Reglamento de Interior y de Debates archivos - Runrun

Reglamento de Interior y de Debates

Sarai Coscojuela Ene 17, 2020 | Actualizado hace 4 años
Las 5 irregularidades del 5 de enero
Luis Parra se autoproclamó como el presidente de la Asamblea Nacional con el apoyo del chavismo
Distintos artículos del Reglamento de Interior y de Debates fueron violados en un acto que no llegó a ser sesión oficial

@saracosco

 

A la 1:30 de la tarde del 5 de enero, VTV transmitió escenas en las que el diputado Franklyn Duarte levantaba la mano y Luis Parra hacía el ademán de juramentarlo como primer vicepresidente de la Asamblea Nacional. Como no tenían micrófono, usaron un megáfono.

Un grupo de diputados disidentes de la oposición y el Psuv en pleno, consideró esa escena como una votación, en la que Luis Parra se autoproclamó como presidente del Legislativo, aunque no hay lista que compruebe los votos y solo Rusia reconoció este proceso, mientras que los países de la Organización de Estados Americanos, El Parlamento Europeo, el Grupo de Contacto, Marruecos, Bolivia, Uruguay, expresaron su apoyo al presidente Juan Guaidó. . 

Estas son las irregularidades por las que el 5 de enero la única junta directiva que se juramentó fue la de Juan Guaidó en la sede del diario El Nacional. 

1- El artículo 11 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, establece que los diputados se constituirán en Comisión bajo la dirección del presidente de la Junta Directiva en funciones. En este caso el presidente Juan Guaidó, funge como director de debates.

El presidente Guaidó no estuvo en el Hemiciclo porque los funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana y de la Guardia Nacional Bolivariana le impidieron el paso y nunca pudo ingresar al Palacio Federal Legislativo. Mientras tanto, el  chavismo y parte de la oposición que apoya a Luis Parra, aseguraron que siguieron el protocolo al elegir al diputado de mayor edad para ser director del debate, en este caso el diputado Héctor Agüero (Psuv-Carabobo).

El primer vicepresidente, Juan Pablo Guanipa, publicó el acta de esa reunión y allí se explicó que al no encontrarse Guaidó le pidieron a Edgar Zambrano – como primer vicepresidente de la AN- ser el director del debate, al igual que a Stalin González – como segundo vicepresidente- pero los dos se negaron. 

Por eso, argumentaron, recurrieron a aplicar lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de nombrar al parlamentario de mayor.

Pero eso solo se aplica cuando se inicia un nuevo periodo constitucional, es decir, después de unas elecciones parlamentarias. 

2- Además, en el artículo 8 del Reglamento se indica que las postulaciones se deben presentar en plancha y se debe votar para cada uno de los cargos: presidente, primer vicepresidente y segundo vicepresidente. 

Este paso no se dio, como tampoco la argumentación y ratificación de la postulación por parte de un diputado. 

Posteriormente los diputados no presentaron el acta, la lista de asistencia o de votación para comprobar cuántos parlamentarios estuvieron  presentes en la reunión. Al principio el diputado Luis Parra señaló que la lista la tenía Héctor Agüero, luego que la estaban elaborando y finalmente indicó que la votación fue a “mano alzada con mayoría evidente”.

En cambio el diputado José Brito aseguró que no se publicaban esos datos por seguridad y porque algunos parlamentarios y sus familiares fueron amenazados. 

3- En la supuesta votación de Luis Parra como presidente del Parlamento, el chavismo alzó su mano, pero hay dirigentes que perdieron su investidura al aceptar cargos dentro del Ejecutivo, como es el caso de Francisco Torrealba, quien en 2017 asumió el ministerio del Trabajo. 

El artículo 191 de la Constitución expresa claramente que los diputados “no podrán aceptar o ejercer cargos públicos sin perder su investidura, salvo en actividades docentes, académicas, accidentales o asistenciales, siempre que no supongan dedicación exclusiva”. 

4- Para poder iniciar la sesión se necesita verificar el quórum, el cual se hace a través de la firma de una lista de asistencia. Hay casos como el de Américo de Grazia (Causa R-Bolívar) en el que aparece una firma en su casilla, aunque se encuentra en Colombia.

Otro caso es el de la diputada Tania Díaz (Psuv-Distrito Capital) que estuvo en el Palacio Federal Legislativo, apoyó a Luis Parra – como se ve en un video que publicó en su cuenta de Instagram – aunque no firmó esa lista de asistencia. Es decir, que con exactitud no se sabe cuántos diputados estuvieron presentes en esa reunión.

5- La PNB le impidió a los diputados de Amazonas el ingreso al Palacio Federal Legislativo. Los parlamentarios denunciaron que los funcionarios tenían una lista con los nombres de aquellos diputados que no podían entrar por estar “inhabilitados”.

Semanas después de las elecciones parlamentarias de 2015, el chavismo denunció un supuesto fraude electoral en esa entidad. El Tribunal Supremo de Justicia dejó sin efecto la votación en Amazonas, pero luego de 4 años la Sala Electoral no ha tomado una decisión al respecto, manteniendo en un limbo a los parlamentarios y sus electores.

TSJ suspende efectos de 7 sesiones de la AN por violar sentencia sobre Reglamento de Interior y de Debates

TSJ-11

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anunció este sábado su decisión suspender, de manera cautelar, los efectos y actos de 7 sesiones de la Asamblea Nacional , en concreto, las plenarias del 26 y 28 de abril, y 03, 05, 10, 12 y 17 de mayo de 2016.

Aunque fue firmada el pasado 19 de agosto, la sentencia no se dio a conocer sino hasta hoy, dos días después de acordarse y en una jornada no laboral para el máximo tribunal.

La solicitud de anulación de las sesiones fue interpuesta el 9 de mayo pasado por varios de los diputados del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) o «Bloque de la Patria» como Pedro Carreño, Víctor Clark, Edwin Rojas, Loengri Matheus, Ramón Augusto Lobo, César Sandoval, Carmen Meléndez, Elías Jaua, Julio Chávez, Saúl Ortega, Juan Marín, Earle Herrera, Raiza Carrillo, Oscar Figuera, Ricardo Molina, Gerson Vizcaíno, Yul Jabour, Elio Serrano, Luis Soteldo, Sergio Fuenmayor, Aloha Núñez, Cristóbal Jiménez, Eduardo Linares, Dante Rivas, Jorge Pérez, Carolina Vegas, Domingo Santana, entre otros.

La petición de los parlamentarios rojos, que se hizo conjuntamente con acción de amparo cautelar, denunció la presunta violación de lo dispuesto en la sentencia N° 269 del 21 de abril de 2016, por parte de la Junta Directiva y de la Secretaría de la Asamblea Nacional. Tal sentencia del máximo tribunal (la 269) contempla suspender provisionalmente varios artículos del Reglamento de Interior y de Debates del Hemiciclo, que regulan el trabajo y funcionamiento del Poder Legislativo.

Entre los artículos afectados por la sentencia 269 se encuentra la obligación de someter el informe de impacto e incidencia presupuestaria y económica o el informe de la Dirección de Asesoría Económica y Financiera de la Asamblea Nacional, que acompaña a todo proyecto de ley, a la consideración del Ejecutivo Nacional para que este determine la viabilidad económica en el país. Además, amplía a 48 horas el tiempo para realizar la convocatoria de una sesión, impide que se incluyan o excluyan puntos o materias contemplados en el orden del día y limita el tiempo para la intervención de los diputados.

De acuerdo con la organización Acceso a la Justicia, estos cambios «configuran una flagrante violación al principio de la separación y autonomía del Poder Público consagrado en la Constitución en su artículo 136″ y pone en peligro la función de la representación popular y el procedimiento constitucional de la formación de las leyes, pues no cabe la menor duda que lo más grave de los cambios que hace la Sala con su sentencia consiste en que la Asamblea Nacional está obligada a consultar al Presidente de la República la “viabilidad económica” de todos sus proyectos».

Esta nueva sentencia, con ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, «ordenó requerir de manera cautelar a la Asamblea Nacional, a través de su Presidente, que remita la documentación donde evidencie el cumplimiento de las medidas cautelares decretadas en el mencionado fallo N° 269 del 21 de abril de 2016, en lo relativo a la convocatoria de la sesiones antes señaladas y orden del día fijado para cada una de ellas, con la advertencia de que dicho mandamiento debe ser acatado de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia», señala la nota de prensa del TSJ.

Lo suspendido

En una de las sesiones suspendidas por el TSJ, la Asamblea aprobó un informe sobre la viabilidad de Ley de bono de alimentación y medicamentos para jubilados y pensionados, que hasta ahora no se ha hecho efectivo. También se entregó el informe final de la Comisión Especial que estudia la desaparición de los mineros de Tumeremo.

Además, se llevaron a cabo las primeras discusiones de varios proyectos, como el de la reforma de la ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos, la ley Aprobatoria del Protocolo de San Luis para Estados partes del Mercosur, la ley de Transmisiones Simultáneas, Publicidad Oficial, Medios Públicos, que pretende regular las cadenas; la ley de Protección del Salario de la Profesión Docente y la ley que establece la Cátedra de la Paz en instituciones educativas. En segunda discusión se aprobó la ley Especial para atender la crisis nacional de salud, así como el acuerdo para declarar el 17 de Mayo como «Día contra la homofobia, la transfobia y bifobia”, el de autonomía universitaria y el de la investigación en torno a la problemática del agua.

En estos días también se dio el visto bueno al proyecto de Ley de Protección del Salario de la Profesión Docente, el Proyecto de Acuerdo que exhorta al cumplimiento de la Ley que crea el Distrito de Alto Apure, 

Más información: Lea la sentencia del TSJ.