe democracia sin la participación política de estas y que sin mujeres no hay diálogo, conciliación ni acuerdo de ningún tipo.

Si los partidos políticos venezolanos no revisan sus estructuras, sus normas, sus representantes e incorporan a las mujeres en las directivas y en los acuerdos, es bastante probable que, salvando la distancia, corran un destino similar al de los partidos políticos históricos chilenos.

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