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Seniat comienza a cobrar impuestos en divisas y criptomonedas

 

LOS SUJETOS PASIVOS QUE REALICEN OPERACIONES en el territorio nacional en moneda extranjera o criptodivisas, autorizadas por la Ley, a través de los convenios cambiarios, deben determinar y pagar las obligaciones en moneda extranjera o criptodivisas, según el Decreto N° 3.719, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.420 del 28 de diciembre de 2018, que se divulga este 7 de enero.

La determinación y pago de las obligaciones tributarias en moneda extranjera o criptodivisas será aplicable al tributo, sus accesorios y sanciones derivadas de su incumplimiento. Para ello, la administración tributaria “dictará la normativa que establezca las formalidades para declaración y pago en moneda extranjera o criptodivisas”.

El decreto presidencial, adoptado bajo el Estado de Excepción y Emergencia Económica, señala en su artículo 5
que la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), dictará las normas regulatorias de las adecuaciones que deban realizar las instituciones que conforman el sector bancario para la ejecución de este Decreto.

El decreto, ya en vigencia, advierte que en caso de proceder la repetición de pago, recuperación o devolución de los tributos nacionales por los supuestos establecidos en este Decreto, se realizará en moneda nacional. A tal efecto, se aplicará el tipo de cambio oficial vigente para la fecha del pago del tributo o registro de la declaración de aduana, según sea el caso, de conformidad con el establecimiento establecido en las normas que regulan la materia.

Algunos municipios del país como Vargas y en Maracaibo, esta último fijó recientemente que para el pago de impuestos de los comercios se usará el petro como base de cálculo.

Sep 28, 2015 | Actualizado hace 9 años
En Venezuela hay un corralito silente

bolívares7

 

por Margot Valos

*seudónimo de una economista venezolana que vive fuera del país
 Neorika

 

¿Qué es un corralito?

El corralito es una imposición gubernamental que no les permite a los ciudadanos, naturales y jurídicos, disponer de su dinero cuando lo necesiten o lo deseen; a veces, lleva implícito un control de cambio y la imposibilidad del uso de monedas extrajeras. El objetivo del corralito es evitar la fuga de capitales o evitar el movimiento de la moneda local por falta de liquidez o de billetes.

En el corralito argentino el gobierno estableció que los habitantes solo podían disponer de  250 pesos semanales, durante un año, sumado a otras restricciones como el uso del dólar para compras, transferencias  y pagos en el exterior.

En Grecia se declaró, el pasado junio, un corralito por falta de liquidez y, también,  para evitar la fuga de capitales por la crisis económica.  Los bancos griegos estuvieron cerrados por 3 semanas a la espera del tercer rescate económico del Eurogrupo.  A los ciudadanos se les permitió disponer solamente de 60 euros diarios a través de  retiros por cajeros automáticos o ATM; contaban con la posibilidad de hacer transferencias electrónicas entre los bancos griegos sin límites,  pero no al exterior porque se prohibieron  las transferencias fuera de Grecia. No se devaluó la moneda porque dependen del euro.

Venezuela y el comienzo de los controles de la moneda

El gobierno de Hugo Chávez impuso el control de cambio a partir de 2003, sitema que se ha incrementado en el tiempo. Actualmente, bajo el gobierno de Nicolás Maduro, existen tres tipos de cambio: dólar Cencoex para comida y medicinas con un valor de Bs. 6.30  por dólar; dólar Sicad que es una subasta restringida a pocos rubros económicos con valor de  Bs. 12.30 por dólar;  dólar Simadi que es otra subasta con un valor de Bs. 198.60 por dólar.

Desde hace más de 4 meses el gobierno no adjudica a los venezolanos naturales ningún monto por Simadi. La promesa de adquirir dólares por este sistema se esfumó sin información oficial y bajo absoluto silencio. La población solo puede comprar dólares en el mercado paralelo por un valor aproximado de Bs. 780 por dólar. Al ciudadano mayor no de edad le corresponden anualmente US$ 2700 a Bs. 12.30 cada dólar, pero solo por concepto de viajes al exterior y US$300 por consumo electrónico en el exterior, siempre y cuando tenga una TDC de un banco estatal, otra imposición que se inició este año, cuando el presidente Maduro anunció que solo la banca pública podía liquidar los dólares para viajes y pagos electrónicos.

Para algunos especialistas el control severo sobre las divisas ha sido el principio de un corralito. El gobierno venezolano niega que estas restricciones sean un corralito financiero, lo asume como un control de cambio.

Corralito Venezolano

Así como sucedió con el corralito argentino y el griego, los venezolanos tienen prohibido pagar bienes en el exterior (a menos que no sea el cupo electrónico asignado de US$300 al año), y de igual manera no pueden hacer transferencias en monedas extrajeras, solo pueden hacer transferencias en bolívares entre bancos venezolanos. Pero estas transferencias, entre otros bancos, también tienen un límite diario que es impuesto de la siguiente manera:

(El valor del dólar ha sido calculado a cambio paralelo de Bs. 780 por dólar).

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