Siete países proponen sanciones y la expulsión inmediata de Venezuela de la OEA - Runrun
Siete países proponen sanciones y la expulsión inmediata de Venezuela de la OEA

Las delegaciones de Argentina, Brasil, Canadá, Chile, Estados Unidos, México y Perú ante la Organización de Estados Americanos entregaron un borrador de resolución sobre la situación de Venezuela, incluida dentro del temario de la 48 Asamblea General del organismo.

Estos países forman parte del Grupo de Lima, y reúnen las solicitudes del secretario de Estado de EEUU, Mike Pompeo, sobre el país y que ya habían sido formuladas semanas atrás por el vicepresidente Mike Pence.

Durante la discusión sobre Venezuela, varios estados miembros de la OEA y que pertenecen al Grupo de Lima solicitaron el restablecimiento de la democracia y la institucionalidad, dejaron en claro desconocimiento al proceso electoral del 20 de mayo y preocupación por la alta migración venezolana, que afecta a toda la región.

En el borrador de la resolución sobre el tema venezolano, divulgado por el diputado Julio Borges, se ratifica el desconocimiento al proceso de mayo, donde Nicolás Maduro resultó reelecto, por no cumplir con los estándares para elecciones libres y democráticas.

Se solicita a los estados miembros y observadores permanentes que implementen, “de acuerdo con sus marcos jurídicos respetuosos y el derecho internacional aplicable, las medidas que se consideren apropiadas a nivel político, económico y financiero para ayudar al restablecimiento de la democracia” en el país.

Otra de las tareas que proponen estos países es “apoyar acciones diplomáticas y medidas políticas que faciliten el restablecimiento de las instituciones democráticas y la paz social, y que promueva el pleno respeto de los derechos humanos y la plena adhesión al estado de derecho”.

En el último punto de la propuesta que adelantan Argentina, Brasil, Canadá, Chile, Estados Unidos, México y Perú solicitan que se aplique, en estricta concordancia con la Carta Democrática Interamericana,”los mecanismos para la preservación y defensa de la democracia representativa previstos en los artículos 20 y 21″.

El artículo 21 refiere principalmente los mecanismos que deben invocar los estados miembros para probar la expulsión inmediata de un país del organismo.

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