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Tribunal Supremo de Justicia

TSJ: Privadas de libertad 25 personas por hechos de la Cota 905
La lista del TSJ incluye una ciudadana identificada como Yameimy Yenibett Suárez Coronado, a quien se le acusó de la presunta comisión de los delitos de terrorismo, así como tráfico de explosivos y tráfico de municiones

Foto: EFE/Rayner Peña

Un grupo de 25 personas fueron privadas de libertad por el Tribunal Estadal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control con Jurisdicción Nacional y Competencia en Casos Vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo por los hechos de la Cota 905.

De acuerdo con una nota de prensa del Tribunal Supremo de Justicia, se les decretó privativa de libertad a estas 25 personas que habían sido detenidas durante la Operación «Cacique Indio Guaicaipuro».

El TSJ señaló al ciudadano Miguel Alejandro Rodríguez Lacer, quien fue privado de libertad por la presunta comisión de los delitos de terrorismo y asociación para delinquir;tráfico ilícito de armas, uso de adolescente para delinquir, y aprovechamiento de vehículo proveniente del robo.

Por su parte, a los individuos Pablo César Mendoza Velásquez, Junior José Morales Morales, Mario Noel Briceño Montilla, Manuel Antonio Núñez Gómez, Osmar José Benítez Gutiérrez, Andrés José Bravo Paraguan, Ramsés Isaías Rodríguez Gutiérrez, Javier Galindo Santos, Farid Antonio Díaz, Maikel José Sequera, Luis Hernando Ospina Peralta, Junior José Sequera López y Jorvis Rafael Matamoros Bermúdez les dictaron privativa de libertad «por la presunta comisión de los delitos de terrorismo, asociación para delinquir, tráfico ilícito de armas y uso de adolescente para delinquir».

Asimismo, privaron de libertad a Wilver José Arteaga Inojosa y Luis José Gamero Buroz, «por la presunta comisión de los delitos de asociación para delinquir, uso de adolescente para delinquir, además, resistencia a la autoridad».

 

También, se les aplicó esta medida a los ciudadanos Wilmer Rafael Antequera Príncipe, Iván Alexander Duran Díaz y Reinaldo Manuel Solorzano Millán, «por la presunta comisión de los delitos de asociación para delinquir, aprovechamiento de vehículo proveniente de robo y uso de adolescente para delinquir«.

Otros incluidos

El listado incluye además a una ciudadana identificada como Yameimy Yenibett Suárez Coronado, a quien se le acusó de la presunta comisión de los delitos de terrorismo, así como tráfico de explosivos y tráfico de municiones.

Glicet Margarita Bastardo, Odrianys Susbel Mendoza Camejo y Otawa Ire Díaz Unamo fueron también privadas de libertad por la presunta comisión de los delitos de asociación para delinquir, resistencia a la autoridad, uso de adolescente para delinquir y encubrimiento.

Por otra parte, el Juzgado Estadal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control con Jurisdicción Nacional y Competencia en Casos Vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo, decretó privativa de libertad contra el individuo Orlando Enrique Castellanos Portes, tras ser acusado de la presunta comisión de los delitos de legitimación de capitales, asociación para delinquir y uso de adolescente para delinquir.

TSJ levantó medidas impuestas contra DirecTV y su directiva
DirecTV cerró operaciones en Venezuela el 19 de mayo de 2020

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) levantó las medidas cautelares que pesaban sobre la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela, S.C.A, (DirecTV Venezuela).

Estas medidas cautelares se impusieron contra DirecTV Venezuela el 22 de mayo de 2020 tras la salida abrupta de la empresa filial de la estadounidense AT&T.

De acuerdo con Últimas Noticias, entre las medidas que se levantaron está la orden en la que se autorizaba a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) para que tomara posesión de los bienes muebles e inmuebles, equipos y otros activos de DirecTV.

Además, se suspendió la junta administradora ad hoc de la compañía, que integraba el director de Conatel, Jorge Márquez Monsalve; José Adelino Ornelas Ferreira, como vicepresidente y junto a ellos, Miguel Ángel Ramones Galviz, Mardy Nilse Medina Galaviz y Alexander José Ramírez Rojas.

Otra de las medidas levantadas fue la prohibición de salida de los integrantes de la junta directiva de DirecTV Venezuela, así como la medida que les impedía enajenar y gravar sus bienes, mover cuentas, entre otros.

La Junta Directiva estaba integrada por:

John Connelly

Jeff McElfresh

Michael Hartman

Michael Webster Bowling

Héctor Rivero Olivares

Carlos Villamizar Barrios

Rodolfo Carrano Pugliese

Vale recordar que Villamizar, Carrano y Rivero fueron arrestados por la administración de Nicolás Maduro tras la salida de DirecTV y excarcelados meses más tarde, cuando la señal de la teleoperadora fue restituida por SimpleTV.

DirecTV cerró operaciones en Venezuela el 19 de mayo de 2020. La compañía estadounidense AT&T, dueña de Galaxy Entertainment, explicó que Estados Unidos impuso sanciones a Venezuela las cuales incluían retirar de la parrilla de esa televisora por suscripción a los canales Globovisión y Pdvsa. El gobierno no aceptó esta decisión.

Con información de ÚN y Monitoreamos

López se pone a disposición de la justicia española tras solicitud de extradición del TSJ
En un documento que presentó ante los juzgados de la Audiencia Nacional, López designó procurador y abogado

El líder opositor Leopoldo López se puso a disposición de la justicia de España, luego que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del chavismo pidiera su extradición.

A través de su cuenta de Twitter, López escribió: «Ante la persecución de la dictadura de Maduro, ahora reflejada en una solicitud ilegal de extradición, una vez más me pongo a disposición de la justicia».

En el comunicado, López expresó su «absoluta disposición a comparecer voluntariamente tantas veces sea llamado» por la Audiencia Nacional.

Por otra parte, solicitó que se eviten medidas de carácter preprocesal y o policial, al tenerlo «ya por comparecido y a plena disposición de la autoridad judicial competente».

En cuanto a la Audiencia Nacional, López subrayó que se pone a disposición de la justicia «de un país con instituciones democráticas, separación de poderes y justicia».

Asimismo, en el documento que presentó el miércoles ante los juzgados centrales de instrucción de la Audiencia Nacional, el opositor designó procurador y abogado.

El 11 de mayo, la Sala de Casación Penal del TSJ chavista solicitó a España la extradición de López.

Según el TSJ, López debe cumplir la condena de «ocho años, seis meses, 25 días y 12 horas» por los delitos de «determinador en el delito de incendio, determinador en el delito de daño, autor en el delito de instigación pública y el de asociación».

Con información de El Pitazo

TSJ ordena a El Nacional pagar más de 13 millones de dólares a Cabello
El diputado demandó al medio en agosto de 2015, después de que este replicara una información del diario español ABC, que indicaba que el líder chavista era investigado por Estados Unidos por presuntos nexos con el narcotráfico

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó este viernes al diario El Nacional pagar más de 13 millones de dólares al considerado número dos del chavismo, Diosdado Cabello, como indemnización por «daño moral».

De acuerdo con la sentencia de la sala de casación civil, el rotativo deberá pagar a Cabello 237.000 petros al valor de cambio del día.

El Banco Central de Venezuela (BCV) establece este viernes que un petro se cambia por 56,41 dólares estadounidenses, por lo que el monto que tendría que pagar El Nacional a Cabello sería de 13.369.170 dólares.

La sentencia también ordena remitir el caso a un tribunal civil de Caracas para que haga cumplir con el fallo.

Este tribunal deberá notificar a las partes y proceder a la ejecución del fallo, fijando un lapso para el pago voluntario de la indemnización. Si no se cumpliera, este juzgado podrá decretar la ejecución forzosa del fallo atendiendo a las leyes venezolanas.

Ni Cabello ni algún representante de El Nacional han reaccionado a la noticia, aunque el medio recoge la información en su edición digital, sin hacer valoraciones.

Cabello, hoy diputado del Parlamento de Venezuela, demandó a El Nacional en agosto de 2015, después de que el rotativo replicara una información del diario español ABC, que indicaba que el líder chavista era investigado por Estados Unidos por presuntos nexos con el narcotráfico.

En junio de 2018, el entonces miembro de la Asamblea Nacional Constituyente Pedro Carreño informó que un tribunal de Caracas falló a favor de Cabello y ordenó a El Nacional pagar unos 12.500 dólares a la tasa de cambio de la fecha como indemnización.

Entonces, Carreño aseveró que si el pago de la indemnización no se hacía efectivo Cabello procedería a hacer una «medida de aseguramiento» de las instalaciones del medio, fundado en 1943 por el poeta venezolano Miguel Otero Silva.

Cabello también interpuso demandas contra los accionistas, directores, consejo editorial y dueños del periódico digital La Patilla y el semanario Tal Cual, luego de que estos medios se hicieran eco, al igual que El Nacional, de la información publicada por ABC.

En junio de 2019, el TSJ falló a favor de Cabello y condenó a La Patilla a pagarle más de 5 millones de dólares.

TSJ considera ajustar monto de la demanda de Cabello contra El Nacional
Se espera aplicar una «adecuada corrección monetaria que reivindique la justicia y considere nuestras condiciones reales»

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) recibió una solicitud de parte de Diosdado Cabello, de avocamiento sobre el expediente de la causa contra El Nacional.

Según la solicitud, que el TSJ aceptó, se plantea indexar los Bs 1.000 millones solicitados como compensación en 2018 a El Nacional por presuntos daños morales contra Cabello, bajo el argumento de que el fenómeno hiperinflacionario que ha sufrido el país.

Este avocamiento intercederá sobre el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, donde cursa la demanda civil de Cabello contra el Nacional.

En ese sentido, se espera aplicar una «adecuada corrección monetaria que reivindique la justicia y considere nuestras condiciones reales», según solicitó el abogado de Cabello.

La Sala de Casación Civil del TSJ publicó dicha decisión y se declara competente para resolver sobre el asunto, en aras de «evitar graves injusticias o una denegación de justicia».

De esta manera, se ordenó al juez encargado del juzgado en el que cursa este caso, Gustavo Hidalgo Bracho, remitir «inmediatamente» a la Sala de Casación Civil todo el expediente del caso en un plazo de 48 horas.

Por su parte, pide al juez rector de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que vele por el cumplimiento del fallo.

Con información de TalCual

Maikel Moreno fue ratificado como presidente del TSJ
Según el TSJ, esta decisión se tomó de acuerdo a lo que se establece en el artículo 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anunció este viernes, 5 de febrero, que el magistrado Maikel Moreno fue ratificado como presidente del máximo tribunal.

A través de una nota de prensa, el TSJ indica que los magistrados ratificaron «por unanimidad» a Maikel Moreno como presidente del Alto Juzgado, así en el cargo de presidente de la Sala de Casación Penal del TSJ.

Según el texto, la decisión se tomó conformidad a lo que se establece en el artículo 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Además, se informó que durante la reunión también se escogió como primera vicepresidenta del TSJ y presidenta de la Sala Constitucional, a la magistrada Lourdes Suárez Anderson.

Por otra parte, se escogió a la magistrada María Carolina Ameliach Villarroel como segunda vicepresidenta del TSJ y presidenta de la Sala Político-Administrativa.

«Como presidente de la Sala de Casación Civil fue elegido el magistrado Yván Darío Bastardo Flores y de la Sala de Casación Social el magistrado Edgar Gavidia Rodríguez», añadió la nota de prensa del TSJ.

El sistema de justicia en Venezuela trabajó menos de 10% durante 2020
La pandemia terminó por colapsar el sistema judicial en Venezuela, cuyos mecanismos digitales no contemplaron evitar los retardos procesales. De acuerdo con el monitoreo del Observatorio Venezolano de Prisiones, durante 2020 fallecieron al menos 10 internos de la cárcel de El Dorado

La cuarentena por la pandemia de la COVID-19 incidió en un mayor retardo en todos los procedimientos civiles y penales en Venezuela. El sistema de justicia venezolano estuvo paralizado en más de 90%, pese a que en sus resoluciones, el Tribunal Supremo de Justicia dijo que estaría 100% activo.

El coordinador del Observatorio Venezolano de Prisiones en Bolívar, el abogado Luis Manuel Guevara, destacó que todo el sistema de justicia, tanto en casos civiles como penales, se vio afectado.

Para el 2 de julio, el TSJ implementó el sistema a distancia a través de su plataforma digital y empezó con Anzoátegui, Nueva Esparta y Aragua en el plan piloto hasta octubre cuando lo extendió a todo el país.

“En cuanto a la Fiscalía del Ministerio Público, ajustaron un horario especial a la semana, lunes, miércoles y viernes de 8:00 am a 11:00 am, a veces cuando era semana flexible hasta la 1:00 pm. Lo que no se paralizó fue la Fiscalía que siempre estuvo de guardia para casos de personas detenidas por primera vez”.

Agregó que “el TSJ emitió ocho resoluciones donde decía que el sistema de justicia no se iba a paralizar, pero en la realidad es otra cosa. Solamente se hacían audiencias de presentación si la persona salía en libertad, pero si la persona quedaba presa, pasaba a engrosar la lista de retardo procesal a nivel nacional”.

La ONG Acceso a la Justicia denunció a finales de octubre que “pese a que durante la semana de flexibilización se estableció que todos los tribunales laborarían, eso no ha ocurrido en la práctica. Algunos juzgados aún están sin personal o en inventario, a la vez que en la semana de no flexibilización no hay despacho, salvo amparos y ciertos actos en materia penal”.

Ausentismo laboral

Guevara se refirió también al colapso del sistema judicial por falta de personal. “Hay muy poco personal porque muchos de los que trabajan dentro del sistema de justicia se han autoexcluido, se han ido del país, han buscado otras formas de vida”.

De acuerdo con Acceso a la Justicia, muchos empleados no se reintegraron a sus labores, principalmente por los míseros salarios que devengan, ya que ni siquiera les permite cubrir los gastos del pasaje diario. Los salarios del personal de apoyo a los jueces están entre los 3 y 10 dólares, aproximadamente.

Para 2021 se prevé que el gobierno implemente nuevamente cuarentena radical. El reinicio de actividades en tribunales está planteado para el 18 de enero, pero dependerá de las medidas que tome el Ejecutivo nacional con respecto a la pandemia.

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TSJ declara constitucional extensión del Estado de alarma por COVID-19
Actualmente, en Venezuela existe una flexibilización por Navidad que, según el chavismo, durará hasta que llegue enero

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del régimen declaró este miércoles, 16 de diciembre, que extensión del Estado de alarma por COVID-19 es constitucional.

De acuerdo con la Sala Constitucional del TSJ, se trata del decreto N° 4.382, dictado Nicolás Maduro, el cual prorroga la declaratoria del Estado de Alarma en todo el territorio nacional.

Según la nota de prensa, el decreto se publicó en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.602 el 02 de diciembre de 2020, «conforme lo prevé el artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela».

Además, la sentencia N° 263-2020 declara que el decreto entró en vigencia desde que fue dictado y que su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional «se mantiene irrevocablemente incólume».

«Finalmente, se ordenó la publicación de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia», añade.

 

Actualmente, en Venezuela existe una flexibilización por Navidad que, según el chavismo, durará hasta que llegue enero cuando se vuelva a implementar la cuarentena.

Para el martes, 15 de diciembre, se reportaron en el país 5 nuevos fallecimientos por COVID-19 y 355 nuevos casos (290 de transmisión comunitaria y 65 “importados”). Con estas cifras, el total de muertes asciende a 965 y el de contagios a 108.480.