Excarcelan pero sin libertad plena a los últimos 3 del grupo de 33 detenidos en Valencia - Runrun
Excarcelan pero sin libertad plena a los últimos 3 del grupo de 33 detenidos en Valencia
Para Acceso a la Justicia, el caso de los 33 detenidos «parece otro ejemplo de discriminación contra el colectivo LGBTIQ+, pues la policía no tuvo pudor en difundir los rostros, nombres e incluso las cédulas de identidad»

Foto: EFE/Miguel Gutiérrez

El Observatorio Venezolano de Violencias LGBTIQ+ informó que este miércoles, 2 de agosto, fueron excarcelados los últimos tres hombres del grupo de 33 que fueron detenidos en Valencia, estado Carabobo.

Mediante su cuenta de Twitter, la organización recordó que pasaron 10 días para que finalmente todos fueran excarcelados, sin embargo, exigieron que se les otorgue la libertad plena y justicia.

En declaraciones ofrecidas a EFE, Yendri Velásquez, integrante del observatorio, declaró que los tres hombres, identificados como el dueño del local y dos de sus trabajadores, tendrán que presentarse ante el tribunal cada «30 días».

«Desde el Observatorio de Violencia LGBTIQ+, nos alegramos porque hoy estas tres personas van a poder dormir en sus casas y con sus familiares. Sin embargo, seguimos exigiendo justicia y sobreseimiento de la causa, ya que no hay razón alguna para que este proceso penal continúe», señaló Velásquez.

 

Esta excarcelación se produce una semana después que excarcelaran a 30 hombres de la comunidad LGBTIQ+ a quienes detuvieron en un local privado en Valencia, y a quienes acusaron de «ultraje al pudor», «agavillamiento» y «contaminación sónica».

Yendri Velásquez negó la existencia de pruebas y argumentos que justifiquen la continuación del proceso, por lo que espera que los «prejuicios homofóbicos» y «discriminatorios no sean más fuertes que el compromiso con la justicia».

Arbitrariedades en el caso

La ONG Acceso a la Justicia recordó que el 23 de julio, funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) se presentaron sin orden de allanamiento en una sauna de Valencia donde arrestaron a 33 hombres de la comunidad LGBTIQ+.

Desde el cuerpo de la PNB justificaron la medida alegando que los detenidos estaban participando en una orgía, que iban a grabar con la finalidad de supuestamente vender el video.

La PNB difundió imágenes de los detenidos y todo lo incautado (teléfonos celulares, preservativos y cédulas de identidad), algo que violenta el Código Orgánico Procesal Penal (COPP), que en su artículo 286 impone la reserva de la investigación a terceros y menciona la obligación de los funcionarios actuantes de guardar dicha reserva.

 

Detenidos sin motivo

Organizaciones como Acción Solidaria y Provea señalaron que el operativo policial contra el establecimiento se realizó sin orden judicial de allanamiento. Esto viola lo previsto en el artículo 47 de la Constitución, el cual establece:

«El hogar doméstico y todo recinto privado de persona son inviolables. No podrán ser allanados, sino mediante orden judicial, para impedir la perpetración de un delito o para cumplir de acuerdo con la ley las decisiones que dicten los tribunales, respetando siempre la dignidad del ser humano».

 

Además, los reportes hechos en medios tampoco ofrecen motivos para que las autoridades sospecharan que se estaba cometiendo un delito en flagrancia, ingresaran sin orden judicial alguna dentro del recinto y arrestaran a este número de personas.

Irrespetando los lapsos

De acuerdo con una nota de prensa de Acceso a la Justicia, la audiencia de presentación se produjo fuera del lapso legal. El numeral 1 del artículo 44 de la Constitución establece que:

«Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso será llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención».

Sin embargo, agregó la ONG, transcurrieron casi 72 horas, por lo cual «técnicamente se puede hablar de una detención ilegal y arbitraria».

 

«Esta infracción, que en Venezuela es una práctica recurrente, en otras latitudes es motivo más que suficiente para cerrar un caso criminal», añadió la organización.

Sin delitos

Acceso a la Justicia considera que los detenidos no parecen haber violado ley alguna, por lo que «su detención es arbitraria y representa una violación al principio de legalidad penal consagrado en el numeral 6 del artículo 49 constitucional», cuyo texto indica que «ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que no fueren previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes».

Sobre el «ultraje de pudor», la ONG señaló que uno de los requisitos es que se haya cometido en público. Sin embargo, los 33 detenidos estaban en el interior de un recinto. 

Sometidos al escarnio

Para Acceso a la Justicia, el caso de los 33 detenidos «parece otro ejemplo de discriminación contra el colectivo LGBTIQ+, pues la policía no tuvo pudor en difundir los rostros, nombres e incluso las cédulas de identidad».

A juicio de la organización, al exponer sus identidades se violó el principio de presunción de inocencia, el derecho a la no discriminación por razón del sexo (artículo 21.1) y el derecho a la privacidad, establecido en el artículo 60 constitucional, además de tratados internacionales en materia de derechos humanos, suscritos por Venezuela.

 

Este caso, agregó la ONG, es grave por afectar a miembros de un colectivo vulnerable, no existir siquiera la sospecha de la comisión de un verdadero delito y llevar a su estigmatización por la sociedad.